Por Armando Saavedra Magaña

* ¡ALBAZO EN EL CONGRESO CONTRA LA NICOLAITA! RESUCITAN LA COMISIÓN DE RECTORÍA, PERO EL AMPARO YA CAYÓ EN TRIBUNALES
*SERRATO ENCUERA A LA FISCALÍA Y GRECIA CAPITALIZA EL COCHINERO

Vaya descaro, mis apreciables cuatro o cinco lectores que todavía me soportan en este Michoacán de sumisiones y canonjías. Lo que se consumó la tarde de este martes 3 de noviembre en la casona de la avenida Madero Oriente no es un trámite legislativo ordinario, es un auténtico golpe de Estado parlamentario contra la Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

Con treinta y dos votos a favor, tres en contra y cinco diputados que prefirieron poner pies en polvorosa antes de asumir el costo histórico, la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó la aberración de reformar los artículos transitorios del Decreto 163 para resucitar, por la puerta trasera, a la odiada y repudiada Comisión de Rectoría.

Y antes de que los corifeos del régimen empiecen con su cantaleta de siempre, va la aclaración de rigor. Este tecleador no es perito en derecho constitucional ni doctor en leyes, pero como no me gusta tragar lumbre ni dejarme torear por los boletines de prensa oficiales redactados para engañar bobos, me senté a revisar minuciosamente las leyes y a consultar a los mejores constitucionalistas del foro estatal y nacional. Los razonamientos jurídicos que hoy pongo sobre la mesa no son ocurrencias de sobremesa, son verdades jurídicas demoledoras sustentadas en la propia Constitución General de la República, en la Ley General de Educación Superior y en sentencias directas del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Y a ver, cómo friegan con que en esta columna nos dedicamos a defender a la actual rectora. ¡No, señores! Dejen de desviar la atención con cortinas de humo. Aquí no se defiende a personas, se defiende la legalidad, el estado de derecho y la autonomía de la Casa de Hidalgo. Se trata de poner sobre la mesa los argumentos jurídicos que demuestran la flagrante ilegalidad cometida por los diputados, quienes en lugar de legislar con decoro se enfrascaron en una discusión bizantina para encubrir una sumisión palaciega que la Suprema Corte de Justicia de la Nación terminará por anular por notablemente aberrante.

Miren nada más las maromas discursivas que se aventaron en tribuna para justificar el atraco. No pasaron desapercibidas las intervenciones del diputado JUAN PABLO CELIS SILVA y de la coordinadora de Morena, FABIOLA ALANÍS SÁMANO, quienes arengaron desde la tribuna acusando a la rectora YARABÍ ÁVILA GONZÁLEZ de pretender extender su mandato un año más. ¡Falso de toda falsedad! Por la mañana de este mismo martes, la propia YARABÍ ÁVILA aclaró de manera tajante ante los medios de comunicación que su periodo concluye puntualmente el 8 de enero de 2027 y que ni por asomo busca quedarse un día más. Pero para la demagogia legislativa la verdad sale sobrando cuando la consigna viene de arriba.

Y qué decir del espectáculo montado por BALTAZAR GAONA GARCÍA, quien se aventó al ruedo calificando a la rectora de traición al Congreso porque la Universidad no emitió en tiempo el reglamento para la elección del rector dentro del plazo transitorio de los ciento noventa días hábiles fijado en 2025. ¡Háganme ustedes el favor! En derecho administrativo elemental, cualquier pasante sabe que la mora o retraso reglamentario jamás produce la caducidad de las facultades de autogobierno de una institución autónoma, y mucho menos faculta al Poder Legislativo para expropiar la voluntad universitaria y revivir un cadáver político. Dicha omisión, en el peor de los casos, sólo ameritaba un procedimiento de requerimiento o sanción administrativa interna, jamás el castigo inquisitorio de arrebatarle el voto a la comunidad universitaria para entregárselo a una junta de notables.

