No es ninguna novedad el que algunos presidentes municipales se convierten en verdaderos caciques en sus municipios y al conducir sus actos como tal, violan consuetudinariamente la ley y los derechos de los demás, pues se asumen como entes omnímodos cuyas decisiones están por encima de los demás, aún sobre la ley misma.

Uno de estos casos, es el presidente municipal de Maravatío Michoacán JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA, quien en el ejercicio de sus funciones, ejerce otras no establecidas por ley alguna, al contrario, son acciones contrarias a las disposiciones legales a que están sujetas las autoridades municipales.

En esa tesitura, el edil ABAD BAUTISTA, se molestó porque un regidor PABLO CRUZ ANDRADE decidió grabar con su teléfono celular la sesión del cabildo municipal que se estaba celebrando, cosa que le molesta al presidente municipal y no solo eso, que no permite el ingresos de los ciudadanos a dichas sesiones, a pesar de que la Ley Orgánica Municipal establece en su artículo 27, que las sesiones deben de ser públicas, para lo que transcribo literalmente dicho artículo:

Artículo  27.  Las  sesiones  ordinarias,  extraordinarias  y  solemnes  serán  públicas, deberán  celebrarse  en  el  recinto  oficial  del  Ayuntamiento,  y  las  solemnes  en  el recinto  que  para  tal  efecto  acuerde  el  propio  Ayuntamiento  mediante  declaratoria oficial.

De igual manera, la presencia de los regidores en las sesiones del cabildo, no solo es una obligación, sino que es una atribución que les confiere la misma ley en su artículo 52, el que se transcribe literalmente:

De las Atribuciones de los Regidores

Artículo   52.   En su   carácter   de   representantes   de   la   comunidad   en   el Ayuntamiento, los Regidores tendrán las siguientes atribuciones:

  1. Acudir con  derecho  de  voz  y  voto  a  las  sesiones  del  Ayuntamiento  y  vigilar  el cumplimiento de sus acuerdos;

Es evidente que el munícipe actuó fuera de la ley al utilizar la fuerza pública para sacar el regidor CRUZ ANDRADE del lugar en donde se desarrollaba la sesión del cabildo, incurriendo en una serie de faltas administrativas y hasta penales, siendo la contraloría del estado y el ministerio público los encargados de establecer las responsabilidades de JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA, incluso el propio congreso del estado está en posibilidades de sancionar al prepotente presidente municipal.

HA LUGAR AL JUICIO POLÍTICO

No es solo la decisión del munícipe de sacar al regidor CRUZ ANDRADE de la sesión de cabildo, la única actitud prepotente e ilegal JOSÉ LUIS ABAD, sino que ya antes, al menos cuatro regidores de ese ayuntamiento habían presentado una solicitud de juicio político en su contra, de manera que las comisiones unidas de Gobernación y Programación y Presupuesto del congreso del estado, determinaron la procedencia del juicio político en contra del presidente municipal de Maravatío, JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA, al dar el “ha lugar” a la solicitud presentada por los regidores de ese Cabildo.

El asunto deberá ser sometido a la aprobación del Pleno en la primera Sesión Ordinaria del último año de la LXXIII Legislatura, la cual tendrá lugar hasta el 15 de septiembre, pues habrá receso legislativo por un periodo de casi dos meses.

La denuncia fue presentada ante el Poder Legislativo el 27 de junio pasado. En el documento los regidores ANGÉLICA VALLEJO, MARÍA CONCEPCIÓN MEDINA, LEOPOLDO LEAL Y PABLO CRUZ denunciaron que el edil ha cometido abusos de poder como irregularidades en las convocatorias del Cabildo así como en el manejo de recursos públicos. Se le acusa de favorecer a una cuñada con compras del Ayuntamiento.

ACUSACIONES GRAVES VS JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA

En la solicitud de juicio político en contra del presidente municipal de Maravatío, se señalan causales de extrema gravedad que pueden desembocar en que el congreso del estado lo destituya de sus funciones, pues entre otras, los regidores lo acusan de:

PRIMERA.- VIOLACIÓN SISTEMATICA DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALE DEL DISTRITO FEDERAL (FISMDF)

Consistente en el subejercicio y observaciones de las obras que se detallan en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015.

15-D-16050-14-1076-06-001 Pliego de Observaciones

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 7, 137,085.04 (Siete millones ciento treinta y siete mil ochenta y cinco pesos 04/100 M.N.).

