Etelberto Cruz Loeza
Seguramente sucedieron otras cosas más de impacto y de poder político, pero desde mi visión y perspectiva estas fueron las más importantes:
MUESTRA DE PODER ABSOLUTO
El último fin de semana de mayo, el titular del Ejecutivo federal, señor Andrés Manuel López Obrador, ordenó que efectivos militares tomaran posesión de determinados – tres – segmentos -tramos de la vía férrea multimodal del corredor transístmico entre Coatzacoalcos- Tehuantepec, que forman parte de una concesión otorgada a Germán Larrea, que intentaba adquirir la empresa financiera Banamex.Inicialmente se dijo que era- fue ocupación-posesión-; posteriormente el titular de Gobernación Federal afirmó que sería una ocupación temporal; no dijo por cuánto tiempo.Finalmente, el mismo titular del poder Ejecutivo federal señaló que sí fue una ocupación y posesión, pero que, realmente era una expropiación…esta afirmación generó muchas dudas y especulaciones…una de las versiones más académicas y cercanas a este hecho es el columnista de LA RAZÓN Arturo Damn Arnal, decuya columna Pesos y Contrapesos del lunes 22 del pasado mes de mayo, tomo varios párrafos y/o transcribo.
El problema es que es legal, conforme a los artículos 25,27, 28 y 89 constitucionales, a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la Ley de Expropiación, a la Ley de Bienes Nacionales, a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario. Me refiero a la apropiacióntemporal (¿Por cuánto tiempo) a favor del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., integrante de la plataforma logística multimodal a cargo de la Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, de Vías Férreas del Grupo México, por “causas de utilidad pública” y seguridad nacional, vías que nunca fueron propiedad privada de la empresa, sino concesión gubernamental, algo distinto?
¿Qué tato del sector privado, por el lado producción es verdadera propiedad privada? ¿Y qué tanto es concesión gubernamental? ¿Qué tanto promueven las concesiones gubernamentales el capitalismo de compadres, el contubernio entre el poder político que otorga el privilegio al poder económico, mismos que pueden cobrar mayores precios de los que cobraría si no, y el poder económico que se vuelve incondicional del poder público, integrándose así a la cúpula del poder?
Este es el problema, ¡que la apropiación temporal de las vías férreas del Grupo México es legal!, lo cual quiere decir que en México el derecho de propiedad privada sobre medios de producción no está plenamente reconocido, puntualmente definido y jurídicamente garantizado por lo cual, dado que la propiedad privada de los medios de producción es la condición de posibilidad del ejercicio de la libertad individual para producir, ofrecer-vender; el derecho a la libertad individual tampoco está plenamente reconocido puntualmente definido y jurídicamente garantizado, todo lo cual es parte, no del Estado de Derecho, sino del Estado de Chueco, que limita la competitividad del país, su capacidad para atraer, retener y multiplicar inversiones directas, que producen bienes y servicios con los cuales satisfacemos nuestras necesidades, crean empleos, generan ingresos, a quien trabaja sele paga por hacerlo, contribuyen al bienestar que depende de buena medida del empleo y el ingreso inversiones.
Debe el gobierno jugarle al empresario ferrocarrilero, lo cual nos lleva a la principal pregunta de la Ciencia Política y de la Filosofía del Estado, ¿Qué debe hacer el gobierno?, ¿Cuáles son sus legítimas funciones?
Si el gobierno debe jugarle al empresario ferrocarrilero, ¿no debe tener sus propias vías de la misma manera que si A quiere jugar al taquero debe poner su propia taquería, no apropiarse temporalmente de la taquería de B? ¿Si, dadas las particularidades de la economía de redes, en este caso, ferroviarias, por las cuales quien tiene primero la red tiene una ventaja considerable sobre los que vienen detrás (hay quienes consideran que los que tienden primero lo que consiguen es un monopolio natural) al gobierno no le conviene tener sub red, ¿debe jugarle al empresario ferrocarrilero?
¿Realmente el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec integrante de la plataforma logística multimodal a cargo del corredor interoceánico del Istmo de Tehuantepec, es de utilidad pública y de seguridad nacional?
Esto es lo escrito por el columnista.
Ahora bien, ¿qué sucedió después?: Se tuvieron entrevistas, reuniones y se llegó a acuerdos entre los dos grupos, el del gobierno de la República y el del Grupo México, de Germán Larrea.Y, parece ser que se llegaron a acuerdos sobre todo de tipo financiero. No se difundieron.
Siendo, así las cosas, preguntas sin respuesta:
1ª.- ¿La propiedad privada no existe?2ª.- Una concesión para usufructuar algo es un tipo de propiedad por determinado tiempo? 3ª. ¿Por el motivo que se considere, el gobierno puede retirar la concesión? Se supone que sí, pero debe seguir cierto procedimiento, que aquí no se utilizó y sí el de la fuerza, la ocupación – por ¿cierto tiempo? –. 4ª.- Todo lo sucedido es muestra de que el estado de Derecho no es respetado por el actual gobierno y, entre otras circunstancias, es causa de la escasa llegada de inversionistas extranjeros o nacionales: respetar el estado de derecho.5ª.- LA FALTA, LA AUSENCIA, LA CARENCIA DE EL RESPETO DE TODO Y DE TODOS ES NUESTRO MAYOR PROBLEMA, MUCHO MÁS QUE EL DE LA INSEGURIDAD, PUES CON EL RESPETO SE EMPEZARÍA A RESOLVER TODO, PERO EL ESTADO DE CHUECO ES LO QUE PREVALECE.
