-Las multas por publicidad engañosa o abusiva pueden ser superiores a 2 millones, 300 mil pesos.
-Se han iniciado investigaciones contra proveedores de fajas reductivas y servicios de televisión restringida.
Morelia, Mich.- En defensa del consumidor y contra las malas prácticas publicitarias, la ProcuradurÃa Federal del Consumidor (Profeco) multará a las empresas que empleen información de esta dependencia para anunciar un producto o servicio.
Â
Las publicaciones de Profeco sobre resultados de estudios de calidad no son para avalar o patrocinar productos concretos, sino para informar y educar a los consumidores al momento de tomar decisiones de compra. La publicidad que anuncia productos o servicios supuestamente avalados por Profeco es engañosa y la empresa que la exhiba puede ser multada hasta por más de 2 millones, 300 mil pesos.
Actualmente, la ProcuradurÃa ha iniciado investigaciones en materia de publicidad contra empresas que venden fajas reductivas y contra proveedores de servicios de televisión por cable, ya que se ha detectado publicidad que exhibe resultados de estudios de Profeco.
En 2010, Profeco impuso la primera multa de 500 mil pesos por utilizar en publicidad la información de un estudio de calidad publicado en la Revista del Consumidor.
El artÃculo 44 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohÃbe usar los resultados de investigaciones, encuestas y monitoreos de Profeco con fines publicitarios o comerciales.
Profeco exhorta a los proveedores a cumplir con la Ley e invita a los consumidores a denunciar la publicidad engañosa o abusiva al Teléfono del Consumidor: 01 800 468 8722, o en cualquiera de las 51 delegaciones y subdelegaciones Profeco en el paÃs.
