Con recursos del FISMDF 2015, el municipio pagó 11 obras por 18,529.1 miles de pesos, que no se encuentran operando, en virtud de que 9 de ellas están inconclusas y 2 de ellas fueron terminadas pero están en abandono, asimismo no presentó evidencia de la aplicación de penas convencionales de 9 de las 11 obras, ni los convenios modificatorios que ampararan el atraso en la terminación de las mismas.

15-D-16050-14-1076-06-002 Pliego de Observaciones

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 18, 529,129.98 (Dieciocho millones quinientos veintinueve mil ciento veintinueve pesos 98/100 M.N.)

SEGUNDA.-VIOLACIÓN SISTEMATICA DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA FERIA MARAVATIO 2016 Y DIVERSOS PRECEPTOS LEGALES.

Se aprobó un presupuesto de $8, 500,000.00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) Mediante acta de cabildo número 4, de fecha 29 veintinueve de febrero del 2016, dos mil dieciséis, punto 4 del orden día (Presentación y en su caso aprobación del proyecto de Feria Maravatío 2016).

Posteriormente, se aprobó en calidad de préstamo la cantidad de $1, 900,000.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N),  para realizar pagos pendientes con proveedores para el evento Feria Maravatío 2016. (Acta de Cabildo número 6, de fecha 15 quince de abril del 2016 dos mil dieciséis, punto quinto.- Exposición de avance de los trabajos de la Feria Maravatío 2016).

Sin embargo, dichos contratos y/o servicios derivados de la contratación de artistas que formaron parte del elenco de la citada feria; renta de equipos de audio e iluminación, de lonas, etc., no fueron autorizados por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Maravatío, Michoacán.

Siendo que es requisito indispensable para ello lo previsto en los siguientes preceptos legales del Reglamento Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Maravatío, Michoacán:

TERCERA.- VIOLACIÓN SISTEMATICA DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA FERIA MARAVATIO 2017 Y DIVERSOS PRECEPTOS LEGALES.

Al contratar al artista conocido como MARCO ANTONIO SOLIS, de la que se advierte que varios artistas anunciaron sus presentaciones en la Feria Maravatío 2017.

Desconocen porque se pagó el anticipo del Buki, cuando ni siquiera se habia autorizado el presupuesto de la misma feria.                 También no se sabe: ¿de dónde se pagó el anticipo de ese artista? ¿Quién lo pago? ¿Cuánto se le pagó como anticipo? ¿Cuáles eran las cláusulas del contrato?

Por lo que toca a los contratos y/o servicios derivados de la contratación de artistas que formaron parte del elenco de la citada feria; renta de equipos de audio e iluminación, de lonas, etc., tampoco fueron autorizados por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Maravatío, Michoacán.

CUARTA.- VIOLACIÓN SISTEMATICA      A LA LEY DE LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO.

Desde el inicio de la administración que preside JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA, Presidente Municipal, por indicaciones de él mismo, el municipio no ha cumplido con las obligaciones contenidas tanto en la anterior Ley de Transparencia del Estado, ni en la actual; tan es así que en la única evaluación que en su momento hizo el Itaimich (ahora IMAIP), el municipio de Maravatío, obtuvo un resultado de 0.84%
Además, de que no ha constituido el Comité de Transparencia a que está obligado y tampoco actualiza la información correspondiente a las obligaciones de transparencia que debe actualizarse por lo menos cada tres meses.

QUINTA. VIOLACIÓN SISTEMATICA DEL ARTICULO 55 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE OBRA, PÚBLICA, ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE MARAVATIO, MICHOACÁN.

Debido a que son reiteradas las ocasiones en que Presidente JOSÉ LUIS ABAD BAUTISTA, ha autorizado diversos requerimientos de diversos materiales para algunas direcciones de la administración municipal de Maravatío, Michoacán. Siendo uno de sus proveedores del Ayuntamiento, LAURA LUGO ARRIAGA, con domicilio fiscal en calle Obregón número 198, colonia Centro de Maravatío, Michoacán, con RFC LUAL660813Q83, quien es cuñada del mismo alcalde.

En el documento de denuncia y solicitud de juicio político, hay otras tres violaciones graves en las que ha incurrido el edil y para su desgracia, todas las violaciones están debidamente sustentadas con probanzas indubitables, las que seguramente originarán que el congreso del estado destituya a este alcalde cacique.

En otra entrega comentaré para ustedes las implicaciones políticas que tiene la acción del congreso y la correlación de fuerzas políticas, empero, es muy importante señalar que cualquier fuerza política que pretenda defender a este cacique de pacotilla, saldrá lastimado política y moralmente.