SIN MAQUILLAJE …
Etelberto Cruz Loeza
REFLEXIONES SOBRE DETERMINACIONES DE LA CORTE

Si bien la Suprema Corte de la Justicia de la Nación no es una instancia investigadora, sí es la última esperanza ante la terrible injusticia que predomina en el sector de impartición y procuración de la justicia en el país; muy recientemente falló en relación con el sonado caso del incendio en la guardería ABC, de Hermosillo, Sonora.
 

Según el criterio de varios abogados constitucionalistas e incluso de su exministro Juventino Castro y Castro, es una resolución grave y absurda y se esperaba que hiciera un pronunciamiento directo sobre los causantes. Responsables y sobre las responsabilidades civiles, administrativas, penales y políticas en que incurrieron  funcionarios federales, estatales y municipales implicados, porque la Suprema Corte está investida de una autoridad constitucional más que moral y si bien no tiene la facultad de sancionar, si tiene la de señalar culpables y lo que la Suprema Corte realizó fue dar una resolución que no dejó satisfecho a nadie y si uno se mete a indagar el por qué se sabrá que  los ministros Fernando Franco González, fue anteriormente subsecretario de la secretaría del Trabajo en el sexenio anterior y Sergio Valls Hernández fue director jurídico del propio IMSS, así que como fallarían en contra del mismo patrón y de la misma institución en la que trabajaron.

 La resolución de la Suprema Corte de Justicia exoneró, exculpó a todos, menos a los que señaló en ministro Zaldívar: los escalones más bajos, los más modestos en la cadena de mando. Al concluir las deliberaciones sobre el caso ABC determinó excluir a los altos funcionarios federales,  estatales y municipales de la lista de involucrados en la grave violación de garantías individuales como consecuencia del incendio en la guardería ABC en el que fallecieron 49 infantes  y otros 104c resultaron lesionados y determinó que únicamente 7 exfuncionarios menores del ámbito municipal, estatal y federal tiene responsabilidad y en una votación dividida – de de seis a favor y cinco en contra – , el pleno de la Corte rechazó que exista un desorden  generalizado en el sistema de las guarderías del IMSS, bajo la modalidad de subrogación; en todo, caso, señaló,  hay irregularidades en un número importante por falta de supervisión del propio IMSS, así como de las autoridades estatales y municipales para el cumplimiento de las medidas de protección civil.

 Esta resolución, como varias que ha dado la Cote muestran que la  máxima institución del sector justicia del país es instrumento del poder en turno para validad sus objetivos y determinaciones; se debe recordar que en lo referente al llamado Horario de Verano falló sin definir quién puede y quién no puede legislar sobre husos horarios nacionales; sobre el anatocismo  sentó precedente, jurisprudencia y sobre los amparos sobre pagos de pagarés con fecha de quince o más años de firmados, sus determinaciones han sido hacia un lado y hacia el otro, que en ocasiones se contradicen entre sí; otro, el asunto del desafuero de Andrés Manuel López Obrador. Podemos seguir buscando en el reciente pasado y encontraremos más, pero nada ganamos con reavivar el fuego.

 Esta fallo es calca del dado por el del Tribunal Electoral Judicial de la Federación con el que validó la elección del actual presidente de la República: la intervención del Consejo Coordinador empresarial, y del titular del Ejecutivo Federal, sí afectaron el proceso, si lo violentaron,  pero no fue determinante para el resultado.  Â