Etelberto Cruz Loeza.
Fuera de los escenarios propagandísticos y publicitarios partidistamente – MORENA -en el país y en el mundo, aparte de la llegada al país y a nuestro estado del primer medicamento contra el COVID-19 – PAXLOVID- ya autorizado para su comercialización=venta en farmacias y su segura popularización, con lo que ya se puede ver el final del túnel a esta ¡”#$%&/()=?¡?=)(, en el país no hay nada más significativo que el Informe de la Comisión de la Verdad y Justicia y que estamos a menos de un mes de sus 8 años en el dolor de los familiares y su manejo mediático por chacales y hienas. Este dramático suceso es el escenario menos deseado para todos.
No está demás repetir lo que ya es sabido por todos: esa noche, grupo de alumnos fueron detenidos por la policía municipal de Iguala y por circunstancias, verdaderamente desconocidas hasta el momento, entregados a jefes de bandas delincuenciales y asesinados – porque es verdaderamente imposible, que estén vivos – y, dadas las averiguaciones, declaraciones y confesiones, incinerados en uno o en varios lugares y sus restos, cenizas, mayoritariamente, tiradas en bolsas negras en las aguas del Río san Juan que pasa por Cocula y, otros más, esparcidos en otros riachuelos cercanos.
Este hecho, es lo que el ex procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, llamó la Verdad Histórica, término que no satisface a casi nadie de los partidistamente interesados, ni a los diversos grupos de familiares de estos alumnos. Por cierto, no han podido destruir NADIE. Aunque no ha dejado satisfecho a muchos grupos, pero ahí está en los más de 10 mil fojas del expediente, de los análisis de laboratorio – por cierto, particularmente del laboratorio de la Universidad de Innsbruck, Austria, que, científicamente hizo la identificación de tres alumnos – las pruebas periciales, fotografías, testimonios, confesiones, celulares, en fin, de tantas y tantas herramientas y materiales de investigación.
Fue tan grande el clamor que ante los nulos resultados de las instituciones municipales y estatales , debió intervenir, en los primeros días de octubre de 2014– a 10 días después de esa noche – el gobierno Federal a través de la Procuraduría General de la República y de sus actuaciones, se detuvo casi a todo el universo de protagonistas, desde los autores intelectuales – que ordenaron las detenciones – el presidente municipal José Luis Abarca Rodríguez, en unión de su esposa -, hasta los que protagonizaron los actos dantescos, homicidas y, como complemento las piran incendiarias y la llevada a las aguas del Río San Juan, en Cocula, Gro., mayoritariamente. Lamentablemente ha sido utilizado como carne de cañón por todos los intereses, sobre todo los intereses político partidista, menos para hacer justicia y en nombre de ese valor moral, se han desarrollado muchos intereses, bastantes estructuras y creado demasiadas mentiras.
Este hecho sangriento es transexenal: del sexenio de Enrique Peña Nieto pasó al de Andrés Manuel López Obrador – en lo Federal – y del Ángel Heladio Aguirre Rivero – al estatal – pasó al de Héctor Astudillo y de éste al de Evelyn Salgado, actual Ejecutiva estatal.
