La manera súbita de que por la madrugada los “democráticos” levantaran su “plantón”, desató múltiples especulaciones, sobre los términos del “convenio”, “minuta” o “acuerdo” por el cual llegaron a esa resolución, especulaciones que por la mañana el gobernador JESUS REYNA GARCÍA se encargaría de hacernos realidad. Más de mil millones de pesos comprometieron las autoridades educativas. Pero lo más extraño es que de todos los puntos que contempló la “minuta”, solo uno se refiere a conquistas sindicales: un aumento salarial, equivalente a la tasa promedio anual, otorgada por la federación, para aplicarse a las plazas estatales. Lo demás, se refiere a infraestructura educativa, uniformes, útiles y calzado escolar, nada más. La pregunta que sale a la luz es la siguiente: ¿Qué demonios tiene qué hacer el Sindicato Democrático, con la implementación de infraestructura educativa, uniformes, útiles y calzado escolar? ¡Nada! Esa es una obligación de la autoridad educativa y no del sindicato. ¡Ha! Pero sí Usted no lo sabía, esa es la forma en que se disfraza la entrega de recursos públicos a esa fracción sindical, esa es la forma en que los “democráticos” tienen acceso al botín de su cuota de poder. La otra estafa a la fe pública es la entrega de las 1200 plazas a los estudiantes de las escuelas normales rurales de la entidad, “por última vez”. El gobierno del estado, se inventó una formula dizque para no violentar la constitución. “Estimular la jubilación”. Nos están queriendo engañar diciéndonos que van a estimular a 1200 profesores en activo para que dejen libres ese mismo número de plazas, vía jubilación y dárselas a los mugrosos huevones seudoestudiantes de las normales rurales del estado. Pero ahí está el engaño, la Constitución dice que cualquier acto que contravenga la ley, será nulo de pleno derecho y entregarle las plazas por asignación, es violatorios de la ley. Las plazas, aunque se obtengan vía jubilación de profesores en activo, deberán de concursarse. Sí no se concursan, se va a generar otro problema y grande: los egresados de otras instituciones de educación normal, sobre todo particulares, tendrán el derecho de exigir que se cumpla la ley y que las plazas que se liberen, por cualquier causa, se deben de concursar y sí la autoridad no lo hace, tienen el legítimo derecho de promover un juicio de amparo y obligar a la autoridad estatal a que concurse las plazas. ¿Qué va a pasar sí un autoridad jurisdiccional ordena suspender la entrega de esas plazas a los “normalistas rurales” y le ordena al mismísimo gobierno del estado que las concurse, entre todo tipo de egresados? ¿Van a tomar los juzgados de distrito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación? Pareciera que los asesores de CHUCHO REYNA no están sudando sabiduría y están metiendo al gobierno estatal en un berenjenal.
LA CONSTITUCIÓN DICE:
ARTICULO 116….
Fracción I.-. Los gobernadores de los estados no podrán durar en su encargo más de seis años. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de marzo 1987)
La elección de los gobernadores de los estados y de las legislaturas locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de marzo 1987)
Los gobernadores de los estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni aun con el carácter de interinos, provisionales, sustitutos o encargados del despacho.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de marzo 1987)
Nunca podrán ser electos para el periodo inmediato:
(reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de marzo 1987)
a) el gobernador sustituto constitucional, o el designado para concluir el periodo en caso de falta absoluta del constitucional, aun cuando tenga distinta denominación;
(reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de marzo 1987)
b) el gobernador interino, el provisional o el ciudadano que, bajo cualquier denominación, supla las faltas temporales del gobernador, siempre que desempeñe el cargo los dos últimos años del periodo.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 26 de septiembre 2008)
Lo anterior, porque el Diputado URIEL LÓPEZ PAREDES, le puso el cascabel al gato y señaló que en el caso de que el Gobernador con licencia FAUSTO VALLEJO Y FIGUEROA, someta a consideración del Congreso del Estado una nueva licencia o la prolongación de la actual, JESUS REYNA no podrá ocupar nuevamente el cargo de gobernador. Lo invito a leer con detenimiento y profundo razonamiento, el anterior texto constitucional y saque su propia conclusión, sí CHUCHO REYNA puede o no continuar de gobernador. El periodo de VALLEJO Y FIGUEROA es de 44 meses y 14 días, lleva en el poder 16 meses y sí los dos últimos años son 24 meses, No estamos en ese supuesto, pues los 2 últimos años, iniciarán en el mes número 20 del periodo y solo van 16, así que, faltarían 4 meses, por lo tanto… y como dijo Nino Canún: ¿Y usted qué opina? Mañana segunda parte.