Nuestro sistema político electoral tiene como base, en el fondo, la desconfianza partidista: ningún partido confía en las propuestas o iniciativas presentadas por algún partido, argumentadas en el perfeccionamiento de nuestras instituciones políticas o códigos de leyes sobre la materia. Siempre se desconfía y en esa circunstancia las prácticas democráticas, nuestro sistema político,  están entrampados.

Así, hemos pasado de un formato central oficial, autoritario, unívoco, a una ciudadanización y autonomía de las instituciones y aun formato legal en donde existe y se vive una pluralidad política y una diversidad ideológica. Se supone que las instituciones  político electorales creadas bajo este escenario son autónomas, soberanas y tienen la fuerza suficiente para imponer la ley, aplicar la ley y castigar a quienes resulten responsables de las irregularidades, delitos e intervenciones ilegales, etc., etc. y  etc.


Mas sucede que o las instituciones carecen de fuerza o sus titulares están arropados o incapacitados –legal o ideológica o partidistamente – y no actúan. Ejemplo: Estamos en la recta final del proceso electoral constitucional que determinará el relevo del poder Ejecutivo estatal y la nueva conformación de nuestro poder Legislativo y las instituciones responsables de organizar y validar este proceso están en el centro de la opinión pública  evaluando su imparcial actuación  y, recientemente los magistrados del  TEEM rechazaron, desecharon  TODOS los asuntos, quejas que fueron sometidos a  consideración del pleno, pero, uno de ellos resalta por su importancia:
El PAN interpuso un recurso contra el acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán, por el que se aprobó la revisión de los gastos de campaña de Silvano Aureoles,  Conejo, candidato del PORD a la gubernatura del estado. Los panistas argumentaron que Aureoles Conejo había sobrepasado el tope de gastos de precampaña establecido por el PRD, lo cual para el Tribunal, NO LE CONCIERNE AL PAN. DICHO PARTIDO NO PUEDE IMNPUGNAR ASUNTOS INTERNOS DE OTROS INSTITUTOS POLÍTICOS, por lo cual dicho se confirma el acuerdo  del IEM y se dio luz verde a la fiscalización de los gastos de campaña de Aureoles Conejo. En síntesis: No hay gastos excesivos del candidato a la gubernatura del PRD y ningún partido puede impugnar asuntos internos de otros partidos.

Entonces, ¿Quién?

Fue evidente que los gastos de precampaña de este candidato y otros más, rebasaron los topes de precampaña preestablecidos; ahora bien, legalmente quien debe auditar y comprobar la veracidad de estos,  estos gastos es el IEM y si como está sucediendo, se practican o las cuotas de poder o las presiones en un instituto ciudadanizado y ya partidizado, ¿los partidos políticos no pueden solicitar la revisión de esos asuntos? ¿El TEEM no tiene facultades – dientes, dicen – para auditar, no puede ordenar  revisiones o está imposibilitado para ordenarlas, por compromisos imposibles de demostrar, difundir o en esas instituciones existe algo que flota en el ambiente y coacciona a todos los consejeros y/o magistrados según el caso?

Ese resolutivo o acto del TEEM es un error. Fue evidente que el gasto súper rebasó el tope y es  cierto que NINGÚN PARTIDO COMPROBARÁ QUE GASTÓ DE MÁS. NO SON ESTÚPIDOS  Â