Deseando encontrar la verdad que deje satisfechas a todas las personas han intervenido varios organismos como el del Grupo Interdisciplinario de Expertos Internacionales, auspiciado por la OEA. Finalmente, la administración del actual presidente de la República creo la Comisión de la Verdad para Encontrar la Justicia. Recientemente, en la tercera decena de este mes, esta Comisión de la Verdad finalizó sus trabajos y sus resoluciones señalan, entre otras cosas que:
1°. La desaparición de los 43 alumnos fue un crimen de Estado. 2° A casi 8 años de los sucesos es verdaderamente imposible – no existen indicios – que estén con vida. 3° Que la llamada Verdad Histórica fue orquestada desde palacio nacional. 4° Señala a 33 funcionarios federales, municipales – muy poco estatales – y miembros del grupo delincuencial Guerreros Unidos como protagonistas de los hechos sangrientos. 5° La autoridades municipales, estatales y federales del más alto nivel fueron omisas y negligentes. 6° En todo momento las autoridades municipales, estatales y federales tuvieron conocimiento de la movilización de los estudiantes. 7° El grupo delictivo actuó con el apoyo de distintas policías municipales y agentes del estado. 8° Se confirma que en ningún momento existió comunicación alguna entre los normalistas y el grupo delictivo durante los hechos. 9° Se confirma que los mandos militares no realizaron acciones para la protección y búsqueda del solado Julio César López Patolzín. 10° Que al filo de las 22.45, del 26 de septiembre del 2014, tras los hechos de violencia y persecución se dio la orden – ¿quién? de desaparecer a los estudiantes. 11° Se confirma que la policía de Iguala intervino en el aseguramiento de los estudiantes en el autobús 1531. 12° Se confirma la identificación de tres de los 43 estudiantes desaparecidos. 13° Existen suficientes indicios para que la FGR continúe con las indagatorias para el deslinde de responsabilidades.
El subsecretario Alejandro Encinas señaló, además, que durante, después y actualmente – de la desaparición de los estudiantes normalistas hubo una fuerte guerra de cárteles por el control del territorio en ese momento.
Una de las conclusiones de la Comisión para la Verdad y la Justicia en la desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa es que fue un crimen de Estado. Realizando averiguaciones la definición es fundamental. A partir de que el término crimen de Estado no se desarrolla dentro del ordenamiento legal internacional alguno. Éste se utiliza de manera informal y engloba – usualmente para fines académicos y/o periodísticos ciertas conductas descritas en los tratados internacionales como ilícitas -. Lo anterior hace indispensable que, para atribuir correctamente responsabilidad al Estado respecto de hechos ilícitos, sea necesario enfocarse en dichos tratados y constatar sus contenidos con los hechos.
En el caso de lo acontecido en Iguala, el gobierno federal ha informado que, por órdenes del entonces presidente municipal, la policía local detuvo a grupo de personas sin ningún fundamento legal; que en el desarrollo de los actos no solo se les privó de su libertad, sino que, al menos 44 individuos – fueron privados de la vida – ejecutados de manera extrajudicial.
El derecho, para determinar si existe responsabilidad del Estado o no, se debe identificar qué hechos considerados como ilícitos internacionalmente derivaron del comportamiento de un sujeto en su condición de autoridad. Ahora bien, en cuanto a la calificación de crimen de Estado, dado que no es un término formal, no puede haber características objetivas analizables que sean relevantes para su determinación. Lo que sí es relevantes es analizar cómo el derecho internacional describe los hechos considerados como ilícitos y cómo define el actuar de la autoridad para que estos se consideren hechos de Estado.
1° Privación arbitraria de la vida. artículo 6.1 del pacto internacional de derechos civiles y políticos y en la convención americana de derechos humanos en su artículo 4. 2° Detención arbitraria. el artículo 9.1 del PIDCP establece que nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitraria ni privado de su libertad salvo por lo establecido por la ley.
3° Desaparición forzada. ilícita, conforme al artículo 2 de la CISDFPD y artículo 7 del estatuto de roma, es la privación de la libertad cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo, o la aquiescencia del Estado. Seguido de un acto de negación. en este sentido no hay que olvidar que Abarca desconoció los hechos durante una entrevista a los pocos días de ocurridos y que el propio gobierno, calificó como un caso típico de desaparición forzada.
4° Se describe un hecho de Estado como el comportamiento de todo órgano de éste. sin importar su posición, tanto si pertenece al gobierno central, como a una división territorial del Estado. Asimismo, establece que aun cuando la persona o entidad exceda en su competencia, será un hecho de Estado mientras haya actuado en su condición de autoridad: Policía municipal.
























