
En sesión extraordinaria, los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán aprobaron la propuesta de nombramiento de la ciudadana Claudia Patricia GodÃnez Ortiz como Vocal de Capacitación y Educación CÃvica del Comité Municipal Electoral de Morelia, órgano desconcentrado del IEM.
Lo anterior, en términos de los artÃculos 115, fracción VI, y 113, fracción XV, del Código Electoral del Estado de Michoacán (CEEM).
El nombramiento de Claudia Patricia GodÃnez se dio en calidad de sustitución de José Luis Octavio Ãlvarez Alfaro, quien renunció por motivos personales al cargo que le habÃa sido conferido, razón por la cual fue necesario hacer la designación correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el CEEM y al inciso e) del apartado número 9 de los Lineamientos para la integración del Comité Municipal Electoral de Morelia.
Conforme a lo citado y con la finalidad de garantizar la debida integración del Comité Municipal, se propuso a GodÃnez Ortiz tomando en cuenta que tiene experiencia en el área, al haber participado con un buen desempeño en el proceso electoral ordinario del año 2011 como Vocal de Capacitación y Educación CÃvica en el Comité Distrital Electoral 11 de Morelia Noreste, asà como en otros procesos electorales federales y locales como capacitador-asistente electoral.
A la fecha, GodÃnez Ortiz se desempeñaba como consejera suplente en el Comité Municipal Electoral de Morelia, puesto que deja vacante y que será ocupado por el ciudadano Luis Manuel Torres Delgado, según lo acordó el pleno del Instituto Electoral de Michoacán, tras determinar que ambos reunieron los requisitos legales para poder ocupar los respectivos cargos.
Más adelante, el pleno del Consejo General aprobó el proyecto de acuerdo de la Comisión de Administración, Prerrogativas y Fiscalización para adicionar al Reglamento de Fiscalización del IEM algunos formatos que ya aparecÃan enlistados en el artÃculo 155 del mismo, pero que hacÃa falta incorporar conforme al artÃculo 171, para permitir la adecuada función fiscalizadora de la autoridad electoral con respecto a los partidos polÃticos.
Se trata de los siguientes formatos: Informe sobre el origen, monto y destino de los recursos para actividades ordinarias (IRAO); informe sobre origen, monto y destino para actividades especÃficas (IRAOE); recibo por pago de compensaciones por trabajos eventuales (RPTE); y, recibo por ingresos en efectivo (RIEF).
Hay que recordar que es facultad de la Comisión de Administración; Prerrogativas y Fiscalización del IEM aprobar los acuerdos que tengan por objeto regular el registro contable de los ingresos y egresos de los partidos polÃticos, las caracterÃsticas de la documentación comprobatoria sobre el manejo de los recursos y establecer los requisitos que deberán satisfacer los informes de ingresos y egresos que se presenten.
En el cuarto y último punto del orden del dÃa, los consejeros también aprobaron un total de 8 proyectos de resolución de diversos procedimientos administrativos en términos del Reglamento para la Tramitación y Sustanciación de las Faltas Administrativas y Aplicación de las Sanciones Establecidas del Instituto Electoral de Michoacán.
De los mencionados, procedieron las siguientes quejas:
IEM-PES-100/2011.-Presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) contra los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y otros, por la colocación de propaganda en lugares prohibidos.
La misma, resultó procedente en el caso del PRD, PT y Convergencia, para quienes se aprobó una multa de 2 mil 954 pesos a cada uno.
IEM-PES-125/2011.-Interpuesta por el PT contra el PRD y otros, por la elaboración y colocación de propaganda electoral que contiene datos imprecisos respecto a la postulación de su otrora candidato a edil al ayuntamiento de Apatzingán, Roldán Ãlvarez Ayala, puesto que como se asentó en el recurso no fue postulado en coalición, sino únicamente por el PRD. El PRD se hizo acreedor a una multa de 11 mil 816 pesos. y,
IEM-PES-163/2011.-Presentada por el PRD y Convergencia contra el PRI, PVEM y quien resulte responsable, por la colocación de propaganda en lugares prohibidos, especÃficamente en el Centro Histórico de Tingambato, lo que trajo como consecuencia una multa de 8 mil 862 pesos para el Revolucionario Institucional.























