El diputado Sergio Solís Suárez presentó ante el Pleno del  Congreso de Michoacán, una iniciativa de decreto para adicionar la figura del juez municipal en los ayuntamientos, de manera que sean auxiliares de la administración, dependan de los síndicos y sancionen las infracciones al bando de policía y buen gobierno, junto con el resto de reglamentos y ordenamientos de ese nivel de gobierno.

Con la reforma a la Ley Orgánica Municipal de Michoacán, se fortalecerían y clarificarían las facultades judiciales municipales, eliminando un vacío legal que se presenta en los ayuntamientos, explicó.

De esta manera, anunció que dentro de las facultades de los jueces municipales, destacarían conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas que procedan por faltas o infracciones a los ordenamientos de ese nivel de gobierno, excepto las de carácter fiscal.

Adicionalmente, agregó, conciliarían a los vecinos de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades, a fin de avenir a las partes.

Posteriormente, el legislador panista consideró que es necesario “conminar y verificar que todos los municipios de la entidad elaboren o actualicen su bando de policía y buen gobierno, que es el instrumento legal que define las bases para el establecimiento del gobierno municipal, señala las condiciones dentro de las cuales el ciudadano podrá ejercitar sus derechos y obligaciones en el entorno y señala lo relativo a las prohibiciones, infracciones y respectivas sanciones”.

El diputado Sergio Solís Suárez manifestó que “para agilizar el procedimiento, se establecerían los juzgados municipales en aquellas áreas municipales en que son más frecuentes las infracciones a los reglamentos, siendo su brazo operativo la policía municipal”.

Reconoció que actualmente, la determinación de sanciones corporales o pecuniarias por infracciones a los reglamentos y ordenamientos municipales, queda a criterio de diversos funcionarios de la administración, según la naturaleza de la falta, eliminando objetividad y prestándose a abusos y actos de corrupción, y en el mejor de los casos, discrecionalidad en las decisiones.

Expresó que también se recurre al alcalde para que ejecute las funciones ya indicadas, por lo que disminuye su atención en los demás asuntos que le corresponden. Así, en muchas ocasiones la sanción queda a cargo de la propia policía, que no está facultada ni capacitada para hacerlo, propiciando arbitrariedades.

Por otra parte, prosiguió el diputado de Acción Nacional, “la Ley Orgánica Municipal faculta al síndico a fungir como agente del Ministerio Público en los casos y condiciones que determine la legislación en la materia, lo que ha generalizado que en los conflictos entre familiares, vecinos o infracciones menores sean atendidos por dicho funcionario, actividad que en la generalidad no sigue tampoco un procedimiento establecido, ni se ponen a disposición de éste herramientas para apoyar sus decisiones, independientemente de que por lo regular sólo da cuenta de problemas vecinales y no de infractores a los ordenamientos municipales”.

En consecuencia, afirmó que la iniciativa de reforma a la legislación ya mencionada, propone adicionar la figura del juez municipal en los ayuntamientos, de modo que cada uno será auxiliar de la administración, sancionará las infracciones al bando de policía y buen gobierno, y el resto de reglamentos y disposiciones.