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Con la finalidad de velar por el bienestar de las y los michoacanos, la LXXI Legislatura aprobó reformas diversas a la Constitución Política del Estado de Michoacán en materia indígena.

Así, se reconoce el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas asentados en territorio michoacano, ejerciendo con ello un marco constitucional de autonomía en sus ámbitos comunal, regional y como pueblo indígena.

Se  atiende a aquellas comunidades indígenas que se auto determinen pertenecientes a un pueblo indígena, las cuales constituyen estructuras de organización política, social, económica y cultural, asentadas en un territorio, que tienen autoridades, formas de elección y representación propias, de acuerdo a sus sistemas normativos y de gobierno interno.

Cabe señalar que estas modificaciones fueron revisadas nuevamente por las comisiones   de Cultura Indígena y de Puntos Constitucionales, considerando así que al no ser  necesarias modificaciones, se aprueba en los términos propuestos por el decreto de reforma constitucional dado a conocer al Pleno en su primera lectura.

A fin de brindar a la sociedad michoacana un marco jurídico en el que  el servicio público de transporte sea moderno, eficiente, seguro, sustentable y de calidad, el Pleno de la LXXI Legislatura dio primera lectura a la Ley de Transporte Público del Estado de Michoacán.

Con esta propuesta legal se busca contar con una estructura institucional que  ostente la rectoría del sector, así como el control técnico, coadyuvando a fortalecer la competitividad de los transportistas, a fin de que estos puedan mejorar el nivel del servicio, incidiendo en el desarrollo de la entidad.

La necesidad de actualizar la legislación en esta materia resultó fundamental para que de manera armónica y congruente con la realidad y necesidades de la población, se impulse su operatividad y a la vez se determinen de manera clara y precisa, las competencias respectivas en relación con las demás dependencias de gobierno.

Este proyecto cuenta con la integración de todas las propuestas legales que habían sido presentadas al Legislativo local, ello con el objetivo de que esta fuera de consenso, integral y acorde a las necesidades estatales. Para su estudio, análisis y dictamen fue turnada a… }

A su vez y ante la realidad que vive la entidad por la desaparición de personas, lo que ha generado un estado de incertidumbre social que altera el estilo de vida de los familiares y dependientes económicos de las víctimas, el Pleno del Congreso local reformó diversas disposiciones del Código Familiar del Estado.

Lo anterior, en razón a la propuesta presentada por el diputado Raúl Morón Orozco, en donde se expone la necesidad de que ante estos hechos se declare la ausencia o presunción de muerte de la víctima. Con ello, se da seguridad o certeza a las relaciones y actuaciones en las que forma parte una persona cuando ésta deja de presentarse sin explicaciones.

Y es que en la actual legislación  se requieren de 9 años y medio aproximadamente para realizar dichas declaratorias, lo que resulta excesivo ante el contexto social actual del Estado, a decir de los legisladores, dado que la familia del desaparecido y presuntamente muerto, necesita garantizar su sobrevivencia y continuar su desarrollo armónico además de que su patrimonio requiere de seguridad y de poder responder a obligaciones jurídicas contraídas por terceros.

Fortalecer la garantía de acceso a la educación contenida en el artículo 3º de la Carta Magna y promover su cumplimiento estableciendo en esencia  la obligatoriedad de la educación en el nivel medio superior, es el fin por el cual se aprobó el proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero; el inciso C) de la fracción II y la fracción V del artículo 3°, y la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con esta reforma el Congreso local se adiciona a las minutas aprobadas por el Senado de la República y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en donde las Comisiones de Educación y de Puntos Constitucionales expusieron que con ello se tendrá una mejoría en los niveles de educación y  preparación de los educandos, robusteciendo la cultura educativa y el desarrollo de los mexicanos y por ende, formándolos de mejor manera para enfrentar los retos del campo laboral.

Asimismo, se declaró que ha lugar a admitir a discusión la Iniciativa de Decreto que propone reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado presentadas por la diputada María Guadalupe Calderón Medina.

Estas reformas incorporan el reconocimiento de los derechos humanos a rango constitucional, de acuerdo a que en esta materia el pasado 10 de junio entraron en vigor diversas reformas a la Constitución dejando atrás en parte el anterior concepto de “garantías individuales” y a  partir de la reforma se llama “De los derechos humanos y sus garantías”

Así, se amplía la competencia de los organismos autónomos de los derechos humanos, pues ahora podrán conocer de la materia laboral, que anteriormente no conocían, en este sentido, toda persona que sea violentada en sus derechos fundamentales como consecuencia de una relación obrero patronal, podrá recurrir a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.

En el mismo tenor adicionaron, reformaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a fin de equiparar las modificaciones anteriormente señaladas con el cuerpo normativo de dicha Comisión.   

Aborda además reformas de largo alcance en esta materia, dando con ello mayor certeza jurídica a los derechos, procedimientos y nombramientos de los servidores públicos que se encargan de velar por la defensa y protección de los derechos humanos en la entidad.

En otro punto del orden del día, se dio lectura a las Leyes de Ingresos de los municipios de Briseñas, Juárez, Venustiano Carranza, Tuzantla, La Huacana, Ziracuaretiro, San Lucas, Yurécuaro, Áporo Cuitzeo, Tingüindín, Lázaro Cárdenas, Susupuato y Tangamandapio.