Nuestra Constitución Política ha sido reformada por el Constituyente Permanente, la reforma a los artículos 94, 103, 104 y 107 ha sido publicada el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación, en su promulgación el pasado viernes, el señor Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dirigía unas palabras al Presidente de la República y al Presidente del Senado, donde señalaba que era una ocasión, donde se presentaba una oportunidad para hablar acerca de un acontecimiento que cambia la historia del Poder Judicial de la Federación, y que acontecimientos de este tipo han sido escasos, siendo éste uno de ellos.

Y ciertamente, se trata un acontecimiento, que modificará trascendentemente la cara del Poder Judicial de la Federación, donde incluso se puede vaticinar el inicio de la Décima Época respecto de la interpretación de las normas de nuestro orden jurídico nacional.
 
Debemos celebrar la reforma constitucional, porque implica que el juicio de garantías, institución ligada también a los mejores momentos de nuestra historia, se actualiza para contribuir a la construcción de un mejor futuro para todos.
 
El alcance de la reforma constitucional en esta  materia, no puede leerse separada de otra gran reforma constitucional que ha sido aprobada recientemente por el Constituyente Permanente.

En efecto, junto con la reforma constitucional en materia de derechos humanos, la que contiene el nuevo marco del juicio de amparo, representa un cambio sin precedentes para el sistema jurídico mexicano en general y, en particular, para el sistema jurisdiccional federal. 
 
La aplicación de las dos reformas constitucionales, iniciarán una transformación  sin precedente para la judicatura federal.
 
La reforma constitucional en materia de amparo, redundará en una mayor legitimidad social del trabajo de la judicatura federal y, con ello, en una mayor independencia y libertad en su desempeño.
 
Se quiere que la institución de amparo vuelva a su origen: la prestación de un servicio público de importancia capital; para el buen  funcionamiento de la República democrática; para evitar los abusos del poder; para garantizar nuestro régimen de libertades.
 
La reforma, le otorga nuevas herramientas, nuevas armas para atender los reclamos de justicia de la sociedad al Poder Judicial Federal, será entonces ahora, el juicio de amparo más ágil y más accesible para los individuos, al reconocerse al interés legítimo, como detonante de la actividad jurisdiccional: el nuevo texto constitucional, ordena que el acceso a la justicia federal sea más amplio, más abierto, no restringido, no exclusivo, no excluyente.

Enhorabuena.