Finalmente, después de los escarceos interpartidistas, los desgastes de las guerritas de tinta mediática y de imágenes, el H. Congreso de la Unión votó, en lo general, con 552 reservas, la Ley de Telecomunicaciones –: 342 votos a favor, 129 en contra, 1 abstención y 28 ausencias: la alianza PAN+PRI+PVEM+PANAL la sacaron adelante.
¿Qué beneficios para el consumidor, para la sociedad y/o para los inversionistas trae consigo esta ley, aunque sea a corto, mediano y largo plazos?
En realidad los desconocemos, pero dos cosas sí son ciertas: 1°.-Habrá efectos casi inmediatos y uno de ellos es la reducción del tamaño de la empresa América Móvil – hasta el momento casi dueña del 70% del mercado de la telefonía celular presentó un plan de venta de acciones, de hasta un 21% para no ser el agente preponderante y gozar de los beneficios de su concesión-franquicia y entrar en el mercado como uno más de los competidores. 2°.- Teóricamente, a mayor competencia, más opciones para elegir el proveedor más barato, y mejor, y mejor servicio. 3°.-Siermpre existe una puerta jurídico-financiera que beneficia a los jugadores del mercado y lesiona los intereses de los suscriptores-clientes.
Algunos pequeños beneficios de esta ley – en términos para el usuario -: 1°.- Portabilidad numérica: el cambio de compañía deberá realizarse en máximo un día y será gratuito. 2°.-No se podrán hacer llamadas sobre la promoción de servicios o paquetes, sin el consentimiento de los clientes. 3°.-A partir del 11 de enero de 2015 se eliminarán los cargos por larga distancia. 4°.- TELEVISA deberá compartir su infraestructura con las nuevas cadenas de televisión abierta. 5°.-Las televisoras, en 36 meses máximo y en horario PREMIUM – 18 a 24 horas -, integrarán subtítulos, doblajes y lenguaje de señas a su programación. 6°.-Los concesionarios de televisión – TV –restringida deberán retransmitir los canales de TV abierta. 7.- El IFT deberá concluir la transmisión de señales analógicas de TV antes del 2016.Los operadores de telecomunicaciones deberán compensar a los usuarios por fallas en los servicios. 8°.-Se establecen, en radio y TV abierta, por ley, los defensores de las audiencias, que deberán ser legalmente registrados y que tienen la obligación de responder a las demandas de la audiencia. 9°.- Queda establecido el derecho de réplica, aunque falta su reglamentación. 10°.-El IFT tiene la posibilidad de multar hasta con el 6% de los ingresos anuales de las empresas, que podrían duplicarse pro reincidencia. 11°.- Tiene la capacidad de declarar a una empresa con poder sustancial en el mercado, le da gran fuerza independientemente de la declaración de preponderancia. 12°.- Cobros transparentes en celulares. 12°.- Entrarán tres nuevas cadenas de televisión vierta en el país: dos comerciales y una pública. 13°.- TELEVISA no podrá contratar contenidos con exclusividad. Tampoco podrá discriminar entre anunciantes y deberá transparentar sus tarifas por publicidad y tendrá que conceder acceso a noticieros independientes y no podrá realizar sociedad alguna con periódicos. 14°.- las televisoras no podrán cobrar la retransmisión de sus contenidos en la televisión restringida, la cual tampoco se les puede cobrar a sus usuarios. 15°.-Empresas de paga como Sky, Cablevisión, etc., deberán transmitir las señales de las tres nuevas cadenas nacionales. 16.-Habrá sanciones ejemplares a los operadores que no desbloqueen los equipos. 17°.- TELMEX- TELCEL no podrán cobrar tarifas de reconexión a sus competidores, lo que resultará en la reducción de precios a los usuarios.
Se espera que con estos avances se materialice un beneficio para la sociedad nacional.