PERO PARECE QUE A NADIE – EMPEZANDO POR LAS AUTORIDADES DE GOBIERNO EN SUS TRES NIVELES, SIGUIENDO CON LOS PADRES DE FAMILIA Y CON TODO TIPO DE AUTORIDAD – PÚBLICA, FAMILIAR, ECONÓMICA, LABORAL ADMINISTRATIVA, RELIGIOSA, SOCIAL, ESCOLAR, ETC. – A NADIE LE INTERESA, LE IMPORTA, TENER RESPETO A LA NORMA, SEA DEL TIPO QUE SEA.
ACTUARON LAS INSTITUCIONES, PERO…
Si bien las instituciones autónomas electorales nacionales- Instituto Nacional Electoral y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación -, – regionales-municipales-locales – no actúan por oficio y sí por petición-presentación de documentación que respalde su actuación-intervención, el pasado viernes 26 del pasado mayo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tuvo y difundió un resolutivo a petición de partidos políticos – PAN, PRI, PRD y MC – , que ante el evidente y excesivo, casi cotidiano uso de las conferencias llamadas coloquialmente mañaneras – con fines político que benefician al partido en el poder – MORENA, en este caso especificando fechas, textos e imágenes – el siguiente resolutivo:
ORDENÓ AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, SEÑOR ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, ELIMINAR O MODIFICAR EL CONTENIDO DE DOS DE SUS CONFERENCIAS MATUTINAS EN LAS QUE SE REFIRIÓ AL PLAN C PARA LLAMAR AL VOTO POR MORENA.
ESTA RESOLUCIÓN FUE POR UNANIMIDAD Y LOS MAGISTRADOS VOTARON A FAVOR DEL PROYECTO DE JANINE OTÁLORA, QUIEN PROPUSO GIRAR EL LLAMADO PARA QUE EL MANDATARIO NO EMITA DECLARACIONES EN TORNO AL LLAMADO PLAN C” DONDE EL PARTIDO GUINDA NECESITA CONFORMAR LA MAYORÍA CALIFICADA, ES DECIR, QUE DOS TERCERAS PARTES SEAN OCUPADAS POR MORENISTAS, PARA SACAR ADELANTE LA REFORMA AL PODER JUDICIAL SIN QUE ALGUNA OTRA FUERZA POLÍTICA SE LO IMPIDA, COMO HASTA AHORA SÍ HA OCURRIDO CON REFORMAS EN MATERIA ELECTORAL Y ELÉCTRICA. EL MANDATARIO DEBE ELIMINAR O MODIFICAR LOS MATERIALES AUDIOVISUALES, ASÍ COMO LAS VERSIONES ESCRITAS DE LAS CONFERENCIAS MAÑANERAS DEL 9 Y 11 DE MAYO.
DE MANERA PUNTUAL LA MAGISTRADA SUGIRIÓ QUE EL PRESIDENTE SE ABSTENGA DE EMITIR BAJO CUALQUIER MODALIDAD O FORMATO DE COMUNICACIÓN OFICIAL, DE REALIZAR O EMITIR MANIFESTACIONES COMO LA DENUNCIADA, SOBRE LLAMAR A VOTRAR O NO VOTAR POR DETERMINADOS PARTIDOS POLÍTICOS O MOVIMIENTOS ELECTORALES. TAMBIÉN SE LE INSTÓ A NO USAR RECURSOS PÚBLICOS EN PROPAGANDA CON FINES ELECTORALES. LE CONCEDIERON 24 HORAS PARA ELIMINAR O MODIFICAR EL CONTENIDO DONDE SE REFIRIÓ AL PLAN C.
ADEMÁS, SE HIZO ACREEDOR A UNA SEGUNDA MEDIDA POR PARTDE DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNICAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, LA QUE LE INSTRUYE A ELIMINAR OTRA DE SUS CONFERENCIAS DONDE SE REFIRIÓ A LAS ELECCIONES DEL ESTADO DE MÉXICO.
AHORA BIEN, ¿LO CUMPLIRÁ O QUÉ LO OBLIGARÁ A CUMPLIR LA LEY?
Y EL TRIBUNAL ES LA INSTANCIA SUPERIOR EN MATERIA ELECTORAL.
HASTA EL MOMENTO DE TERMINAR ESTAS LÍNEAS, LAS EMPRESAS DE COMUNICACIÓN NACIONALES – NI LOCALES – NO HAN DIFUNDIDO IMÁGENES NI NOTICIAS EN RELACIÓN A LA CONCENTRACIÓN-MARCHA CIUDADANA EN DEFENSA DE NUESTRA SUPREMA CORTE DE JUSTICIS DE LA NACIÓN. NUEVAMENTE LE HICIERON EL VACÍO. LUEGO ¿NO EXISTIÓ?























