Lo que inicialmente pudo ser una inocentada, pero ya en firme fue una inédita orden jurídica que dejó inerme tanto al partido revolucionario institucional como a su candidato a la presidencia municipal del H. Ayuntamiento de Morelia, Wilfrido Lázaro Medina, generó muchas lecturas, suspicacias y reflexiones.

1ª.-La resolución abre un camino desconocido, sobre todo por las causales invocadas que denotan el uso de varias varas, de diferentes texturas y medidas, que dependen del  “cómo” sea presentada ante los tribunales por los abogados, cayendo en la “judicialización” de las elecciones y el surgimiento o desarrollo de una  nueva especialización jurídica: Especializado en Procesos Electorales.

2ª.-En un estado, y sociedad, que NECESITA CERTEZA JURÍDICA Y SEGURIDAD, y que viven condiciones y situaciones, tanto de inseguridad como económicas, el operar un fallo de esa naturaleza, que implica un nuevo proceso, nueva campaña, nueva papelería electoral, organización y realización del Día Electoral – con casillas y  sus funcionarios -,  que determina dinero y no poco, es algo  que debe verse y tratarse, porque el dinero debe salir y entregarse, tanto a los partidos como al IEM, y entonces ¿Cómo y de dónde saldrá? (¡Hasta dónde subirá le deuda del estado!)

3ª.-Ese un hecho seguro de que estará el dinero, porque de que habrá, habrá, eso júrelo… pero ¿Los partidos y los candidatos cometerán el  mismo error u otros y no las vamos a pasar en elecciones extraordinarias?  

4ª.-Dado  el entramado de las reglas electorales, estamos viendo un sobre desarrollo de sus reglas. De hecho, estamos por rebasar la sobre regulación electoral y TODO POR LA MUTUA, RECÍPROCA DESCONFIANZA.

5ª.-Con todo y que lleguemos a la sobre regulación electoral, sí debe incluirse en la legislación la pena, el castigo, no únicamente respectiva sobre el caso; es necesaria una sanción tanto económica como punitiva para que no se dé la reincidencia y no se repitan, porque lo que hace falta en nuestras prácticas políticas y democráticas  es un ejemplar castigo, a fin de que sea el ejemplo y el temor.

Y la primera pregunta sería:
¿Por qué la pasividad y docilidad del partido revolucionario institucional, si aun está la Sala Superior del Tribunal?
¿Acaso ya lo inferían, deducían o la esperaban?
¿Cada uno de los partidos la jugará, otra vez con los mismos candidatos o habrá alguna cara nueva?
¿Quién, en tiempo y forma, corregirá los posibles y probables excesos?
¿El umbral de la incertidumbre cuándo terminará?
¿En qué consistirá la certeza, hacia dónde será la resolución?