La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el aumento de las tarifas del transporte público si son impugnables a través del juicio de amparo.

Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayan, la Segunda Sala resolvió que los usuarios sí pueden impugnar los incrementos a las tarifas del transporte público.

 

 

 

La sentencia de la Suprema Corte se dio al revisar el amparo que presentó un usuario del transporte público en contra del aumento de las tarifas que autorizo el gobierno de Jalisco en 2012.

 

Un tribunal federal determinó que no procedía la demanda porque el quejoso no tenía interés jurídico para impugnar el incremento de las tarifas.

 

Este miércoles, la Segunda Sala estableció que esas demandas no pueden ser desechas sin estudiar el fondo del asunto.

 

Será un juez de distrito quien determine si ampara o no al usuario.