El martes 26 por la noche recibí comunicado con información oficial de la Secretaría de Economía; se refería a la Norma Mexicana de Organización de Elecciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 del pasado mayo. AVISO DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NMX-CC-54001-IMNC-2019, SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA MEXICANA NMX-CC-9001-IMNC-2015 A ORGANIZACIONES ELECTORALES EN TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO…
La secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los dispuesto por…y siguen las bases legales del aviso…publica el Aviso de Consulta Pública del Proyecto de Norma Mexicana que se enuncia a continuación, mismo que ha sido elaborado y aprobado por el Organismo denominado Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A.C. (IMNC).
Este aviso, de conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publica para consulta pública a EFECTO DE QUE DENTRO DE LOS 60 DÍAS NATURALES LOS INTERESADOS PRESENTEN SUS COMENTARIOS ANTE EL ORGANISMO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, DENOMINADO INSTITUTO MEXICANO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN A.C., que lo propuso. Detalla dónde consultar completo el texto, cuya síntesis es la siguiente:
ESTE PROYECTO DE NORMA MEXICANA ESPECIFICA LOS REQUISITOS PARA UN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DONDE UNA ORGANIZACIÓN ELECTORAL: Necesita demostrar su capacidad para gestionar elecciones mediante votación secreta, los cuales proporcionan resultados confiables, transparentes, libres y justos, que cumplen con los requisitos electorales.
Busca aumentar la confianza de ciudadanos, candidatos, organizaciones políticas y otras partes electorales interesadas por medio de implementación eficaz del sistema de gestión de calidad electoral, incluyendo procesos para la mejora continua, dentro del marco legal establecido.
Nota 3 Los organismos electorales pueden constituirse de manera tal que reflejen los requisitos legales locales.
Nota 4 En este proyecto de norma mexicana el término producto aplica solamente al servicio electoral brindado por el organismo electoral.
Este proyecto de Norma Mexicana es aplicable a todos los organismos electorales involucrados en cualquier aspecto del proceso electoral, ya sean organizaciones permanentes u organizaciones temporales establecidas en apoyo de un periodo electoral en particular.
Este documento oficial está fechado en la ciudad de México, ¡el 26 de marzo del 2020!
Por su contenido dinamitero, busqué su certeza y veracidad. Me las confirmaron. Inmediatamente me llegó el posicionamiento del INE- Comunicado de prensa. TW@INEMEXICO. Fb: INE MÉXICO. Número 109, 26 de mayo. (¡En el límite de que prescriba la posibilidad de ofrecer comentarios!): y es el siguiente:
1. Sorprende que se publique en el DOF la determinación de hacer esta consulta pública
sobre procedimientos electorales, cuando estos son materia del Congreso de la Unión (PROY-NMXCC-54001-IMNC-2019).
2. En Instituto entró en contacto con las autoridades de la Secretaría de Economía para
conocer las intenciones de esta iniciativa y obtener la aclaración correspondiente, misma que no se tuvo.
3. CUALQUIER INTENCIÓN DE INSTAURAR NORMAS DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN LA
CONSTITUCIÓN Y LA LEY DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES (LGIPE), ES VIOLATORIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE TIENE EL INE. CONSIDERAMOS QUE ESTE PROYECTO DE NORMA MEXICANA ATENTA CONTRA EL ORDEN POLÍTICO ELECTORAL ESTABLECIDO.
4. En este caso, como en ocasiones anteriores, el Instituto defenderá sus atribuciones legales
y las reglas que los actores políticos se han dado constitucional y legalmente, para organizar los procesos electorales a través de los cuales la ciudadanía elige en libertad a sus autoridades.
Es sumamente extraño que organismo civil tenga el respaldo oficial de institución pública federal para…Establecer sistema de gestión de calidad…para que una organización electoral necesite DEMOSTRAR SU CAPACIDAD DE GESTIÓN DE ELECCIONES QUE PROPORCIONARÁN RESULTADOS CONFIABLES, TRANSPARENTES, LIBRES Y JUSTOS Y QUE BUSQUE INCREMENTAR LA CONFIANZA DE CIUDADANOS, CANDIDATOS, ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y OTRAS PARTES INTERESADAS, POR MEDIO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN ELECTORAL.
TODA LA CUESTIÓN ELECTORAL ES ATRIBUCIÓN ÚNICA Y EXCLUSIVA DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, INE Y TEPJF. ARTÍCULO 41° CONSTITUCIONAL, VIGENTE.
¿POR QUÉ SE TRATA DE DINAMITAR A NUESTRAS INSTITUCIONES? ¿POR QUÉ TRATAN DE MANDARLAS AL RANCHO DEL PRESIDENTE? ¿ESTE INSTITUTO MEXICANO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN SERÍA EL SUSTITUTO DEL INE?
HAGO MÍAS LAS PALABRAS DE MI HIJA: LA DEMOCRACIA ES LA ESENCIA DE UN PUEBLO ORGANIZADO. NO ESTAMOS EN UNA TRIBU PARA TOMAR DECISIONES FUNDAMENTALES A MANO ALZADA.ES PELIGROSO LO QUE INTENTAN. ES EL MÉTODO DE HUGO CHÁVEZ Y EVO MORALES PARA PERPETUARSE EN EL PODER.
¿Es otro busca píes u otra Baja California?