Pero si de plazos vencidos y desvergüenzas vamos a hablar, qué poca memoria tienen nuestros ilustres legisladores. Al revisar los archivos del Congreso de la Unión y del propio Congreso michoacano, queda al desnudo la más descarada doble moral. El Congreso del Estado de Michoacán es el campeón histórico del desacato a los plazos fijados en decretos federales. Desoyeron por más de un año el mandato del Congreso de la Unión para la armonización de la reforma de transparencia, arrastraron más de dos años de retraso para expedir las leyes del Sistema Estatal Anticorrupción, incumplieron reiteradamente los plazos fatales para extinguir las Juntas de Conciliación en materia de justicia laboral, y acumularon más de dos años de omisión legislativa absoluta en la Ley de Desaparición Forzada, teniendo que ser doblados mediante sentencias de amparo.

Y para no irnos tan lejos en el tiempo, en esta misma legislatura actual se hacen de la vista gorda con los plazos perentorios de adecuación en materia de movilidad y seguridad vial, así como en las exigencias constitucionales de justicia local que les envía la federación. Pregunto a los flamantes diputados: ¿Acaso cuando el Congreso de la Unión les fijó plazos que ustedes pisotearon olímpicamente vino la Cámara de Diputados o el Senado a disolverles el Congreso o a quitarles sus facultades para nombrarles una junta de notables que legislara por ustedes? ¡Por supuesto que no! En derecho las facultades constitucionales no se extinguen por un retraso temporal, pero aquí los señores diputados usaron la mora reglamentaria universitaria como vil pretexto para cometer un asalto al autogobierno nicolaita.

La trampa procesal es todavía más burda al revisar el origen del adefesio. La reforma se aprobó con base en una supuesta iniciativa ciudadana promovida por JESÚS EDUARDO MENDOZA GÓMEZ, FRANCISCO JAVIER DOMÍNGUEZ MOTA, ALFONSO CASTAÑEDA CERVANTES y RICARDO MIGUEL PÉREZ MUNGUÍA, aderezada con unas cuatro mil firmas para fingir apoyo popular. Los legisladores violaron flagrantemente el artículo segundo de la Ley General de Educación Superior, el cual mandata que ninguna ley orgánica puede tocarse sin una consulta previa, libre e informada a la comunidad y sin la respuesta y consentimiento explícito del máximo órgano de gobierno, el Honorable Consejo Universitario. Juntar firmas en hojas sueltas no es una consulta institucional, es un fraude a la ley.

Y por si fuera poco, a los señores legisladores les importó un soberano bledo el zapatazo que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación asestó apenas el pasado 28 de octubre de 2026 en el Amparo en Revisión 267 de 2026, correspondiente a la Universidad Autónoma de Nayarit. La Corte sentó con meridiana claridad que los Congresos de los estados carecen en absoluto de competencia constitucional para crear, regular o imponer órganos de gobierno en las universidades autónomas, pues definir su estructura y sus métodos de sucesión corresponde en exclusiva a la propia universidad. Pese a tener ese precedente fresco, aquí en Michoacán los diputados votaron una norma transitoria que viola de tajo el artículo tercero constitucional y el 143 de la Constitución local.

Para colmo del cinismo, el diputado JUAN ANTONIO MAGAÑA DE LA MORA presentó una reserva cosmética de última hora para adicionar un artículo sexto transitorio, diciendo que la Comisión de Rectoría deberá garantizar la participación de la comunidad conforme al artículo 143 constitucional. ¡Vaya descaro! Intentan maquillar un órgano corporativo de ocho miembros donde cinco exrectores deciden todo a puerta cerrada, poniéndole una cláusula de adorno para simular apertura democrática.

