Luego de los sismos de Septiembre, se ha generado una tendencia o hashtag en la red social de Twitter denominada #PartidosDenSuDinero, reproducido también en términos similares en la red social de Facebook. Sin lugar a dudas, ha ganado inmensa popularidad la propuesta de que los partidos políticos donen su dinero. Sin embargo dicha propuesta aunque contagiosa debe verse en términos del marco de derecho, aún cuando para el respetable sienta incomodidad, pero no por la emergencia debemos obviar el derecho, que nos puede evitar problemas futuros.
También hay que considerar que en un momento de emergencia, cuando la información que circula en radio, televisión, internet y medios impresos genera una susceptibilidad ante la tragedia que puede llegar al extremo peligroso de borrar la democracia porque lo que se invierte hay urgencia de destinarlo a otras cosas más importantes, llevándonos a una situación de nacientes autoritarismos, de los cuales luego generen arrepentimiento.
De entrada, el uso político de la donación podría correr el riesgo de una derivación de la figura prohibida de la compra y coacción del voto; para terminar peor la medicina que la enfermedad.
Ahora en términos legales hay que recordar que el artículo 25, numeral 1, inciso n) de la Ley General de Partidos Políticos señala que son obligaciones de dichos Partidos “…Aplicar el financiamiento de que dispongan exclusivamente para los fines que les hayan sido entregados”, y dentro de todas las opciones que se manejan en el Reglamento de Fiscalización emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, no se encuentra la figura de “donación”, porque no es una figura relacionada con los fines de los partidos y porque abrir esa puerta, facilitaría la compra y coacción del voto.
De hecho, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya se pronunció sobre un tema relacionado con Donaciones en el SUP-RAP-262/2016 y en conexión con el expediente SER-PSC-03/2016 de la Sala Regional Especializada del propio Tribunal sobre la donación de un candidato, a través de un tercero con calidad de persona moral, a Teletón y que benefició a su candidatura, como una aportación indebida.
En la primera Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral del 15 de Marzo de 2017 se aprobó Acuerdo por el que se ejerce la facultad de atracción y se aprueban los Lineamientos para el cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y Autoridades Jurisdiccionales Electorales, del ámbito federal y local; así como para el reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para gastos de campaña, que es complementario del tomado por la misma autoridad el 15 de Junio de 2016, que es el Acuerdo por el que se emiten lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido del financiamiento público otorgado para gastos de campañas en los procesos electorales federales y locales, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-647/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Ahora bien, los partidos políticos pueden no ejercer todo su financiamiento público, por lo que deberán reintegrarlo a la Tesorería de la Federación en apego a los Acuerdos antes citados. Esta fórmula puede ser utilizada, aunque hay que saber también que no se puede aportar todo de una sola vez, puesto que el financiamiento se otorga en fracciones mensuales, mismas que una parte de las mismas está sujeta a descuentos por las multas que tienen todos los partidos políticos.
De manera que la mejor fórmula para atender el reclamo ciudadano es que los partidos políticos se comprometieran a reintegrar un porcentaje de su financiamiento público, para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Política y Control Presupuestario pudiera hacer una reasignación al Fondo Nacional para Desastres Naturales. Para que entonces mediante las reglas de operación del propio Fondo se haga una asignación no politizada del recurso.
Sin embargo, hay algunas consideraciones adicionales sobre la propuesta, quienes desean que todo el financiamiento público sea donado, de entrada esto no es posible al 100% porque una parte está sujeta a retenciones que se van a Ciencia y Tecnología por disposición legal debido a las multas que tienen los partidos políticos y que se van pagando de las radicaciones mensuales.
En segundo lugar, se habla en las redes sociales de 12 mil millones de pesos, que es un aproximado de la suma de financiamiento federal y de financiamiento local. La propuesta del reintegro a la Tesorería de la Federación para sumar al FONDEN sería solo de la mitad, es decir del federal; porque el local, tendría que reintegrarse a la Tesorería o equivalente local, pero que no existe de manera generalizada un fondo de la misma naturaleza a nivel de las entidades federativas.
En tercer lugar, dichos 12 mil millones todavía no los reciben los partidos políticos, porque no han sido aprobados los presupuestos de egresos de la federación y de las entidades federativas de la República y que no se entregan de manera generalizada sino de manera mensual, completándose el monto en el mes de diciembre de 2018.
En cuarto lugar, para quienes proponen que sólo sean los gastos de campaña, siguen la suerte del comentario anterior. Pero que sería un área de oportunidad para hacer campañas sin la denominada basura electoral e incrementando los encuentros de debates con la mayor flexibilidad y al más bajo costo, e inclusive con comparecencias a invitación de múltiples medios, así como espacios educativos y sociales. Hay quienes proponen en esta misma materia que no haya promocionales de radio y televisión, pero éstos son en tiempos del Estado, que no tienen una erogación pública, sino que es parte del sistema impositivo por el uso de las ondas electromagnéticas en el espacio aéreo, propiedad de la nación. Solo cuesta su producción.
En quinto lugar, los partidos políticos tienen la obligación de mantener sus órganos estatutarios, lo que significa comités nacionales, estatales y hasta municipales, de manera que dicho funcionamiento cuesta dinero, con compromisos de arrendamiento y de pago de personal, que no se puede desaparecer de la noche a la mañana
el INE en su gasto operativo solicita 35 centavos de cada 100 pesos de Presupuesto Federal, que sumado a los partidos políticos significa 48 centavos de cada 100 pesos de presupuesto federal. No es la mayor proporción del presupuesto IFE/INE en la historia, en 1994 significó 76 centavos de cada 100 pesos de presupuesto, en 2000 significó 71 centavos de cada 100 pesos de presupuesto, en 2006 significó 59 centavos de cada 100 pesos de presupuesto, en 2012 significó 43 centavos de cada 100 pesos de presupuesto. La diferencia entre 2012 y 2018 deriva de que en 2012 se tenían 16 elecciones concurrentes y los Organismos Públicos Locales Electorales (Institutos electorales de los estados) oples aportaban la mitad del costo de los Capacitadores-Asistentes Electorales, mientras que en 2018 serán 30 elecciones concurrentes y el INE absorbe todo el costo de los Capacitadores-Asistentes Electorales, con excepción de una nueva figura de CAES locales (que funcionarán solo 40 días y no en todo el periodo de 5 meses); además de la necesidad de la profesionalización y ampliación de la plantilla de fiscalización. Esas son las razones. Los presupuestos deben ser analizados en términos de atribuciones, de inflación y de crecimiento de población a atender, no a base de humores.

























