Niega SALVADOR ABUD que no se le esté atendiendo, como acusó ante la CEDH.
El Síndico del Ayuntamiento de Morelia SALVADOR ABUD MIRABENT, refutó las acusaciones que en contra de las autoridades municipales hizo ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán, el Encargado del Orden de la Colonia Jaujilla PEDRO FERNÁNDEZ CARAPIA. En su “denuncia” FERNANDEZ CARAPIA, dice que a él y los ciudadanos que representa, se les violan sus derechos humanos, consistentes en: Violación al Derecho al libre tránsito, Abuso de Autoridad, Tráfico de Influencias y violación al derecho de petición.
Fundando su denuncia señala que un grupo de vecinos de la Colonia Libertad, acordó cerrar al libre tránsito de vehículos como de personas, mediante la instalación fija de rejas, a las calles de Insurgentes de 1810, Hacienda de Pabellón, regimiento de Dragones de Michoacán y Grito de Independencia; así mismo, acusa a funcionarios del estado y del Municipio de ser patrocinadores de tales hechos y señala particularmente al ex secretario de desarrollo social municipal CUAHUTEMOC SOLCHAGA MAGAÑA, al ex Director de Tránsito Municipal ING. LUIS LINO GASCA ABURTO y al actual regidor del PRD FERNANDO ROZCO MIRANDA. Así mismo, acusa al Síndico Municipal SALVADOR ABUD MIRABENT, así como al personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal.
En entrevista con este medio, el Síndico Municipal SALVADOR ABUD, desmintió el dicho del encargado del orden de la Colonia Jaujilla PEDRO FERNANDEZ CARAPIA, pues señala el Síndico que desde el 14 de septiembre, recibió la denuncia de FERNANDEZ CARAPIA y de inmediato se turnó para su atención, de manera que el 18 del mismo mes, se realizó la visita de inspección por inspectores adscritos a la Dirección de Patrimonio Municipal, quienes se percataron de que ya había la intervención de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, pues encontraron sellos de clausura sobre las rejas instaladas por lo vecinos y se ordena esperar a que el procedimiento iniciado por la SDUM se termine y se recupere la vía pública, sin embargo, la SDUM no informa positivamente el inicio, continuación y finiquito del procedimiento administrativo, de manera que se instruye a la Dirección de Patrimonio Municipal, integrar el expediente técnico para recuperar la vía pública, de manera que se desarrolla una segunda visita de inspección a efecto de verificar sí los vecinos ya habían procedido a quitar las rejas por la intervención de la SDUM, no siendo así, se continuo el procedimiento administrativo por parte de Patrimonio Municipal. Sin dejar de cumplir el requerimiento del respectivo informe solicitado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se culminó con dicho procedimiento administrativo y el día 12 de Diciembre, se les notificó a los responsables de las rejas en la Colonia Libertad, que contaban con ocho días hábiles para que de manera voluntaria quitaran esas rejas, de lo contrario, lo haría el H. Ayuntamiento y los costos de las maniobras, serían a cargo de los vecinos, a más de la imposición de las multas respectivas. Así las cosas, es una actuación perversa la del Encargado del Orden, pues a sabiendas de que el día 12 de Diciembre se terminó el procedimiento administrativo y se hizo el emplazamiento a los responsables, convocó a los medios de información para denostar a las autoridades y a personas en lo particular, quienes al parecer entablaran la demanda en contra de FERNÁNDEZ CARAPIA.
























