Armando Alfonzo Jiménez
Constitucionalista
El garantismo es una corriente doctrinaria y que busca incidir en las prácticas relativas a la promoción y protección de los derechos fundamentales de la persona.
Luigi Ferrajoli es el creador de esta teoría y la formuló a partir de sus estudios en el ámbito del derecho penal.
En su libro Derecho y razón explica como el Estado italiano para hacer frente al crimen organizado modificó el orden jurídico y flexibilizó ciertas medidas para combatir el crimen en detrimento de los derechos humanos.
Derivado de estos ajustes normativos, el poder punitivo de Italia empezó a transgredir los derechos de las personas so pretexto de perseguir a los integrantes de la delincuencia organizada.
Ante esto, Ferrajoli esboza su teoría del garantismo penal para salvaguardar la dignidad de las personas.
Posteriormente, el jurista Fiorentino extendió sus planteamientos a otras áreas del derecho.
En su obra Derechos y garantías. La ley del más débil desarrolla de manera integral su teoría del garantismo.
En primer lugar, destaca la importancia de que existan mecanismos o medios para hacer eficaces los derechos. No bastan las declaraciones de los derechos humanos para que estos se concreten en realidad. Es menester contar con instrumentos jurisdiccionales o no jurisdiccionales para hacerlos valer.
Además, los ejes centrales de su doctrina se centran en el cumplimiento de todos los derechos, para todas las personas, en cualquier lugar del mundo y frente a cualquier tipo de poder, sea público o privado.
El garantismo pareciere una utopía, sin embargo, es una ideología que pone como aspecto fundamental a la dignidad humana.
Por ejemplo, hay países como los Estados Unidos de América que ha figurado en algunos momentos como un modelo de democracia, empero, mayormente no se ha vinculado a través de los tratados internacionales en materia de derechos humanos y últimamente ha tenido cuestionadas intervenciones militares en ciertos países.
En el caso de México, el garantismo empezó a conocerse a raíz de las alternancias partidistas en las distintas sedes de los órdenes de gobierno.
A finales del siglo pasado, se difundió ésta y otras teorías que propiciaron también el pluralismo en el conocimiento jurídico.
Fue tal su impacto que en los espacios del poder publico se comenzó a debatir sobre la pertinencia del cambio de modelo constitucional en materia de derechos humanos.
Y, finalmente, en junio de 2011 se hizo una gran reforma jurídica para establecer el sistema constitucional de los derechos humanos.
Dentro de las ideas que se incluyeron fue reconocer, como parte del orden jurídico mexicano, los tratados internacionales celebrado por el Estado nacional, el principio pro persona, la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre otras trascendentes previsiones.
A poco más de 15 años de entrada en vigor de esta importante reforma, el nuevo paradigma avanza, se ha creado una nueva cultura pro la dignidad personal, pero todavía es mucho lo que falta por hacer.
























