C.P. Manuel Montes y Arroyo
Obligaciones legales y medidas preventivas para empresas, profesionistas y personas fi­sicas
INTRODUCCIÓN
En los últimos años la fiscalización en México ha cambiado de manera importante. Hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dispone de herramientas tecnologicas que le permiten analizar grandes volumenes de información y comparar datos provenientes de facturas electronicas, declaraciones, pagos, retenciones y otras fuentes.

Para muchos contribuyentes, la palabra “fiscalización” suele asociarse con auditorias, multas o problemas fiscales. Sin embargo, una gran cantidad de observaciones detectadas por la autoridad tienen su origen en diferencias de información, errores administrativos, documentación incompleta o situaciones que simplemente requieren aclaración.
La creciente utilización de herramientas de analisis de datos significa que las empresas, los profesionistas y las personas fisicas deben prestar mayor atención a la consistencia de su información fiscal. Ya no basta con emitir facturas o presentar declaraciones; también es necesario que exista congruencia entre la contabilidad, los comprobantes fiscales, las operaciones realizadas y los movimientos bancarios.
Además, las reformas fiscales aplicables en 2026 han reforzado la importancia de demostrar que las operaciones facturadas corresponden a hechos reales y correctamente documentados.
El proposito de este artí­culo es explicar de manera practica los principales aspectos de la fiscalización actual, las situaciones que con mayor frecuencia generan observaciones y las medidas que pueden ayudar a prevenir problemas y proteger adecuadamente los derechos de los contribuyentes.

1. ¿QUÉ ESTÁ CAMBIANDO EN LA FISCALIZACIÓN DEL SAT?
La fiscalización moderna se apoya cada vez más en el analisis electronico de información.
Entre las principales fuentes utilizadas por la autoridad destacan:
• Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
• Declaraciones y pagos.
• Retenciones e información de terceros.
• Información bancaria utilizada conforme a las disposiciones legales aplicables.
• Herramientas tecnologicas para el analisis masivo de datos.
Los planes institucionales del SAT no sustituyen a la ley ni crean nuevas obligaciones por si­ mismos. Las facultades de la autoridad y las obligaciones de los contribuyentes deben estar siempre sustentadas en disposiciones legales.
El cambio más importante para 2026 deriva de las reformas al Código Fiscal de la Federación, particularmente en materia de comprobantes fiscales y verificación de operaciones reales.

2. FACULTADES DE COMPROBACIÓN DEL SAT

El artí­culo 42 del Código Fiscal de la Federación establece diversas facultades de comprobación.
Entre las más relevantes se encuentran:
a) Revisiones de gabinete
La autoridad solicita información o documentación para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Obligación legal: atender los requerimientos dentro de los plazos previstos por la ley.
Medida preventiva: mantener expedientes organizados para responder oportunamente.
b) Visitas domiciliarias
Permiten a la autoridad verificar directamente determinadas obligaciones fiscales.
Obligación legal: permitir el desarrollo de la visita conforme a la ley.
Medida preventiva: contar previamente con documentación ordenada y accesible.
c) Revisiones electronicas
Se realizan a partir de la información que obra en las bases de datos de la autoridad.
Obligación legal: responder dentro de los plazos establecidos.
Medida preventiva: revisar periodicamente la congruencia entre declaraciones, CFDI y contabilidad.

3. SITUACIONES QUE PUEDEN GENERAR OBSERVACIONES
3.1 Diferencias entre CFDI y declaraciones
Las diferencias pueden originarse por:
• Errores de captura.
• Notas de credito.
• Cancelaciones.
• Anticipos.
• Diferencias temporales.
Obligación legal: declarar correctamente los ingresos e impuestos correspondientes.
Medida preventiva: efectuar conciliaciones periodicas.

3.2 Deducciones sin soporte suficiente
Una factura por si sola no siempre acredita la procedencia de una deducción.
Obligación legal: cumplir los requisitos establecidos por la Ley del ISR.
Medida preventiva: conservar contratos, ordenes de compra, evidencia de entrega, transferencias bancarias y demas documentación relacionada.

3.3 IVA acreditable
Obligación legal: cumplir los requisitos establecidos por la Ley del IVA.
Medida preventiva: verificar que las operaciones sean reales y que toda la documentación sea consistente.

3.4 Depositos bancarios
La ley establece determinadas presunciones respecto de depositos no identificados o no registrados adecuadamente.
Obligación legal: llevar y conservar la contabilidad conforme a la ley.
Medida preventiva: documentar depositos, prestamos, traspasos y devoluciones para acreditar su naturaleza.

3.5 Operaciones con proveedores de riesgo fiscal
El artículo 69-B regula los procedimientos relacionados con comprobantes fiscales vinculados con operaciones presuntamente inexistentes.
Obligación legal: corregir la situación fiscal o acreditar la materialidad de las operaciones cuando corresponda.
Medida preventiva: verificar proveedores y conservar evidencia suficiente de las operaciones realizadas.

4. FACTURAS FALSAS Y REFORMA FISCAL DE 2026
Las reformas de 2026 fortalecieron los mecanismos de control relacionados con los comprobantes fiscales.
La legislación exige que los CFDI amparen operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.
Asimismo, se incorpora el procedimiento especial previsto en el artí­culo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.
Entre sus caracterí­sticas destacan:
• Plazos reducidos para aportar pruebas.
• Suspensión de determinados comprobantes durante el procedimiento.
• Resolución en un periodo breve.
• Publicación de resultados en los casos previstos por la ley.
Obligación legal: emitir únicamente comprobantes que respalden operaciones reales.
Medida preventiva: integrar expedientes de materialidad desde el momento en que se realiza la operación y no cuando inicia una revisión.

