Nuestro estado está bautizado como el estado torpe, caracterizado por el inmovilismo y ejemplo de manipulación de la opinión pública desde el poder, quien considera que TODO se reduce a un problema, dificultad de comunicación; ejemplo único:
Un poco después de la elección constitucional para elegir autoridades estatales, municipales y a la LXXII legislatura del H. Congreso local, en noviembre de 2011, se empezó a rumorear y a testimoniar sobre el desfalco, quiebra y boquete financieros en los dineros del estado; rumores y testimonios que se fueron materializando después de la protesta constitucional del titular del Ejecutivo estatal, Fausto Vallejo Figueroa, actual gobernador del estado con licencia; en el transcurso del primer año de gobierno, se hicieron evidentes tanto la quiebra financiera, como los desfalcos y el boquete financiero a las finanzas estatales; el señor Fausto Vallejo Figueroa, titular del poder Ejecutivo estatal afirmó que “había recibido un estado quebrado” y el estado entró al umbral del Default Financiero; esta situación creció hasta llegar al H. poder Legislativo, pasando de los escritorios de la administración al pleno del H. Congreso local; después de tan intensa, como inútil – por sus resultados -, estéril guerra de papel y tinta entre funcionarios cúpula de la administración anterior, funcionarios del Ejecutivo actual y líderes de las fracciones partidistas representadas en el H. Congreso, hasta el momento no se ha determinado el monto del quebranto, desfalco, desvío de recursos financieros ni las dimensiones del boquete financiero, ni mucho menos culpables, ni muchísimo menos, los responsables; se entró en espiral de cifras: de 18 mil millones, se llegó hasta 48 mil millones de pesos y hasta el momento no hay nada de nada en silencio cómplice; fue y es risible los hechos de que altos funcionarios de la administración anterior hubieran solicitado la protección de la justicia federal por algo que ni siquiera existe documentalmente, ni se tiene voluntad política para actuar; con el argumento del quebranto financiero, de no tener dinero para pagar a deudores diversos – entre ellos a la Federación y dependencias=instituciones autónomas federales – y de necesitar dinero para cubrir la cuenta corriente y dineros gastado indebidamente, se solicitó autorización del H. Congreso para contraer más deuda, cualquiera que fuera la vía – restructuración, nueva deuda u otra figura financiera=contable, que para el caso es el mismo: DEUDA -, hecho que sin autorización del H. Congreso ya había sido acordado con pul de bancos y/o intermediaros financieros y ciertos amigos de figuras de la administración se indigestaron con las comisiones por la gestión del crédito, que por la urgencia coyuntural fue autorizado por la LXXII Legislatura local; esquema que volvió a repetirse en otra en otra – u otras ocasiones – más y reeditando el esquema benéfico para los amigos de la administración y gobierno con las regalías de las comisiones bancarias en estos préstamos bancarios-financieros-de Bolsa-Intermediarios financieros, sin importar la ley, la constitución, el estado de Derecho y las condiciones de la sociedad michoacana.
Parafraseando a Luis XIV – El Estado soy YO -, los actuales gobernantes – con licencia o interinos, con sus actos afirman: LA LEY SOY YO y actúan como lo recomienda el librito de Maquiavelo: HAZ LO QUE QUIERAS, PERO GUARDA LAS APARIENCIAS.
Actualmente, manejando el mismo formato mediático – cuestión de mensaje y manipulación de la opinión pública: DE NECESIDAD, se habla de DEUDA A PROVEEDORES POR UN MONTO CERCANO A 7 MIL MILLONES DE PESOS y que ya está apalabrado – sin autorización del H. Congreso, nuevo préstamos por más de 4 mil millones de pesos, más su jugosa, gordita y rechoncha comisión de gestoría para los amigos de la administración, con licencia o sin licencia. Para todos los que matan la vaca, como para los que detienen la pata, y si de algo importa, a continuación algunos articulados del marco legal violentado por la pasada y actual administraciones, en relación con el manoseado asunto del boquete, desfalco, desvío y defraudación en las finanzas michoacanas.
En el caso de pagos pendientes a proveedores y contratistas, como parte de la deuda del Gobierno del Estado, disposiciones legales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del estado de Michoacán, la Ley de Obra Pública del estado de Michoacán y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán de Ocampo son la norma para evitar todo lo que pasó – y estaría por suceder -, pero como aquí en Michoacán no pasa nada ni importa nada, estamos como estamos y llegamos a las siguientes conclusiones:
1°.-No hubo planeación, programación, ni presupuestación en materia de obra pública, acciones, adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y prestación de servicios que regulan la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán de Ocampo y la Ley de Obras Públicas del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios.
Consecuentemente, se advierte responsabilidad de servidores públicos –omisos o remisos-, en la aplicación del gasto y ejecución de los rubros y disposiciones legales anteriormente invocados.
Se deberá precisar y documentar si el Secretario de Finanzas y Administración, en el ejercicio de sus funciones, actuó por sí, o acatando órdenes del Gobernador del Estado, en términos del artículo 159 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo (que señala que no podrá hacerse cargo alguno que no esté comprendido en el presupuesto).
Delo hasta aquí expuesto, se advierte que sí hubo responsabilidades, por lo que se deberá precisar en los Autos de Inicio de los procedimientos administrativos de responsabilidades a que haya lugar, qué servidores públicos incumplieron con lo que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán de Ocampo, así como la Ley de Obras Públicas del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, ya sea por acción u omisión, a fin de evidenciar documentalmente de manera puntual y concreta, en qué consistieron unas u otras.
La instauración de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades, que pudieran derivar por irregularidades en los empréstitos contratados con antelación, deberá prepararse con el tiempo necesario y suficiente que se requiera, a efecto de que se sustente con las pruebas pertinentes y conducentes, en virtud de que el fincamiento de responsabilidades prescribe ahora hasta los 5 cinco años, acorde a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Michoacán de Ocampo.
Todo lo anterior, con independencia de que con la reestructuración que se pretende, se pague los adeudos a proveedores y contratistas, es decir, no se exime de responsabilidades. FINALMENTE, NO SE HA HECHO NADA, NI SE HARÁ NADA, LO QUE DEMUESTRA QUE AQUÍ NO PASA NADA. Y SIN PASA ALGO ¡SERÁ NADA! EL INMOVILISMO PLENO.






















