El caso Florence Cassez, acusada por secuestro y delincuencia organizada y sentenciada a 60 años es otra vez centro de la noticia: Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación – el Ministro Zaldívar – presentó al pleno  de Ministros proyecto sobre el caso de esta francesa y ahí considera que debe ser  liberada por dos tecnicismos: Se violaron sus derechos consulares y porque la escena del crimen fue manipulada – Genaro García Luna montó un espectáculo televisivo   para recrear espectacularmente su detención (realizada casi dos días después) -, hecho que fue duramente criticada por todos los Medios y expertos en cuestiones penales y judiciales. Este asunto llegó hasta las máximas esferas políticas de Francia y provocó ligeras fricciones entre ambos países.

El tema  subyacente es la calidad de la justicia mexicana.

Al respecto, el secretario de gobernación, Alejandro Poiré Romero afirmó: El gobierno de la República ha actuado en todo momento en estricto apego a la Ley, sin embargo, el Ejecutivo Federal será respetuoso de las decisiones del Poder Judicial y de su máximo órgano de gobierno y respaldó comunicado de la Procuraduría General de la República; entre los principales puntos de este pronunciamiento de la PGR están: Que, ante la contundencia de los elementos jurídicos  y fácticos que obran en el expediente, el proyecto debe ser desechado.  La PGR está preocupada en que por una consideración de procedimiento se deje de lado  el  derecho fundamental de las víctimas a la justicia, que ya les fue otorgado y que, sin que haya elementos  que desvirtúen  la culpabilidad de quien ya ha sido sentenciada, se le pretenda dejar en absoluta libertad pese al fallo de culpabilidad al que llegaron diversas instancias judiciales.

Lo cierto es que todas las instancias judiciales indican fallas procesales, pero, entonces, ¿por que qué fue sentenciada en todas las instancias procesales? ¿Por qué estando ya sentenciada podría abrirse el proceso, el caso, el expediente? ¿Y los derechos de las víctimas, como sostiene  la presidencia de la Comisión Nacional  de Derechos Humanos?

En su caso, en el que se reabra el caso y como consecuencia de la serie de factores, más los que se acumulen, se dicte auto de  libertad de la francesa Florence Cassez, ¿los derechos de las víctimas? ¿Se actuará jurídicamente en contra de quienes causaron, y son responsables, realmente, su liberación siendo culpable Florence Cassez?

¿Este será otro ejemplo de la manipulación, elegibilidad y selectividad de nuestra justicia? Â