El pasado jueves primero de diciembre del presente año, el H. Congreso de la Unión aprobó una demanda social histórica que ataca frontalmente el problema de la corrupción y de la impunidad de los políticos: Terminó con el llamado  fuero constitucional.

El pleno del Senado de la República dio el  plazo determinante para terminar con la impunidad de que gozan algunos servidores públicos, conocida como Fuero Constitucional, al aprobar por unanimidad una reforma constitucional que permite que estos funcionarios, incluido el presidente de la República, puedan ser sujetos de proceso penal como cualquier ciudadano.


Considerada por los propios Senadores como legislación y  reforma históricas, que da pasos firmes hacia la modernización del sistema político mexicano, las seis fuerzas partidistas representadas en Cámara Alta, el Senado de la República, determinaron cerrarle el paso a esta figura, la cual fue calificada como instrumento obsoleto para la impunidad y el exceso de los servidores públicos.

Con una votación, de 81  a favor – ¿y los 47 faltantes dónde estaban? – la reforma la Carta Magna establece la eliminación del fuero del Ejecutivo federal, gobernadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, diputados federales, y locales, Senadores de la República, magistrados de los tribunales superiores de justicia de los estados, miembros de los consejos de las judicaturas locales, magistrados electorales e inr5egrantes de los órganos superiores de dirección de los organismos electorales de las entidades federativas.

Sin embargo, la reforma constitucional aprobada que modifica los artículos constitucionales 61, 111 y  112 de la Carta Magna, establece que en tanto se lleve a cabo el proceso penal, los servidores públicos podrán seguir en su cargo, mientras que las medidas cautelares que el juez determine no podrán consistir en al privación restricción o limitación de la libertad.

En su caso, cuando el juez de la cusa dite sentencia condenatoria de primera instancia, él mismo solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad, a fin de que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente. Quedan la segunda instancia y la solicitud de amparo de la justicia Federal.

¿Será cierto que se les retira el fuero?

Las iniciales preguntas serían ¿Quiénes serán los primeros que demandarán al presidente de la República, siguiendo este en funciones? ¿Cuáles jueces se encargarán de sentenciar aun presidente de la República? ¿Qué sucedería con ese juez?