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JOSE MARIA CAZARES SOLORZANO, ES ACUSADO POR EL  AHORA EX VISITADOR REGIONAL DE APATZINGAN MICHOACAN

En su carta, el ex funcionario  MTRO FRANCISCO FLORES, tambien acusa al Seguro Social de Michoacán, por violación al derecho a la salud. Se sabe que la Comisión Nacional de Derechos Humanos ya hizo el desglose de la queja y turnará al Congreso de Michoacán, esta grave violación cometida por el Presidente de la Comisión Estatal, principal responsable de velar por que los derechos humanos no se violen.


El Texto de la queja es el siguiente:

 

C. DR RAUL PLACENCIA VILLANUEVA
PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PRESENTE:

Uruapan, Michoacán a veinte de junio de dos mil doce.

FRANCISCO JAVIER FLORES RAMIREZ, Mexicano Mayor de edad, por mi propio derecho, señalando para recibir todo tipo de notificaciones personales en la calle de Diagonal cósala 7, Colonia Jardines del Pedregal Segunda sección en Uruapan, Michoacán, C.P. 60050, teléfono  cel.  452-54-5-76-17, ante usted con el respeto merecido expongo:

Por medio del presente ocurso, solicito la invaluable intervención de este H. Organismo, a su digno  cargo, para que se digne a recibir la presente queja, que formulo frente al C. JOSE MARIA CAZAREZ SOLORZANO, en cuanto Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán; La presente queja también la presento frente a los CC. LICS  SERGIO ANTONIO GARCIA REYES, en su calidad de Coordinador Administrativo y Mtro. ALEJANDRO CARRILLO OCHOA en su Calidad de Contralor Interno de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán, queja que  la hago extensiva  a éstos y por haber participado en los hechos y abstenciones en los actos que adelante se indicaran; la presente queja es también en contra de quien o quienes resulten responsables o les resulte cita con motivo de la presente.

Desde luego la presente queja también es por violación al derecho a la salud y también va encausada frente el Instituto Mexicano del Seguro Social, personal medico, administrativo y hospitalario del IMSS, Instituto Mexicano del Seguro Social, clínica 76 y Hospital de Zona 8 y a los que les resulte intervención por que solo me limitan la vigencia de derechos hasta el 26 de julio de 2012, no obstante que no estoy recuperado al 100% de mi operación de Columna sino un 50% según se vera mas adelante, a más que,  estoy en sin concluir mis terapias físicas y medicas además de consultas medicas para revalorización, y la correspondiente determinación del grado de incapacidad a que en términos de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social y Ley Federal del Trabajo tengo; motivo por el cual solicito el desglose correspondiente.

MEDIDAS CAUTELARES CON DE URGENCIA EXTREMA:

Solicito se  digne a decretar medidas cautelares urgentes, por esa violación de mis derechos humanos y a la salud misma y que se pone en riesgo de quedar  parapléjico o cuadro clínico semejante  por falta de terapias y atención medica oportuna y profesional; lo anterior es dado que la presente queja también es por violación al derecho a la salud y también va encausada frente el Instituto Mexicano del Seguro Social, personal medico, administrativo y hospitalario del IMSS, Instituto Mexicano del Seguro Social, clínica 76 y Hospital de Zona 8 y los que le resulten intervención, por virtud de limitarme hasta el día 26 de julio de 2012, para el ejercicio de mis derechos como asegurado, no obstante que estoy aun en un 50% de recuperación y no se me ha practicado resonancia magnética ni se han agotado mis terapias de recuperación, amén de que cuento con incapacidad vigente, y requiero una nueva valorización, y al no hacerlo así se me violan mis derechos en forma inminente  a partir ya del día 27 de julio del presente año donde ya no podre contar con el servicio medico que requiero, ello esta siendo provocado por El “defensor de derechos Humanos en Michoacán, que no es no es ni derecho, ni es humano.

