Órganos administrativos de los sectores público y privado difundieron como si no fuera importante e interesante que la deuda global de los H. Ayuntamientos del estado, aproximadamente, llega a los 500 millones de pesos, cantidad que, vista macroeconómicamente, no es alarmante, pero que si se ve y analiza microeconómicamente y en función de los municipios deudores, sí es preocupante.
(Debe llamar la atención que las instituciones financieras privadas estatales – filiales de las nacionales: Casa de Bolsa, Bancos y compañías de seguros – callaron y los órgano centrales de las Finanzas Nacionales – Hacienda, Banco de México y Comisión Nacional Bancaria y de Seguros y la Bolsa mexicana de valores – aunque informan, lo hace globalmente y ofrecen un comparativo absoluto y relativo con referencias a los meses y años anteriores).
Aunque el origen de los recursos financieros que ingresan a las arcas municipales provenientes de las Casas de Bolsa, pool-sindicato de bancos y/o bancos asumen varias figuras financieras, y podrían calificarse como “diversos ingresos y/u otros”, la legislación específica y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación define esos otros ingresos y esos diversos como deuda, sin lugar a duda.
Los órganos superiores del poder público – poder Ejecutivo y poder Legislativo, antes de conceder el beneplácito y autorización, político-administrativa para esta gestión municipal deberían hacer un estudio del por qué solicitan ese dinero.
Usando la comparación referida a una familia o una persona moral, se solicita dinero cuando no se tiene y se debe pagar una obligación o se desea adquirir un objeto o un bien. Los H. Ayuntamientos, supuestamente, lo usan para lo mismo: Pagar la cuenta corriente – estructuras administrativas, salarios, prestaciones y gastos varios – o construir – forma de comprar un bien o servicio, luego entonces para qué crecen la planta administrativa, para qué, o por qué, compran-construyen un bien, si no tiene en ese momento, ni tendrán mañana para pagar la obligación que contraerán.
Existe un axioma en la administración-planeación administrativa: NO se debe gastar más de lo que se tiene-ingresa. Si recibes mil pesos diarios y gastas mil cien pesos, estás gastando 10% más de lo que puedes pagar, sin contar los intereses.
Toda deuda es un hecho contra el futuro de la entidad pública, pues estás hipotecando el futuro de la administración, porque lo que adquieres como deuda, abre un pozo mayor para tapar uno menor. Aquí está un riesgo. Otro lo es que, potencialmente, los acreedores, ante el default, podrían embargar a las entidades municipales. Adicionalmente en nuestro estado debería oficializarse y aplicarse una legislación que tenga como base una fórmula-tabulador de sueldos de las autoridades municipales, en base a su población e ingresos propios.
Complementariamente, o en forma paralela, la secretaría de Finanzas y Administración del estado debería tener, aparte de registro-control de esta modalidad financiera municipal, un mecanismo de control y de verificación del destino de la obligación contraída, porque este crecimiento indica que ningún órgano público tiene control de estas nuevas acciones financieras de los municipios estatales.