5. CARTAS INVITACIÓN DEL SAT
Uno de los instrumentos que con mayor frecuencia reciben los contribuyentes son las llamadas cartas invitación.
Generalmente no constituyen una auditoria formal ni implican automáticamente la determinación de un crédito fiscal.
Sin embargo, tampoco deben ignorarse.
Obligación legal: revisar el contenido de la comunicación y atender los requerimientos que legalmente correspondan.
Medida preventiva: analizar las diferencias señaladas por la autoridad y reunir documentación aclaratoria antes de que el asunto pueda escalar a una revisión formal.

6. PREPARACIÓN DE LAS EMPRESAS
Obligaciones legales principales
• Llevar contabilidad.
• Conservar documentación.
• Expedir CFDI validos.
• Presentar declaraciones.
• Cumplir obligaciones laborales y de retención.
• Mantener habilitado el Buzón Tributario.
Medidas preventivas recomendadas
1. Realizar conciliaciones periodicas.
2. Revisar declaraciones antes de presentarlas.
3. Integrar expedientes de materialidad.
4. Mantener control de cuentas bancarias.
5. Revisar nominas y retenciones.
6. Supervisar el Buzón Tributario.
7. Coordinar las áreas administrativas y contables.

7. RECOMENDACIONES PARA LAS PERSONAS
FI­SICAS
Trabajadores asalariados
Verificar CFDI de nomina y retenciones.
Actividades empresariales y profesionales
Mantener conciliados ingresos, gastos y declaraciones.
Arrendadores
Verificar ingresos, comprobantes y deducciones.
Personas en RESICO
Revisar periodicamente los requisitos para permanecer en el régimen.
Personas que reciben prestamos o transferencias
Conservar documentación que permita demostrar el origen de los recursos.

8. ¿QUÉ HACER CUANDO EL SAT SOLICITA UNA ACLARACIÓN O INICIA UNA REVISIÓN?
Se recomienda:
1. Verificar la autenticidad del documento.
2. Identificar impuestos y periodos involucrados.
3. Revisar cuidadosamente los plazos.
4. Conciliar la información propia con la de la autoridad.
5. Reunir documentación de respaldo.
6. Responder oportunamente.
7. Buscar asesorí­a profesional cuando sea necesario.
También puede solicitarse orientación a PRODECON conforme a los servicios disponibles.

9. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
Las facultades de fiscalización deben ejercerse conforme a la ley y respetando los derechos del contribuyente.
Entre ellos destacan:
• Derecho a ser informado.
• Derecho a ofrecer pruebas.
• Derecho a formular aclaraciones.
• Derecho a interponer los medios de defensa previstos por la ley.
A la vez, los contribuyentes deben cumplir sus obligaciones fiscales y conservar la documentación correspondiente.

10. EL PAPEL DEL CONTADOR Y DEL CONTROL INTERNO
La prevención fiscal no consiste únicamente en presentar declaraciones.
Requiere que exista congruencia entre:
• Operaciones reales.
• CFDI.
• Registros contables.
• Movimientos bancarios.
• Declaraciones.
Una revisión preventiva periodica puede evitar diferencias futuras y reducir riesgos fiscales.

Conclusiones
La evolución de la fiscalización hace cada vez más importante que empresas y personas fi­sicas mantengan información congruente, comprobable y disponible.
Las reformas de 2026 refuerzan la necesidad de demostrar que las operaciones documentadas mediante comprobantes fiscales corresponden efectivamente a actividades reales. Por ello, la diferencia entre cumplir y enfrentar una controversia fiscal suele encontrarse en la calidad de la documentación conservada.
Conviene distinguir claramente entre lo que la ley exige y lo que constituyen buenas practicas administrativas.
Las segundas no sustituyen a las primeras, pero facilitan acreditar su cumplimiento.
En la fiscalización moderna ya no basta con afirmar que una operación existia; es necesario poder demostrarla.
La mejor defensa frente a una revisión fiscal no comienza cuando llega una notificación del SAT, sino desde el momento en que cada operación se documenta correctamente. Una organización adecuada de la información sigue siendo la herramienta más eficaz para prevenir controversias y ejercer plenamente los derechos del contribuyente.
FUENTES PRINCIPALES
1. Código Fiscal de la Federacón, texto vigente y reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
2. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025.
3. Servicio de Administración Tributaria (SAT), Plan Maestro 2026.
4. Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley del Impuesto al Valor Agregado, en sus textos vigentes y conforme a las obligaciones aplicables.
5. Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.
6. Reflexiones, analisis y experiencia profesional del autor, complementados con consultas realizadas mediante herramientas de inteligencia artificial utilizadas como apoyo para la investigación, revisin y redacción. La información jurídica y normativa citada debera verificarse y contrastarse con las fuentes oficiales vigentes.

NOTA AL LECTOR
La información contenida en este artí­culo tiene fines informativos y de orientación general. Se ha procurado distinguir entre las obligaciones establecidas en la legislación fiscal y las medidas preventivas que pueden contribuir a un mejor cumplimiento y a una adecuada defensa de los derechos del contribuyente.
Debe tenerse presente que las disposiciones fiscales pueden ser reformadas, modificadas o complementadas mediante cambios legislativos, reglas administrativas, criterios jurisdiccionales y disposiciones emitidas por las autoridades competentes. Por ello, antes de tomar decisiones relacionadas con una situación concreta, es recomendable consultar la legislación vigente, verificar las disposiciones aplicables al momento de la consulta y, en su caso, solicitar asesorí­a profesional especializada.
Las referencias legales incluidas en este artículo corresponden a las disposiciones vigentes al momento de su elaboración. Sin embargo, los contribuyentes deben mantenerse atentos a las actualizaciones normativas y a los criterios que puedan modificar la interpretación o aplicación de dichas disposiciones.