Es necesario establecer los límites y controles más claros respecto de las fuentes de contaminación y de daño ambiental que existen en la entidad, estableció el presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Librado Martínez Carranza, quien presentará la Ley Ambiental para el Desarrollo y Protección del Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo.

El objetivo principal de dicha ley, es mejorar la legislación relativa a los temas ambientales, actualizar y eficientar el régimen jurídico de protección al patrimonio natural y ambiental, así como dotar de más exactitud y precisión la clasificación del patrimonio natural del estado, conjugando la Ley Ambiental y de Protección del Patrimonio Natural, razonamientos de la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente (SUMA), y de la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente.

Asimismo se crean figuras y categorías legales, buscando innovar el enfoque de los bienes y servicios ambientales disponibles en el estado, como implementar el capítulo “De la Recomendación”, que compete directamente a la Procuraduría Ambiental del Estado, con el propósito de promover la protección al medio ambiente, a través de la observancia y cumplimiento de las normas legales vigentes relativas a la materia.

Se señalan como autoridades ambientales, al titulas del Poder Ejecutivo del Estado, la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, los Ayuntamientos de la entidad y La Procuraduría de Protección al Ambiente, teniendo esta última autonomía técnica, administrativa y de gestión, cuyo objeto es realizar investigaciones sobre las denuncias de hechos, actos u omisiones que causen daño al ambiente.

Igualmente, cuenta “con la capacidad de sancionar todas aquellas violaciones a la presente Ley Ambiental para el Desarrollo y Protección del Patrimonio Natural”, sostuvo el diputado Librado Martínez Carranza.

Las sanciones por violación a las normativas señaladas en la ley, serán desde multas equivalentes de dos a 20 mil días de salario mínimo, dependiendo de la gravedad de la infracción, considerando el impacto a la salud pública, generación de daños al ambiente y, los niveles  en que se hubieran rebasado los límites establecidos en las normas oficiales mexicanas y ambientales estatales.

De igual forma, dicha ley señala que los propietarios o poseedores de vehículos automotores en circulación matriculados en el estado, deberán someter sus unidades al control de emisiones contaminantes en los centros de verificación vehicular autorizados por la Secretaría o en su caso, por los Ayuntamientos.

El legislador Martínez Carranza aseguró estar trabajando arduamente en las mesas técnicas, en la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente, y es que “tienen muchos beneficios esta, por lo que estamos trabajando para poder  llevarla al consenso a las fracciones parlamentarias y en breve presentarla”.

Cabe señalar  que  Librado Martínez Carranza la presentará al Pleno del Congreso a primera lectura con dispensa de la segunda  para su aprobación en los próximos días;  de ser así, la Ley Ambiental para el Desarrollo y Protección del Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo, remplazaría la legislación vigente en la materia.