El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mÃnimos de las tres áreas geográficas para el 2012 de 4.2 por ciento.
Los nuevos salarios mÃnimos legales que regirán a partir del primero de enero de 2012 son los siguientes: área geográfica “Aâ€, 62.33 pesos diarios; área geográfica “Bâ€, 60.57 pesos diarios y área geográfica “Câ€, 59.08 pesos diarios.
El Consejo de Representantes acordó mantener para el 2012 la actual integración municipal de las áreas geográficas para la aplicación de los salarios mÃnimos.
Los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos, con el Gobierno Federal, hacen un público manifiesto y acuerdan promover que se realicen estudios que analicen la viabilidad de desvincular la figura del salario mÃnimo utilizada en las diversas disposiciones legales como unidad de cuenta, base o medida de referencia.
En cuanto a la Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mÃnimo profesional, el Consejo de Representantes acordó suprimir de la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales, para el año 2012 y en lo sucesivo, las ocupaciones de Oficial hornero(a) fundidor(a) de metales y Oficial talabartero(a) en la manufactura y reparación de artÃculos de piel.
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mÃnimos de las tres áreas geográficas para el 2012 de 4.2 por ciento.
Los nuevos salarios mÃnimos generales de las tres áreas geográficas que aplicarán a partir del 1º de enero de 2012 son los siguientes:
Para el área geográfica “A” será de 62.33 pesos diarios. Esta área comprende el Distrito Federal y su área metropolitana, los estados de Baja California y Baja
California Sur, las ciudades de Acapulco, Gro., Ciudad Juárez, Chih., Nogales,
Son., Matamoros, Tamps. y Coatzacoalcos, Ver., entre otras.
Para el área geográfica “B” el salario mÃnimo general será 60.57 pesos diarios.
Algunas localidades pertenecientes a esta área son las ciudades de Guadalajara, Jal., Monterrey, N. L., Hermosillo, Son., Tampico, Tamps. y Poza Rica de Hidalgo, Ver.
Finalmente, en el área geográfica “C” el salario mÃnimo general será de 59.08 pesos diarios. Este salario aplicará en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis PotosÃ, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; asà como en municipios especÃficos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
En cuanto a la Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mÃnimo profesional, el Consejo de Representantes acordó suprimir de la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales, para el año 2012 y en lo sucesivo, las ocupaciones de Oficial hornero(a) fundidor(a) de metales y Oficial talabartero(a) en la manufactura y reparación de artÃculos de piel.
Asimismo, acordaron para todas las profesiones, oficios y trabajos especiales que sus salarios mÃnimos profesionales aumentarán en la misma proporción en que lo hicieron los mÃnimos generales para las tres áreas geográficas existentes, conservando para cada oficio el mismo porcentaje de percepción por arriba del mÃnimo general que fue determinado en función del grado de calificación requerido para desempeñarlo.
Adicionalmente, los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos, con el Gobierno Federal, hacen un público manifiesto y acuerdan promover que se realicen estudios que analicen la viabilidad de desvincular la figura del salario mÃnimo utilizada en las diversas disposiciones legales como unidad de cuenta, base o medida de referencia.
Basilio González Núñez, Presidente de la Comisión, informó que los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos, con el Gobierno Federal, consideraron, en la presente Resolución que emiten fijando los salarios mÃnimos que entrarán en vigor el 1 de enero de 2012, que la economÃa aún no ha logrado crear las oportunidades de trabajo suficientes que la gente necesita. El desempleo y el subempleo son los mayores problemas de nuestro tiempo en el ámbito laboral y se reivindica al trabajo decente como el mejor medio para superar la pobreza. En ese sentido, se resolvió con la mayor objetividad y responsabilidad la presente fijación salarial.
Comentó que el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos se sumaba y apoyaba cualquier acuerdo para que trabajadores y empresarios continúen revisando los salarios contractuales en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones especÃficas de cada empresa, de manera que el incremento promedio ponderado al salario mÃnimo no sea base para las revisiones correspondientes.
























