A partir del primerio de este septiembre en,  y por, todos Medios de Comunicación de Masas el gobierno de la República – poder Ejecutivo=presidencia de la República, poder Legislativo=Diputados y Senadores y poder Judicial=Suprema Corte de Justicia de la Nación – han tratado de presentar el asunto de la iniciativa de Reforma Laboral  presentada por Luis Felipe Calderón Hinojosa, presidente de la República, como una acción legislativa necesaria para modernizar, en nombre de la competitividad y la creación de empleos con atractivos salarios, la anacrónica legislación laboral, sin tocar el artículo 123 Constitucional, que ya tiene más de una generación que no se modifica.

Y la verdad es que en el fondo está la razón suficiente de la intención de modificar el encaje legal laboral, que es sumamente diferente de lo que se ve y se lee: El creciente poder empresarial desea destruir los Contratos Colectivos de Trabajo, reglamentar detalladamente=disminuir el Derecho de Huelga – entre otras cosas proponiendo que el voto  de esta asamblea sea secreto -, que no se paguen los salarios caídos – de los movimientos huelguísticos -, legalizar incondicional el despido  del trabajador, dentro de los primeros seis meses de empleo, establecer varias categoría de formas de contratar al trabajador, como aprendiz, oficial, etc., contratar-pagar al trabajador por horas, no ofrecer, tanto  seguridad social como prestaciones en forma  automática, a todos los trabajadores, avanzar en la disminución del reparto de utilidades, debilitar el derecho a la gratificación de fin de año=aguinaldo.


Básicamente el objetivo es crecer en el control de la empresa por los empresarios, no por los trabajadores y que sea la empresa=capital la que tenga todo; para el factor Capital no importan ni los recursos naturales, ni el factor fuerza de trabajo=trabajadores; la distribución ellos la tienen, lo mismo que los recursos naturales.

Esas son las razones y sus objetivos prioritarios son desaparecer los Contratos Colectivos de Trabajo, el Derecho de Huelga y, fundamentalmente como herramienta de negociación con los líderes sindicales la llamada autonomía sindical, la transparencia en el manejo de los dineros de los agremiados, las cuotas sindicales, porque, según los ponentes y defensores de la iniciativa, los sindicatos reciben dinero público, razón suficiente para auditarlos, pero no dicen que de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, todo es dinero público, pero al llegar a las entidades de la administración pública, cualquiera que  sea la forma que adopte, ese dinero ya no tiene una misma cuna y deja de ser público, central, para ser presupuesto de la entidad pública, técnica, legal y administrativamente y, además, el dinero que llega a los sindicatos – o a los líderes – al llegar a los sindicatos entran al umbral de la autonomía sindical. (Lo que se debe hacer es encontrar la razón por la cual  las autoridades del gobierno le entregan dinero en efectivo a los sindicatos, aparte de las deducciones de sus agremiados y, en su caso, llamar a cuentas a tales funcionarios y aplicar la ley.

Están muy frescos los ejemplos: El Sindicato Mexicano de Electricistas, Mexicana de Aviación y el Sindicato de Trabajadores Mineros de Napoleón Gómez Urrutia. Los líderes de las grandes centrales obreras –aun corporativas -, en este momento, gritan y amenazan, pero en el momento de la votación, se sacrificarán ¡Porque es lo mejor para los trabajadores del país!