EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mejor conocido como “Tribunal Fiscal†tiene un nuevo reglamento que garantiza a la sociedad su derecho de acceso a la información y la transparencia de sus labores jurisdiccionales y administrativas, en apego al principio de máxima publicidad consagrado en el artÃculo 6º. de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; dicho Reglamento fue publicado el pasado jueves 17 y el mismo entró en vigor el viernes siguiente.
Mediante este reglamento, el Tribunal Fiscal refrenda su compromiso de facilitar a la sociedad la consulta de la información establecida como obligaciones de transparencia en su sitio de internet, el ingreso de las solicitudes de acceso a la información de manera escrita y, en su caso, la corrección de datos personales asà como la posibilidad de interponer medios de defensa administrativos a las respuestas emitidas por el Tribunal, todo ello de manera escrita y electrónica a través del Sistema denominado “Infomexâ€.
Los órganos denominados Comisión de Transparencia y Acceso a la Información, Comité de Información y Unidad de Enlace de este Tribunal garantizaran el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la información pública y datos personales y la protección de estos últimos.
El nuevo Reglamento contiene procedimientos expeditos y sencillos para el ingreso y la tramitación de solicitudes de información, y los relativos a los medios de impugnación en la materia, con la finalidad de agilizar los trámites correspondientes y desahogar el creciente número de solicitudes.
El nacimiento de este cuerpo normativo deriva del cumplimiento al artÃculo 61 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, contribuyendo a consolidar lo señalado por el ArtÃculo 6º. de la Carta Magna en materia de Derecho a la Información.
El interés de la sociedad mexicana por conocer información relativa a este órgano jurisdiccional, derivó en casi 3 mil solicitudes de información, hasta antes de la entrada en vigor de esta nueva disposición.
Hoy la seguridad jurÃdica de los particulares en materia de acceso a la información pública ante éste órgano jurisdiccional es adecuada, es un ejemplo a seguir para instituciones que nada deben ocultar, este tipo de acciones deben ser observadas y aplicadas por instituciones tales como la propia Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en nuestro estado, que al dÃa de hoy mantiene una gran opacidad en el acceso a la información pública y la verdad, no entendemos la razón.