Con el objeto de no quedar desprotegido en cuanto a las violaciones a mis derechos humanos por parte de las responsables, desde estos momentos INSISTO EN SOLICITAR decrete esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos MEDIDAS CAUTELARES URGENTES A FIN DE QUE SE  ME SIGA BRINDANDO EL SERVICIO MEDICO Y HOSPITALARIO NECESARIO y sin restricciones dada la incapacidad para desempeñar un empleo que tengo y que me imposibilita físicamente para obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa;  MEDIDAS CAUTELARES URGENTES en las que  se requiera a el Presidente de La Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán, Responsable garantice mis percepciones durante el lapso que dure la presente investigación por las razones antes aludidas, así mismo que se me cubran los días de vacaciones del primer periodo 2012 y demás percepciones para el sostenimiento familiar ya que llevo desde el 01 de junio y hasta la fecha que no recibo remuneración alguna o percepción alguna no obstante estar incapacitado, incapacidades que no se me han cubierto por el IMSS, a virtud de que  La Comisión Responsable signo convenio en el sentido de que el IMSS se abstuviera de pagar incapacidades a los empleados YA QUE CORRESPONDERA A LA COMISION DE LOS DERECHOS HUMANOS MICHOACAN (CEDH),  CUBRIR AL 100% DICHAS INCAPACIDADES, sin embargo la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Michoacán se ha negado en pagarme  hasta la fecha esas incapacidades, bajo el argumento de que se me cubrió el 30 y 31 (incapacidades con mi salario), sin embargo el resto de incapacidades se ha negado rotundamente a cubrirlas, argumentando  la “baja” en el empleo, a mas de que dicho Presidente se comprometió a garantizar mi derecho a la salud y no ha hecho nada al respecto; lo que independientemente del motivo de la “BAJA” y la palabra del señalado es un Derecho Humano elemental de todo trabajador.

VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS HECHOS RECLAMADOS:

DISCRIMINACIÓN, derivada de a).  LA BAJA DEL EMPLEO DE VISITADOR REGIONAL DE DICHO ORGANISMO ESTANDO INCAPACITADO DESDE EL 30 DE MAYO DE 2012 Y HASTA LA FECHA (ofrezco como medio de prueba, copia integra  de mi expediente clínico que obra en el hospital de zona 8 y en la clínica 76 del IMSS, en Uruapan,  Michoacán y desde luego copia certificada de la impresión de incapacidades contenidas en los resultados de consulta de histórico OCI), y  b). Documental pública de mi expediente personal que obra en las oficinas de la Comisión Responsable, de la que se advierte, LA NO INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL Y LEGAL QUE EN DERECHO HUMANO ME CORRESPONDE, dado que a los visitadores relevados de Zamora, Uruapan, Zitácuaro y Morelia  (cuyos expedientes ofrezco como medio de prueba) si los indemnizo y se les dio ciertas canonjías entre otras, con una compensación de un mes de salario que les siguió cubriendo después de “relevados” y no estaban incapacitados medicamente como lo estoy ahora,  sin embargo al suscrito pese  ha estar incapacitado medicamente, me “relevo institucionalmente” pese ha estar incapacitado medicamente, no se me cubrió ningún concepto por indemnización constitucional o por despido o “relevo” como le llamo, distinguió donde no debió distinguir máxime que es un protector y defensor de los derechos humanos que no fue ni derecho ni humano con el suscrito pese a mi desempeño en mi encargo; violentando además la garantía de legalidad y seguridad en cuanto a mi estabilidad en el empelo y las garantías de seguridad social dado mi estado de salud y la enfermedad y/o riesgo profesional que curso, de conformidad a lo dispuesto por los numerales 1 y 123 de la Constitución General de la Republica .

VIOLACION al Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, “Protocolo de San Salvador” y que determinara esta H Comisión Nacional de los Derechos Humanos;

VIOLACION al derecho del trabajo el cual incluye la oportunidad de obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa a través del desempeño de una actividad lícita libremente escogida o aceptada;

VIOLACION a la estabilidad en el empleo del suscrito como trabajador, esto en cuanto al cargo de Visitador Regional con sede en Apatzingán, Michoacán de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; Violación al derecho de una indemnización por años de servicio, indemnización por despido injustificado conocido como “relevo institucional”; violación las vacaciones pagadas, así como la remuneración de los días feriados nacionales;
VIOLACION AL DERECHO A LA SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL, negativa a cubrir la atención médica al subsidio en casos de accidentes de trabajo o de enfermedad general, así como dejarme desprotegido de La Seguridad Social dadas las Secuelas del Cuadro clínico que sigo cursando, privándome de la atención medica y de la pensión que en su caso corresponda;

