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Los precandidatos únicos deben de abstenerse de hacer proselitismo entre la población durante las precampañas, pues corren el riesgo de incurrir en actos anticipados de campaña y con ello violar la ley electoral, concluyó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Lo anterior porque ya no tienen que buscar el voto entre los militantes y simpatizantes de su partido.

La Corte ha sostenido que los precandidatos únicos no pueden hacer campaña con población en general, pues el objetivo de esta etapa es dirigirse a los militantes para obtener la candidatura por su partido político.

Durante la discusión del asunto, el magistrado Pedro Esteban Penagos comentó que “este  proyecto de referencia es sumamente importante en estas épocas en que iniciamos periodo de precampaña.”

Explicó que “este tipo de contiendas internas consiste en que, en esta etapa, en un partido político concurran cuando menos dos precandidatos, pues de lo contrario el proselitismo no tendría finalidad, la finalidad práctica perseguida que es el apoyo de los militantes del partido para ser postulado candidato.

“Precisamente por ello, los precandidatos únicos no tienen que lograr como consecuencia el apoyo de todos los militantes para esa postulación, y precisamente por eso se establece que no tienen permitido hacer precampañas,” comentó.

Sin embargo, aclaró que aquellos precandidatos únicos que necesitan ser ratificados ante órganos de su partido, pueden realizar ciertas actividades.

En tanto, el magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos, apuntó en su intervención que, “ahora bien, también habrá que distinguir que quienes son precandidatos en su campaña la realicen específicamente para llegar a alcanzar esa candidatura que pretenden.

“Y no que sirva para posesionarse contra aquel candidato único al que la ley le obliga a permanecer callado… Creo que este debate tenemos que dejarlo muy bien definido a efecto de que ni unos rebasen ni otros puedan rebasar el contenido de estos preceptos prohibitivos de la ley.”

A su vez, los consejeros Alfredo Figueroa y Marco Baños, quienes llevan días impulsando que el IFE aclare las actividades que pueden realizar los precandidatos únicos, dijeron que había una coincidencia con lo resuelto por el Tribunal Electoral.

Por su parte, Arturo Sánchez, ex consejero electoral y académico de El Colegio de México (Colmex) aclaró: “lo que el Tribunal dice es que si hay un precandidato único, básicamente Enrique Peña Nieto (PRI) y Andrés Manuel López Obrador (PRD), éste sólo puede realizar actos entre los militantes y simpatizantes de su partido. Eso restringe la posibilidad de que hagan mítines ante la población en general”.

Actualmente tampoco hay claridad en las sanciones, pueden ser económicas, o hasta la cancelación del registro.