Tema de los cheques, asà como el de los pagarés es uno de gran interés entre mis lectores. Como sabemos, el cheque es un instrumento de crédito de lo más usado hoy en dÃa pero, desgraciadamente, mucha gente no sabe que el cobro de los cheques tiene sus reglas.
Igualmente, la Ley General de TÃtulos y Operaciones de Crédito establece una indemnización a favor del beneficiario del cheque cuando este no es pagado. Esa indemnización es del 20% del valor del documento.
Ahora bien – y aquà viene lo “complicado†– para que la indemnización a la que se refiere el artÃculo 193 de la mencionada ley sea aplicable, el cheque debe haberse presentado para su cobro en forma oportuna, es decir, dentro de los 15 dÃas naturales siguientes a su fecha.
Aquà es donde mucha mucha gente se le van las cabras (como coloquialmente se dice).
Recordemos que es muy común que los deudores le pidan al beneficiario del cheque “que lo aguante unos dÃasâ€â€¦ el problema es que cuando esos dÃas son más de 15 a partir de la fecha del cheque, el beneficiario pierde el derecho a la indemnización antes mencionada.
Grave…. No?
Lo anterior lo ha dicho ya el poder judicial en la tesis II.2o.C.298 C, misma que, en lo general establece:
“[el] artÃculo 193 de la Ley General de TÃtulos y Operaciones de Crédito… dispone que el librador de un cheque presentado en tiempo y no pagado por causa imputable al propio librador, resarcirá al tenedor de los daños y perjuicios que con ello le ocasionen…â€
“…puede concluirse válida y eficazmente que la indemnización respectiva se encuentra supeditada a la satisfacción de dos requisitos básicos, a saber:
a) Que el cheque sea presentado en tiempo, y
b) Que no sea pagado por causa imputable al propio librador.â€
“…conforme a tales elementos… es condición insalvable para su procedencia que el cheque sea presentado por el tenedor dentro de los quince dÃas naturales que sigan al de su fecha…â€
Conclusión:
No hay que confiarnos con los cheques. Estos deben ser presentados al banco dentro de los 15 dÃas naturales siguientes a su fecha y, en caso de que el deudor te pida que lo aguantes, siempre será mejor que te cambie el cheque por otro de fecha más reciente. En caso de que no quiera hacerlo, con la pena, la recomendación será que lo presentes a cabo, aunque rebote.
