Pero analicemos el tablero de la vergüenza, porque la lista de votación no tiene desperdicio. Con excepción de los tres votos en contra emitidos con dignidad por la priista ADRIANA CAMPOS HUIRACHE, el coordinador del PRI GUILLERMO VALENCIA REYES y el emecista ANTONIO TZILACATZIN CARREÑO SOSA, y los cinco legisladores que brillaron por su ausencia, los demás se plegaron dócilmente. Da pena ajena ver a la bancada del Partido Acción Nacional, integrada por JOSÉ ANTONIO SALAS VALENCIA, ANA VANESSA CARATACHEA SÁNCHEZ, ALFONSO JANITZIO CHÁVEZ ANDRADE y TERESITA DE JESÚS HERRERA MALDONADO, quienes presumiendo ser oposición al oficialismo se entregaron como sumisos peones de Casa Michoacán para consumar esta farsa. Y ya ni hablemos de los legisladores del PRD, OCTAVIO OCAMPO CÓRDOVA y el uruapense CONRADO PAZ TORRES, o de la señora BRISSA IRERI ARROYO MARTÍNEZ, la llamada señora Sol, quienes empeñaron por completo su congruencia ideológica y se volvieron comparsas directas para revivir el mecanismo que más repudio costó a las generaciones nicolaitas desde 1966.

Sin embargo, el tiro les puede salir por la culata y más pronto de lo que cantó un gallo. Mientras en el recinto legislativo los aplaudidores festejaban su hazaña, las autoridades universitarias no se quedaron cruzadas de brazos: les puedo confirmar de primerísima mano que la demanda de juicio de amparo indirecto ya fue formalmente depositada por la autoridad universitaria ante la justicia federal. La batalla constitucional arrancó de lleno con la solicitud de una suspensión provisional urgente para congelar cualquier intento de conformación de este órgano espurio. Con la jurisprudencia de Nayarit recién salida del horno, los jueces de distrito tienen la mesa puesta para frenar este atropello legislativo en seco.

Habrá que ver también la actitud que asumirán los señores exrectores de la Casa de Hidalgo a quienes los diputados les acaban de aventar la brasa ardiente. ¿Aceptarán prestarse a integrar este adefesio y asumir el encargo a sabiendas de que se trata de un asalto legislativo perpetrado contra la institución que un día dirigieron? Caras vemos, corazones no sabemos.

Y lo que resulta doblemente doloroso y reprobable es que una gran cantidad de los diputados que este martes levantaron la mano a favor son orgullosos egresados de las aulas de la Universidad Michoacana. Al votar por la reinstalación de la Comisión de Rectoría, demostraron ser unos consumados desagradecidos con su alma mater y dejaron en evidencia que no mamaron absolutamente nada del verdadero espíritu humanista, crítico y libertario de Don Vasco de Quiroga y de Melchor Ocampo. El nicolaisismo no les dejó huella alguna en el alma; en su paso por las aulas universitarias no aprendieron dignidad, y hoy, convertidos en dóciles empleados del poder en turno, solo dan vergüenza.

Al tiempo, mis queridos cuatro o cinco lectores, al tiempo.

SERRATO ENCUERA A LA FISCALÍA Y GRECIA CAPITALIZA EL COCHINERO

Las declaraciones que soltó en Uruapan el comisionado estatal de Atención a Víctimas, VÍCTOR MANUEL SERRATO LOZANO, son lumbre pura y deberían encender todas las alarmas en el Palacio de Gobierno y en los pasillos de la Fiscalía General del Estado. Sin pelos en la lengua, el ombudsman de las víctimas vino a exhibir de cuerpo entero las costuras, las prisas y la torpeza con la que se ha manoseado la carpeta de investigación del asesinato de CARLOS MANZO. Y es que, detrás del ropaje técnico y las cortesías declarativas, lo que SERRATO LOZANO dejó al descubierto es que la Fiscalía armó un galimatías que raya en la aberración jurídica.

