Alumnos y estudiantes de la Universidad Intercultural IndÃgena (UIIM), realizaran una marcha pacÃfica este 30 de marzo, para mostrar su desacuerdo porque la institución, a través del rector Hugo RodrÃguez, entregara el primer Honoris Causa, al cura Francisco MartÃnez Gracián. El nombramiento es ilegal e ilegitimo.
Los catedráticos dieron a conocer su postura a través de un manifiesto.
“Quienes suscribimos el presente, miembros de la comunidad de la Universidad Intercultural IndÃgena de Michoacán (UIIM), nos pronunciamos en torno a la decisión que se tomó en la última sesión del Consejo Directivo de nuestra institución, máximo órgano de gobierno de la misma, celebrada el 14 de febrero del año en curso, con respecto a otorgar el primer Honoris Causa de nuestra casa de estudios. El nombramiento es ilegal e ilegitimo por las siguientes razones:
1. No existe en la UIIM ninguna normatividad aprobada, en donde se considere el otorgamiento sobre doctorados Honoris causa. El proyecto de reglamentación que tiene un apartado al respecto, es el Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico (RIPPPA), mismo que aún se encuentra en proceso de discusión para su aprobación final, tal y como lo ha señalado en múltiples ocasiones el propio rector, Hugo RodrÃguez Uribe y quien ratifica su dicho con la firma de la minuta firmada el 20 de marzo, en las instalaciones de la Subsecretaria de Educación Media y Superior del Estado, en donde al tratar lo del RIPPPA, asume el compromiso de abrir un espacio de 30 dÃas para que se hagan observaciones al mismo para su eventual aprobación en el Consejo Directivo (CD). Â
2. En la sesión del CD celebrada el dÃa 14 de febrero del año en curso que tomó el acuerdo, se ha difundido que tal decisión fue por consenso. En dicha sesión estuvo presente el presbÃtero Francisco MartÃnez Gracián como miembro de dicho consejo quien, al igual que los demás integrantes del mismo, recibieron en sus manos sendos documentos de los estudiantes, trabajadores académicos y administrativos y miembros de la comunidad de Pichátaro, dando cuenta del cúmulo de irregularidades que se viene padeciendo en nuestra institución, lo cual orilló a que los estudiantes tomaran las instalaciones el dÃa 9 de febrero del año en curso para exigir ser escuchados por el rector y resolver una serie de problemáticas.
3. Lo señalado en el punto anterior es un reflejo del contexto en que se encuentra inmersa nuestra institución, sin embargo, lo que es de llamar la atención es que el otorgamiento de la presea Honoris causa se resuelva a favor de un integrante del propio consejo, es decir, siendo juez y parte.
4. De los diez integrantes del CD (tres de la federación, tres del estado, tres miembros distinguidos de la región y un representante del gobierno municipal de Pátzcuaro), por lo menos tres de ellos (los miembros distinguidos de la región) debieron ser sustituidos hace tiempo, ya que, de acuerdo con el Decreto de creación, deben ejercer por un año su representación con extensión máxima posible por otro más, es decir, se encuentran en la ilegalidad desde hace más de dos años.
5. El sacerdote Francisco MartÃnez, como se ha mencionado, forma parte del Consejo Directivo de la UIIM, mismo que resuelve sobre la propuesta de otorgar el Doctorado Honoris causa. Ante este hecho, queda deslegitimada la decisión y en un acto de congruencia ética se colocarÃa la negativa de aceptar tal situación, al ser juez y parte.
Explican que, por otra parte: “ Con fundamento en el ArtÃculo 3º constitucional, toda educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar, armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. Justicia que se garantiza a su vez con el artÃculo 24, sobre la libertad de creencias, la cual establece que la educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa para beneficio de los diversos credos y de la educaciónâ€.
“Consideramos que para entregar tal tÃtulo a cualquier ministro de cualquier culto, las instituciones educativas deben apegarse a los fundamentos de la Constitución PolÃtica y Legislación Universitaria, de la cual la UIIM aun carece y está en proceso de construcción. Si lo hace una institución educativa laica, lo hace porque considera a las personas por sus méritos desde el punto de vista laico, académico, por su trascendencia cientÃfica, su respaldo en las comunidades originarias en nuestro caso y por el respeto a nuestra institución regida por el artÃculo 3º y 24â€.
Explican que: “En verdad, las autoridades de la UIIM, antes de dedicarse a proponer tan altas investiduras con base en compromisos, deben enfocarse primero a fortalecer sus fundamentos académicos, creando su legislación universitaria, asà como atender al grave conflicto universitario, al registro y acreditación final de las licenciaturas y de la maestrÃa en Educación Ambiental Interculturalâ€.
“Los méritos de una distinción Honoris causa deben señalar a una persona que claramente expresa la más alta estatura en la rama cientÃfica o humanÃstica en que se desenvuelve, haber hecho contribuciones propias originalÃsimas y ser reconocido por los pares en tal ámbito. Debe ser promotor de la unidad de la comunidad, y nuestra comunidad implica Comunidades Originarias, Alumnos, Administrativos, Docentes y Autoridades Universitariasâ€.
“Finalmente, disentimos en las formas y mecanismos en que el equipo de RectorÃa y parte del Consejo Directivo de la UIIM, donde se desempeña el párroco, administran y han dirigido nuestra casa de estudios. Las decisiones e investiduras de tan alto honor deben de ser consensuadas con plena transparencia entre directivos, trabajadores, profesores y alumnado; no ha sido asÃ. La universidad como el Estado es respetuosa de la diversidad y libertad de creencias, motivo por el cual resulta contradictorio honrar a una personalidad sin haberlo consensuado con la comunidad universitaria constituida fundamentalmente por comunidades originariasâ€.
Aseguran: “México y sus instituciones de educación pública tienen por prioridad garantizar lo emanado en nuestra Constitución PolÃtica, surgida de la lucha que transformó la República de Indios, a merced del párroco y el virrey, en una República Laica y Democráticaâ€.
“De la misma manera, se tiene la obligación de respetar y hacer cumplir los compromisos adquiridos a nivel internacional, como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 169) y la Declaración de la UNESCO del 13 de septiembre de 2007, que generan el mismo nivel que la norma nacional de la constituciónâ€.
En virtud de ello, la UIIM es apertura a las más altas corrientes universales del pensamiento humano, a la disidencia, a la crÃtica, pero principalmente a la descolonización y reivindicación de la libertad, la justicia y la fraternidad entre culturas.
“Por las razones anteriores, por la necesidad de normas, diálogo y lÃmites claros, apegándonos al artÃculo 3º y 24 de Nuestra Carta Magna, puesto que carecemos de Legislación Universitaria, y por no haber sido consultados, nos deslindamos de la investidura de Doctor Honoris Causa al párroco Francisco MartÃnez Graciánâ€
