VIOLACION A LA PROTECCION DE DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS Y FALTA DE PROTECCION en el empleo y en cuanto defensor de los derechos humanos, y que obedeció a esa falta de protección a la amenaza que sufrí vía telefónica del crimen  el 28 de mayo de 2012 a las 16:50 horas y 19:10 horas, que dio como resultado  que se contara con un identificador en dicha visitaduría  pero como premio a dicho amenaza sobrevino el “relevo” realizado por las responsables en el que no respeto el Pacto de San Salvador (PACTA SUNT SERVANDA), dado que  el Presidente responsable, argumenta y va argumentar al responder la presente queja  que el relevo es facultad que la ley le confiere, por si fuera poco gira  OFICIO  DE BAJA POR RELEVO INSTITUCIONAL  al C. Ing. Vicente Trujillo Méndez Director de Recursos Humanos del Gobierno del Estado de Michoacán, según el MOVIMIENTO DE PERSONAL fechado el 31 de mayo y recibido el 01 de junio de 2012 y que lo signa la responsable PRESIDENTE DE LA COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, MICHOACAN hoy autoridad responsable;

RECLAMANDO DESDE LUEGO  COMO VIOLACION A MI DERECHO HUMANO A LA SALUD EN ATENCION A QUE, No menos grave resulta LA BAJA EN EL SERVICIO MEDICO DEL IMSS a partir del 01 de Junio de 2012, siendo que me encontraba incapacitado por el IMSS para el empleo y además en proceso de REHABILITACION, MEDICADO, CON TERAPIAS FISICAS, CONSULTAS PENDIENTES MEDICAS y recuperación de OPERACIÓN DE COLUMNA  CON MOTIVO DE ACCIDENTE DE TRABAJO y, en la actualidad solo cuento con una vigencia de derechos hasta el 26 de julio de 2012.

VIOLACION A LA INTIMIDAD PERSONAL, DAÑO MORAL, deducido de los anteriores hechos , a mas de que conforme a un BOLETIN de prensa  OFICIAL  del Área de Comunicación Social de la CEDH (Comisión Estatal de los Derechos Humanos  Michoacán)  de prensa manejo ( cuando dio a conocer mi relevo la CEDH) mi relevo Institucional sin ni siquiera  publicar mis logros y alcances  en el tiempo que  desempeñe mi encargo en la Visitaduría Región Apatzingán;  ocasionado también con dicho acto daño moral también sumado a los anteriores actos violatorios de derechos humanos enunciados  y reclamados a las responsables, y que se deducen del respeto por sí mismo, de la propia conciencia,  de la propia imagen, del cuidado de ésta, del buen nombre que tengo, el prestigio, de mi esfera de privacidad, de calidad de vida, de crecimiento interior, el suscrito en cuanto persona ofendida por la agresión pública experimentada y sufrida, ya que  la reflexión sobre el daño moral y el Derecho del Trabajo ha de empezar, necesariamente, por el universo de la persona, situándola aquí y ahora (el hic et nunc de los romanos) y es que con motivo del daño moral  de que soy victima.

RECLAMO EL DAÑO MORAL,, en consecuencia SOLICITO se determine en resolución de la presente queja que el Presidente de la CEDH MICHOACAN, me ofrezca y me de una disculpa pública, además de que dicha disculpa se publique en los medios digitales, escritos o impresos, televisivos y radiofónico, en los que manejo el “ relevo del suscrito” incluyendo en la pagina oficial de la CEDH Michoacán, por las razones antes anotadas y delicadas de discriminación por encontrarme incapacitado para el empleo y no respetar mi derecho a la salud ni a mi persona al soslayar mis cualidades y aciertos en mi desempeño como visitador regional en dicha Comisión, reclamando  desde luego como violación a los derechos humanos que determine se me violentaron además de los antes enunciado y que considere esta COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS QUE SE ME HAYAN VIOLENTADO, en atención a la narración de la presente queja y de mas datos que se obtenga de la investigación, con apoyo en lo previsto en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), en su artículo, Artículo 63.1  y 63.2.  Que establecen que: 63.1. Cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados.  Dispondrá asimismo, si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada.

63.2. En casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas, la Corte, en los asuntos que esté conociendo, podrá tomar las medidas provisionales que considere pertinentes.  Si se tratare de asuntos que aún no estén sometidos a su conocimiento, podrá actuar a solicitud de la Comisión.

