- SEÑALA QUE AÚN CUANDO LO HA SOLICITADO POR ESCRITO, LA DIRECCIÓN DEL DIARIO, NO LE HA CONSTESTADO LA SOLICITUD.
Por considerarlo de interés público, Con Lupa la Revista, reproduce Ãntegramente la carta enviada por el Lic. R. Antelmo Esparza Verduzco al Director de La Voz de Michoacán, Miguel Medina Robles.:
LIC. MIGUEL MEDINA ROBLES
PRESIDENTE Y DIRECTOR GENERAL
DEL PERIODICO LA VOZ DE MICHOACAN
PRESENTE.
Soy un lector de su prestigiado periódico “La Voz de Michoacán, “al que reconozco su esfuerzo por realizar un periodismo objetivo y crÃtico sobre la realidad que vive nuestra sociedad michoacana, por lo cual respetuosamente, le solicito a Usted, se me permita hacer uso al derecho de réplica, de algunas notas periodÃsticas que afectan a mi persona, exponiendo lo siguiente:
Dentro del reconocimiento que tiene“La Voz de Michoacánâ€, por realizar un periodismo profesional y de respeto, en la edición del dÃa 27 de septiembre del año en curso, me sorprendió leer una nota, página 3A titulada “CEDH†Algunos Aspirantes, con expedientes de Queja; VAN “RECOMENDADOS, aunado a diversas notas que han seguido saliendo, en el transcurso de la semana próxima pasada y la actual.
Dicha notasestablecen, entre otras cosas, lo siguiente: “Los diputados locales aceptaron el registro a Antelmo Esparza Verduzco, aspirante a la Presidencia de la CEDH, a pesar de no haber cumplido con los requisitos de ley para competir por el cargo, toda vez que fue sujeto de la recomendación 95/97, cuando fue Director dePrevención y Readaptación Social del Estado, y de nueva cuenta en el transcurso de la semana pasada y la actual, vuelven a salir notas alusivas a mi persona y señalando supuestas irregularidades en mi vida profesional como servidor público, citando aspectos normativos de la Ley de la CEDH, y relatorÃa de la recomendación aludidaâ€.
Me sorprende la información publicada, ya que es una versión tergiversada y no confirmada, cuando entiendo que el periodismo objetivo, se sustenta en hechos reales y verificables, nunca en suposiciones, mentiras y difamaciones(de la fuente que le proporcionó los datos al periodista que ha editado las notas), cuando bastaba con que me hiciera una llamada telefónica(en mi expediente de registro de aspirantes en el congreso local, obran todos mis datos personales, asà como también en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos), para sustentar o desestimar dicha versión.
Quiero establecer que dicha Recomendación, fue emitida con fecha 10 de octubre de 1997, al Gobierno del Estado de Michoacán, y a quien le envÃan, la recomendación, referente a gobernabilidad, y otros aspectos de calidad de vida de los internos en el Centro de Readaptación Social Regional de Uruapan, Michoacán, asà como para que se instruya a quien corresponda, para que se lleve a cabo una investigación y de ser necesario se inicie un procedimiento administrativo,en contra de los servidores públicos que se encontraban en funciones en el Centro de Readaptación Social Regional de Uruapan, ( Recomendación de ocho puntos resolutivos, la cual anexo y en los puntos séptima y octava, se puede constatar que jamás aparece mi nombre, ni siquiera el del cargo que desempeñé, como servidor público)
Aclarando que en mi vida laboral y profesional, nunca fui servidor público del Centro de Readaptación Social Regional de Uruapan, Michoacán, y si resaltar que como abogado he tenido la honrosa oportunidad de corresponder al pueblo michoacano en distintas actividades relacionadas con los Derechos Humanos, como abogado postulante, en el servicio público y, desde luego, en la protección no jurisdiccional de los Derechos humanos, como Secretario Ejecutivo de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, cargo que desempeñé durante 3 años 6 meses,lo cual pueden corroborar con mi documentación personal que entregué para mi registro, y que consta en la ficha de registro de aspirante a Presidente de la CEDH (anexo copia), de fecha 19 de septiembre del año en curso, lo cual ratifica que cumplo con los requisitos establecidos en la convocatoria, documento este expedido por la Secretaria de Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado(agrego copia de oficio de recibido, de todos y cada uno de los documentos en original exigidos), reiterando asà que nunca he tenido antecedente alguno donde conste que haya sido inhabilitado para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público, ni tampoco que haya tenido recomendación alguna como consecuencia de algún procedimiento por violación a derechos humanos(anexo oficios), lo cual ratifica mi dicho, tan es asÃ, que el último de mis cargos, como servidor público, lo fue el de Secretario Ejecutivo de la Comisión Estatal de los derechos Humanos, y para ocupar dicho cargo la ley de la CEDH, en su artÃculo 34, señala entre otros requisitos, no haber sido condenado por delito doloso, no haber sido inhabilitado, y haberse conducido en el ejercicio de su profesión con un constante respeto por la observancia de los derechos humanos, elementos estos que VALORÓ Y CONSTATÓ el Maestro VÃctor Manuel Serrato Lozano,Presidente de la COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, para nombrarme Secretario Ejecutivo de la CEDH, en el periodo de su administración,(anexo copia de la constancia de la CEDH, que exige el Congreso Local, la cual me fue expedida, por el Presidente, y obra en mi expediente de registro) por lo anterior,resulta una mentira y difamación a mi persona lasaludidas notas periodÃstica.
Recordemos que las Recomendaciones de la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos no pretenden, en modo alguno, desacreditar a las instituciones ni constituyen una afrenta a las mismas o a sus titulares y servidores públicos, Las Recomendaciones se refieren a casos concretos, no se pueden aplicar a otros, por mayorÃa de razón, ni aclararlas, interpretarlas o explicarlas, ya que es una resolución firme, no vinculante, de un acto declarativo, de las Comisiones (CNDH Y CEDH).
Sin otro en particular, leenvÃo un cordial saludo, quedando como su atento y seguro servidor.
ATENTAMENTE,
Morelia, Michoacán, 13 de Octubre de 2011.
Lic. R. Antelmo Esparza Verduzco.























