Dichos lineamientos se ajustan a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que norman el ejercicio de la función pública en el estado, brindan certeza a los partidos polÃticos, organizaciones de la sociedad y ciudadanos interesados en participar en la integración de los comités electorales, además de contribuir al adecuado funcionamiento de la autoridad administrativa electoral de cara a la organización de los comicios locales a celebrarse el presente año.
Asimismo, tienen por objeto: A) Establecer las directrices para la emisión de la convocatoria para integrar los órganos desconcentrados del Instituto Electoral de Michoacán; B) Determinar el procedimiento para la recepción de las propuestas de las organizaciones de la sociedad como de las solicitudes de los ciudadanos interesados en participar como consejeros electorales, presidentes, secretarios, vocales de organización electoral y vocales de capacitación electoral y educación cÃvica de los Comités distritales y municipales del Instituto Electoral de Michoacán; y, C) Determinar el procedimiento para escuchar las opiniones de los partidos polÃticos al respecto.
La consejera presidenta del IEM, a más tardar diez dÃas posteriores al inicio de la etapa preparatoria de la elección, emitirá convocatoria pública para integrar los Comités Distritales y Municipales, otorgando el plazo de catorce dÃas para la recepción de solicitudes de ciudadanos michoacanos interesados, asà como propuestas de organizaciones de la sociedad.
La convocatoria será publicada en el Periódico Oficial del Estado, en los diarios de mayor circulación en Michoacán y se le dará difusión en el portal institucional, asà como en lugares públicos en cada uno de los municipios de la entidad.
Las organizaciones de la sociedad que deseen presentar propuestas de ciudadanos interesados en integrar los órganos desconcentrados del Instituto, deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Estar legalmente constituidas; II. Acreditar la personerÃa de quien suscriba la postulación del candidato; III. Tener domicilio legal en el Estado de Michoacán; y, IV. Tener como objeto la realización de actividades académicas, culturales, profesionales, sociales o cualquier otra que no tenga fines polÃticos, religiosos o de lucro.
Los ciudadanos interesados en ocupar los cargos de consejeros electorales distritales y municipales deberán reunir los requisitos marcados por la respectiva convocatoria, y preferentemente deben poseer tÃtulo profesional o formación equivalente y acreditar que tienen conocimientos o experiencia en materia polÃtico-electoral. Tratándose de los aspirantes a secretario, preferentemente además poseer tÃtulo profesional de licenciado en derecho o formación equivalente.
Los ciudadanos interesados en integrar los Comités Distritales y Municipales deberán presentar una solicitud dirigida a la consejera presidenta del IEM, en el formato que estará dispuesto en la página de internet, www.iem.org.mx, y en las instalaciones del propio Instituto, ubicadas en el número 118 de la calle Bruselas del Fraccionamiento Villa Universidad de la ciudad de Morelia, de 09:00 a 20:00 horas, a partir de la publicación de la convocatoria correspondiente, y ante la VocalÃa de Organización Electoral.
Cabe destacar que, a través de sus órganos desconcentrados, el IEM cumple con la atribución relativa a la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral.
