De entrada, el comisionado puso el dedo en la llaga donde más le duele a la narrativa oficial: vociferan a los cuatro vientos que el atentado provino de las entrañas de la delincuencia organizada, pero en el expediente penal no hay un solo detenido —de los 34 que presumen con bombo y platillo— procesado formalmente por el delito de Delincuencia Organizada. ¡Ninguno! Los tienen atorados con homicidio calificado, con posesión de cartuchos y delitos menores, manteniendo el expediente atado al fuero común para no soltar el reflector ni remitir el desglose debido a la Fiscalía General de la República. A eso súmele la puntada de querer imputarle homicidio por “comisión por omisión” a los escoltas —mientras que en magnicidios como el de HIPÓLITO MORA jamás tocaron a los guardias— y el despropósito de ir tras la secretaria del Bienestar, a sabiendas de que el Código Nacional de Procedimientos Penales y la doctrina sustantiva la amparan con el derecho a no declarar en contra de sus propios parientes.

¿Y a quién le cae como anillo al dedo este cochinero procesal? Pues nada más y nada menos que a GRECIA QUIROZ. Con un expediente local perforado por la impericia y la improvisación, la señora encuentra el caldo de cultivo ideal para atrincherarse en el papel de víctima insatisfecha, descalificar la investigación, gritar que le están sembrando “chivos expiatorios” y seguir estirando la liga del mártir para consolidar y proyectar su propia rentabilidad política. Mientras la autoridad ministerial no entregue una verdad blindada a prueba de amparos, la alcaldesa tendrá licencia abierta para seguir haciendo de la tragedia una plataforma de lucimiento y presión institucional.

¿ES MUY DIFÍCIL PARA LA FISCALÍA ENDEREZAR EL ENTUERTO PROCESAL?

En el terreno estrictamente procesal penal, la respuesta es contundente: no es difícil en el papel técnico, pero sí es sumamente costoso en el tablero político.

Enderezar el rumbo exige cirugías que evidenciarían la pifia inicial de la Fiscalía:

  1. El desglose federal inmediato: Lo primero que tendría que hacer el Ministerio Público local es dejar de acaparar la carpeta y remitir un desglose formal de constancias a la FEMDO (FGR) por el delito de Delincuencia Organizada. El obstáculo no es procesal, sino el pánico político de perder el control del expediente y exhibir ante la Federación que el fuero común quiso colgarse medallas inflando detenciones sin tipificación adecuada.
  2. Replantear la teoría del caso con los escoltas: Vincular a un guardia por homicidio en “comisión por omisión” sin acreditar el dolo —es decir, sin probar que cobraron, facilitaron o pactaron con los sicarios— es una bomba de tiempo que se les va a caer en el juicio oral. Corregirlo implica reclasificar hacia delitos de negligencia, incumplimiento del deber legal o desestimar la vía penal para dar paso a la sanción administrativa, algo que la Fiscalía evita porque implicaría soltar a quienes hoy utiliza para justificar la estadística de capturas.
  3. Desactivar la pifia contra la Secretaria del Bienestar: El Ministerio Público puede y debe, bajo el principio de objetividad que le impone el artículo 129 del CNPP, solicitar el sobreseimiento o retirar la imputación si los hechos se limitan al silencio familiar amparado por el artículo 361 del mismo código. No lo hacen porque reconocer la excusa absolutoria sería admitir que actuaron por consigna o por pura desesperación de inflar culpables.
  4. La pérdida irremediable de los eslabones clave: Lo que sí es imposible de reparar procesalmente es la muerte de los testigos y enlaces operativos clave (como el asesinato de RAMIRO HERNÁNDEZ SILVA). Ahí la Fiscalía falló de manera irreversible: al no haber protegido las fuentes vivas que conectaban a los autores materiales con la cúpula que ordenó el crimen, cortó la cadena biológica de la prueba testifical, dejando un vacío estructural que ninguna reposición de procedimiento podrá subsanar.

Para la Fiscalía enderezar el entuerto es perfectamente viable en términos de trámite procesal, pero implicaría tragarse el sapo del ridículo público, admitir que fabricaron tiros de escopeta para salir del paso y dejar a GRECIA QUIROZ con un expediente federal fuera de su alcance mediático local. Mientras no se atrevan a corregir con el Código en la mano, la Fiscalía seguirá atrapada en el laberinto que VÍCTOR MANUEL SERRATO acaba de exhibir en plena plaza pública.