“En la iniciativa de Ley para el Desarrollo Urbano Sustentable se encuentran vertidas las opiniones del 90 por ciento de los especialistas y expertos en la materia del sector público y social, organismos e instituciones públicas y privadas, en donde se planifica, ordena, y regula la división, participación y administración del suelo†estableció en Diputado David Huirache Béjar.
El diputado Claudio Méndez, Presidente de la Comisión de Gobernación, dejó en claro que para el Congreso local, “todas las voces son importantes y no hay que tenerle miedo al diálogo porque con él se mantiene un ejercicio democrático de socialización antes de dar el siguiente pasoâ€. Â
Huirache Bejar al dar la bienvenida al Foro de Reflexión Académica de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable de Estado de Michoacán destacó que la iniciativa no es de vivienda y que en dicha materia existe a nivel nacional una ley en especÃfico, la cual es de interés general y que en su momento el Congreso del Estado habrá de legislar sobre ella.
Ante especialistas del Centro de Investigaciones JurÃdicas de la Facultad de Derecho de la UMSNH, académicos y desarrolladores de vivienda, el Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano manifestó que hoy se tiene la oportunidad, a partir de la iniciativa, de planear desde el ordenamiento territorial, programar obras y acciones; fomentar y favorecer el ordenamiento territorial del estado asà como el desarrollo urbano de las ciudades y regiones de Michoacán.
David Huirache resaltó que en el tema de inversión con el nuevo ordenamiento jurÃdico se elimina el comercio de tierra urbana disfrazado de pago de derechos; se promueve la compactación de la mancha urbana y se estimula el crecimiento vertical asà como la eficiencia en los servicios públicos municipales; se mandata la creación de un fidecomiso para inversión en el desarrollo urbano, dando facilidad cuando las áreas de donación sean muy pequeñas para que se paguen y se depositen generando una gran bolsa, donde se destinen los fondos para adquirir reserva territorial, áreas naturales protegidas, o llevar a cabo obras de gran envergadura para el equipamiento urbano.
En cuanto a sustentabilidad, el presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano precisó que se pretende impulsar la protección ambiental mediante la prevención del cambio climático al incrementar las áreas verdes forestadas a 7 por ciento del área total de los fraccionamientos, adicionalmente en 7 metros cuadrados por persona, si la densidad por hectárea rebasa a mil habitantes; promover el uso y aprovechamiento responsable de energÃas limpias y la aplicación de energÃas renovables; aprovechar aguas pluviales y la separación de las aguas residuales para su tratamiento y reutilización.
Huirache Béjar refirió que en materia de Derechos Humanos, de aprobarse la ley, se incrementarÃa el área del predio mÃnimo para asentar la vivienda económica promoviendo mejores condiciones de dignidad humanas, de 90 a 96 metros cuadrados; al destino de suelo de las áreas verdes forestadas, se les otorga certeza jurÃdica para que no sean susceptibles de venta o permuta y se evite que sean el basurero de todos, almacén de escombros o nido de malhechores.
También se ordenarÃa generar condiciones de dignidad humanas al establecer medidas que garanticen la accesibilidad, integración de las personas con discapacidad, prevención y eliminación de la discriminación mediante obras y servicios en las ciudades y en los asentamientos humanos en todo el estado de Michoacán.
El legislador del PRI detalló que la iniciativa impulsa una administración transparente del uso de suelo al armonizarla con la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Asentamientos Humanos, en donde se otorgan y definen las atribuciones y funciones del Estado y, se fortalece la autonomÃa municipal, con responsabilidad y respeto en sus ámbitos de competencia.
De esta manera, dijo, se simplifica la gestión, y la tramitologÃa estableciendo sólo los documentos necesarios con tiempos precisos para cada trámite; se establece la sanción económica ante las faltas administrativas, se obliga a la reparación del daño y adicionalmente se castigan los delitos contra el desarrollo urbano; se sanciona a los funcionarios públicos que promuevan o coadyuven en llevar a cabo conductas contrarias a la normativa jurÃdica urbana.
























