La Comisión de Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado acordaron dictaminar como improcedentes dos iniciativas presentadas por el Edil de Morelia, mediante las cuales se pretendía reformar a la Ley Orgánica Municipal del Estado que crearía en cada uno de los 113 ayuntamientos la Comisión de Servicios Públicos Municipales y modificaría la asignación de los integrantes en las comisiones.

Los diputados Sergio Solís Suárez (PAN), como presidente y Arquímides Oseguera Solorio (PRD) como integrante, así como los asesores de Lourdes Esperanza Torres Vargas (PAN) y Salvador Hernández Limón (PRI), se reunieron este día para analizar las iniciativas de reforma a los artículos 35, 37 y 47 de dicha ley, presentadas por el edil.

De esta manera, al revisar la propuesta del segundo párrafo del artículo 35 de la Ley Orgánica Municipal que actualmente señala que “Los responsables de las comisiones serán nombrados por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente y no se podrán asignar más de tres comisiones a cada Regidor” y que pretendía reformarse para quedar: “Los responsables … y sus integrantes se asignarán a las comisiones de manera equitativa y proporcional atendiendo a la fuerza política y representatividad al interior del Ayuntamiento correspondiente”, precisaron que en ninguna parte del texto del artículo citado la Ley obliga a que cada regidor tenga tres comisiones, “es un problema de cuestión interpretativa, debido a que el texto establece que cada regidor será integrante de hasta tres comisiones”.

Los legisladores integrantes de la Comisión de Fortalecimiento Municipal puntualizaron que aún en los municipios más pequeños del Estado, que tienen nueve integrantes de Cabildo, numéricamente sí pueden cubrir las trece comisiones actuales establecidas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, la única salvedad es que algunos de los regidores son responsables de dos comisiones, lo cual no está prohibido en la Ley.

De igual forma, manifestaron que el pretender que los integrantes se asignen a las comisiones de manera equitativa y proporcional atendiendo a la fuerza política y representatividad puede generar desgaste político al interior del ayuntamiento, además de causar “un acaparamiento del poder de la fuerza mayoritaria en el Cabildo, lo cual se tornaría inequitativo para el resto de los partidos políticos representados”.

Por otra parte, en su análisis de la iniciativa de adición a la fracción XVI del artículo 37 y adición al artículo 47 de la misma Ley, Sergio Solís y Arquímides Oseguera, con el aval de Lourdes Torres y Salvador Hernández, con la que se pretende crear y establecer las funciones de la Comisión de Servicios Públicos Municipales señalaron que no es una propuesta viable para los 113 municipios de la entidad “toda vez que varias de sus funciones y responsabilidades presentadas en la iniciativa, se encuentran ya establecidas dentro de las funciones de las comisiones ya existentes en la Ley Orgánica y generaría gastos operativos y entorpecimiento administrativo en los ayuntamientos de municipios pequeños”.

Los legisladores establecieron que el crear dicha Comisión generaría cierta duplicidad de Ley dentro del mismo ordenamiento, debido a que en su artículo 45 se definen las funciones de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas que entre otras son coadyuvar al cumplimiento de las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, promover la prestación puntual, oportuna y eficiente de los servicios públicos municipales, de conformidad con las disposiciones aplicables; opinar sobre la declaración de usos, destinos y provisiones del suelo urbano en la jurisdicción municipal; fomentar el cuidado y la conservación de los monumentos públicos; supervisar la conservación, rehabilitación y mejoramiento de los panteones, mercados, jardines y parques públicos.