Aislar de la sociedad a los delincuentes más peligros

Morelia, Mich.-Incrementar las penas no va a destruir en su totalidad la delincuencia, la violencia y los delitos; pero, si aislara a los delincuentes más peligrosos de la sociedad para que no la sigan lastimando y contaminando, sostuvo el diputado Juan Carlos Campos Ponce al presenta al pleno del parlamento local la Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución política de Michoacán.

 Al término de la sesión parlamentaria de este día, el diputado Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, comentó que la finalidad de esta iniciativa, se basa en incrementar la pena máxima vigente del estado para los delitos considerados como más graves como el secuestro, asalto a una población, homicidio calificado, parricidio y filicidio.

Para ello dijo, es necesario que antes de reformar el Código Penal vigente, se reforme la Constitución local, debido a lo que señala el principio base de la “Jerarquía de Leyes” para poder así ajustar la ley Penal a lo que permite la Constitución, concretamente el artículo 94 en su segundo párrafo que establece: “Las penas privativas de la libertad no podrán en ningún caso exceder de cuarenta años. Esta sanción podrá contemplarse como máxima para delitos calificados como graves por la ley y, también, en el caso de los concursos”.

Destacó en este mismo sentido que, la ley debe aplicarse siempre en forma equitativa y de acuerdo al delito cometido; es decir, toda legislación debe ser coherente en su penalidad con el daño causado; así indicó, lo manda la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 14, tercer párrafo, en el cual establece la prohibición de imponer una pena que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito que se trata, y al mismo tiempo,  hace razonar de la necesidad de tener leyes que tengan pena privativa de la libertad equitativas con el delito cometido.

Abundó al respecto que el estado está obligado a garantizar la justicia e impartirla por medio de tribunales que están establecidos para juzgar de forma pronta e imparcial, utilizando como herramienta principal la legislación que esta representación popular expide.

Comentó que, la ley contempla siempre un parámetro entre la pena más baja y la pena más alta en cada tipo penal; establecido esto por mandato constitucional para que el juez competente haga la evaluación dentro del proceso penal legal de la acreditación de los elementos constitutivos del delito, de todas las pruebas presentadas, del modus operandi del presunto delincuente, si es reincidente o no y si existe concurso de delitos; para así poder imponer una sanción justa y equivalente de acuerdo a lo desahogado y a los parámetros legales “sin exceder de cuarenta años en los delitos más graves por ser está la pena máxima vigente”.

Los delitos considerados como más graves y que ponen en riesgo la vida y la salud de las personas se ejecutan en la mayoría de los casos con los más altos signos de violencia y a cambio se tiene una sanción muy baja comentó.
Al señalar que, al hacer un estudio en este sentido resultó que Michoacán, es uno de los pocos estados que tiene la penalidad más baja en estos delitos, ya que la mayoría de las entidades como Chihuahua, Tamaulipas, Guerrero, Baja California, Estado de México, Sonora y el Distrito Federal, contemplan en sus legislaciones las penas que alcanzan los 50, 60 y hasta los 75 años como máximas en los delitos más graves.

Precisó Campos Ponce que, así como el Código Penal Federal que contempla 60 años como máxima, en los delitos más dañinos para la sociedad,  y la familia y,  el hecho de incrementar las penas no va a destruir en su totalidad la delincuencia, la violencia y los delitos; pero, si aislara a los delincuentes más peligrosos de la sociedad para que no la sigan lastimando y contaminando.

Este proyecto de reforma subrayó el diputado zitacuarense, está dirigido a castigar a los delincuentes de más alta peligrosidad y que deben estar aislados en penales de alta seguridad como lo estipula la Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 34 que a la letra dice: “Los centros que integran el sistema se clasificaran en varoniles y femeniles, para procesados y sentenciados, de alta, media, baja y mínima seguridad”.
Apuntó Campos Ponce que, la legislatura cumple desde su competencia otorgarle las reformas adecuadas al juez, acordes a las circunstancias actuales; para que éste imponga la sanción correspondiente, evaluando  todo lo presentado en proceso  y recordar que, con esto que todos los órganos de gobierno y autoridades correspondientes encargadas de la seguridad y procuración de justicia así como los jueces y magistrados, deben trabajar en conjunto también desde sus atribuciones para dar la necesaria certeza jurídica.

También comentó que, los estados con más altos niveles de violencia durante la primera mitad de 2010 fueron Chihuahua, Sinaloa, Guerrero, Durango, Tamaulipas, Estado de México, Michoacán, Sonora, Nuevo León, Baja California, Coahuila y Jalisco. Estos 12 estados acumularon alrededor del 90% de las ejecuciones en dicho periodo”.
Por este motivo es urgente reformar la penalidad y derogar las sanciones tolerantes y blandas. Debe ser la pena sancionada con la misma gravedad del daño cometido, es momento de adecuar las penas privativas de la libertad a las necesidades de nuestro estado, a las necesidades de nuestra sociedad así como a las exigencias y demandas de nuestra ciudadanía.

Es momento de que los Michoacanos tengan claro que el Poder Legislativo está preocupado por cuidar su integridad, por salvaguardar la garantía de justicia. El Estado debe ser fuerte ante los sujetos que no tienen piedad con sus semejantes, se debe de sancionar severamente con quien lucra con el dolor y el daño social y finalmente mencionó “debemos tener leyes más eficientes y que sean de utilidad social, para que se apliquen con justicia y equidad”.