LOGO61El pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a Ley General de Vida Silvestre, al adicionar los artículos 127 y XXIV al 122, con esta aprobación se castigará a quien lesione físicamente o prive de la vida a alguna especie silvestre o destruya o dañe parcialmente  a sus crías.

La diputada María Dina Herrera Soto del PRD, añadió que se sancionará a quien reincida en lesiones a especies con multas desde 50 a 50 mil salarios mínimos, y a quién, en resguardo, lastime a las especies que se encuentren a su cuidado, esto es que si alguna especie se encuentra al cuidado de un particular por seguridad y sufre algún daño físico, perdida de crías o deceso, la persona responsableserá castigada.  

En otra reforma, la diputadaperredista mencionó que con la modificación de la fracción IV del artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se permitirá adecuar las condiciones ambientalesde acuerdo al cambio climático con lo cual se  implementarán acciones para el mantenimiento de las zonas de vida silvestre, lo que ayudará a aminorar los efectos de dicho fenómeno.
Añadió que  existen los recursos financieros y tecnológicos para darincentivos para quienes promuevan, realicen acciones o mitiguen los daños por el cambio climático.

La diputada Aránzazu Quintana Padilla del PAN, dijo que la reforma al primer párrafo del artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre, obligará a la Secretaria del Medio Ambiente a proporcionar recursos para el mantenimiento de laszonas silvestres, así como la presentación de proyectos de conservación, recuperación de especies que tengan alto valor ecológico o que se encuentren en peligro de extinción, buscando la participación de las personas que tengan a su cargo especies o poblaciones o demás involucrados