No por nada, en términos generales, la sociedad califica muy severamente a los diputados, tanto locales como federales. HabrÃa que reconocer que el Poder Legislativo en nuestro paÃs atraviesa por una etapa crÃtica de definiciones. Quienes conformamos una legislatura enfrentamos grandes retos, entre otros por ejemplo: ser verdadero contrapeso del Poder Ejecutivo, sin menoscabo de la gobernabilidad y sin llegar a ser un obstáculo -casi infranqueable- para el despliegue de las polÃticas públicas pero tampoco subordinado; transparentar la toma de decisiones, tanto polÃticas como administrativas; rendir, verdaderamente, cuentas de nuestro actuar; y, ser más productivos, en términos de lograr acuerdos entre las diferentes fuerzas polÃticas, de modo que se logre la aprobación de reformas y de leyes cuyos beneficios trasciendan los meros intereses personales, de grupos y de partidos.
El que estos grandes retos lleguen a superarse depende de muchos factores. Uno de ellos es que los congresos operemos con una normatividad más exigente y más acorde con los principios democráticos y administrativos que condicionen eficiencia y eficacia.
En este aspecto en Michoacán acabamos de dar un paso, quizá pequeño, pero al fin y al cabo un paso hacia adelante, y es que después de tres años y medio de esta legislatura, más dos de la anterior, por fin el pasado 17 de mayo el Pleno del Congreso del Estado aprobó su nueva Ley Orgánica y de Procedimientos.
Muchas son las bondades de este nuevo cuerpo normativo. El hilo conductor de esta nueva Ley es buscar una adecuada redistribución del poder dentro del Congreso, delimitar con claridad las potestades de la Junta de Coordinación PolÃtica, ampliar las atribuciones estrictamente legislativas de la Mesa Directiva y mejorar las facultades de control y administración interna que tendrá el nuevo Comité de Administración.
La nueva Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado establece lineamientos que de cumplirse mejorarán la transparencia del Poder Legislativo, asà como la vigilancia y cumplimiento de las obligaciones de los diputados, quienes, en su caso deberán ser sancionados si abandonan sus responsabilidades legislativas. Esto puede traducirse desde la privación de un dÃa de dieta hasta la pérdida del carácter de diputado.
Con esta nueva norma se consolida a la Mesa Directiva del Congreso como un auténtico órgano de dirección y representación parlamentaria, al prever que su encargo será rotario por periodos de un año. Esto da certidumbre a su representación legal y permite que su Presidente dé seguimiento al cumplimiento de una agenda legislativa institucional alejada de las coyunturas polÃtico-partidistas. También, se reestructura la Mesa con un Vicepresidente, quien suplirá las ausencias del Presidente y asumirá su representación de manera formal.
Otra bondad es que por norma se tendrá que estructurar la Orden del DÃa de las sesiones de Pleno con mayor oportunidad, lo que representa, además de evitar el acostumbrado retraso en el inicio de las sesiones, mayor certeza de los contenidos a debatir y votar durante las mismas.
Las comisiones que hasta hoy en algunos casos han sido un pequeño coto de poder de quienes las presiden, deberán entregar un plan de trabajo consensuado con sus integrantes anualmente, lo que permitirá que el desahogo de los asuntos que les son turnados no sea arbitrario o sesgado por intereses partidistas. También se mejora la regulación del trabajo de comisiones unidas. El Presidente del Congreso tendrá la obligación de vigilar estos mandatos.
Otra de las aportaciones de la nueva Ley, y que además repercute directamente en el correcto equilibrio institucional entre poderes y ámbitos de gobierno, es la actualización de las atribuciones jurisdiccionales del Congreso. Ahora, el Juicio PolÃtico, la Declaración de Procedencia, la Desaparición de los poderes de un Ayuntamiento y la Separación de un miembro de la Mesa Directiva, se encuentran perfectamente regulados, por un lado garantizando el derecho de defensa y audiencia de los funcionarios acusados, y por otro estableciendo plazos precisos para su resolución, lo que evitará tanto dejar en estado de indefensión a los ciudadanos y autoridades que promueven estas figuras, como la tentación de dejar los asuntos en “la congeladoraâ€. Â
Con la nueva Ley, el Poder Legislativo se coloca a la vanguardia en el fortalecimiento institucional al instaurar el Servicio Parlamentario de Carrera, el cual, con el tiempo, fortalecerá la profesionalización y capacidad técnica del personal que auxilia institucionalmente a los legisladores, además de representarles una garantÃa digna de permanencia en el trabajo con base en una trayectoria de méritos laborales y no con base en padrinazgos polÃticos.
Con este mismo propósito, el Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado es creado como órgano desconcentrado, especializado y profesional en las tareas académicas y de investigación, donde se pretende que los investigadores sean un cuerpo de apoyo permanente de expertos, ajeno al vaivén polÃtico. Â
Esta ley se forjó con propuestas de diputados de todos los colores del espectro polÃtico, tanto de esta como de la pasada legislatura y tomando en consideración un exhaustivo análisis comparativo de las normas que rigen en los congresos en los 31 estados, en la Asamblea Legislativa del DF y el Congreso de la Unión.
No obstante todo lo anterior y que fue aprobada por unanimidad, no echemos campanas al vuelo, -no somos ingenuos- reconocemos que hará falta mucha voluntad polÃtica para que estos preceptos rindan buenos frutos, y hará falta también que la sociedad entienda que el cumplimiento cabal de este instrumento no representa solamente un beneficio institucional para el Congreso, sino también un gran beneficio para todos los michoacanos.

