Y es que de acuerdo a mi designación o nombramiento como Visitador, inicio a partir del 01 DE MAYO DE 2010,  fecha en que ingrese a LABORAR EN LA COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS COMO VISITADOR REGIONAL CON SEDE EN APATZINGAN MICHOACAN. Desempeñándome con probidad y eficiencia en dicha institución sobre todo en una época inédita para la región de Tierra caliente como fueron los años 2010, 2011, y primeros cinco meses del 2012 en cuanto a violaciones a derechos humanos se refiere, sobre todo en cuanto a fuerzas federales que se incremento y se le dio puntual recepción y remisión de las mismas. Mis ultimas percepciones  que reclamo:

$   11,251.50         COMO PAGO DE NOMINA DEL GOBIERNO DEL ESTADO, a la quincena
9,334.46         PAGO DE NOMINA DE LA COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.   
(Ésta cantidad se depositaba por la institución a la tarjeta de nomina a la quincena)
$   20,585.96         LA SUMATORIA ANTERIOR ARROJA POR QUINCENA
20,585.96         SEGUNDA QUINCE
6,500.00       QUINCENALMENTE  COMISION POR HERRAMIENTAS DE TRABAJO.
(Ésta cantidad se depositaba en la cuenta personal del suscrito)
$   47,671.92       (CUARENTA Y SIETE MIL SEISIENTOS SESENTA Y UNO 92/100 M.N.)LA PERCEPCION MENSUAL APROXIMADA CON LA QUE CONTABA.

Aunque de acuerdo a la información que  se me proporciono por el Coordinador Administrativo, para que rindiera mi declaración final  de situación patrimonial de los servidores públicos, y que rendí el 28 de junio de 2012, se advierte que mi sueldo lo era de  $ 50,468.70 (CINCUENTA MIL  CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 70/100 M.N) al mes, por lo cual me reservo el derecho del ejercicio de la acción correspondiente ante las instancia judiciales y administrativas por la ilegal retención de salarios en detrimento de mi patrimonio salarial.

El día 30 de mayo de 2012, a un mes de gozar de mi primer periodo vacacional y (precisamente ese día en que sufrí las consecuencia de mi retorno a trabajar el 22 de mayo de este año) con incapacidad para el desempeño de mi función, es cuando recibí una llamada del Contralor Interno de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, en la que se me citaba a las  11:00 al día siguiente para que me presentara con el Presidente de la Comisión  a fin de que recibiera  diversas instrucciones.

Motivo por el cuál   A las 11:00 del 31 de Mayo de 2012, acudí a las oficinas de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán, en la que fui informado por su José María Cázares Solórzano que a partir de esa fecha quedaba relevado de mi cargo de visitador en Apatzingán, Michoacán, era un relevo institucional, me daría una carta de recomendación, se me daría una compensación significativa, (mínima para lo que legal me corresponde) que el movimiento ya lo tenia programado desde antes pero que se antepuso mi operación de columna y, como consideraba que ya había transcurrido tiempo necesario era momento del relevo,  le argumente que todavía no estaba bien, es mal había sufrido una recaída, que estaba medicado y también por otro lado también, por primera vez, había sido amenazado por la delincuencia, dado que en esa semana había recibido amenaza de la delincuencia y que al respecto ya había enviado oficio a TELMEX y al coordinador administrativo responsable poniéndolo en conocimiento, sin embargo inmutable ante ello solo el presidente solo se limito que se haría cargo, pero que su decisión estaba tomada y,  esa era la instrucción y que como inferior que era la acatara y pasara al área administrativa y con el contralor interno a que les  firmara diversa documentación entre ellas la notificación de su decisión irrevocable, no entendió razones,  por tanto en cuanto a fui notificado por el Contralor Interno de la Comisión del oficio P/051/2012 de Presidencia, signado por el Presidente de la Comisión Estatal de Los derechos Humanos Michoacán  que  “con esta fecha concluye su encargo como visitador regional de Apatzingán…” por lo que  se me Solicito entre otras cosas preparar y realizar la entrega recepción correspondiente, motivo por el cual acate todas y cada una de sus instrucciones al pie de la letra, he de expresar que ese “relevo” realizado por las responsables no respeto el Pacto de San Salvador (PACTA SUNT SERVANDA) ya que  el Presidente responsable argumenta y va argumentar al responder la presente queja  que el relevo es facultad que la ley le confiere, y para dar cumplimiento a sus instrucciones de “relevo” giro   OFICIO  DE BAJA POR RELEVO INSTITUCIONAL al C. Ing. Vicente Trujillo Méndez Director de Recursos Humanos del Gobierno del Estado de Michoacán, según el MOVIMIENTO DE PERSONAL fechado el 31 de mayo y recibido el 01 de junio de 2012.

Sin embargo es importante indicar que desde el día 30 de mayo y hasta la fecha  incluyendo el  día 31 de mayo del presente año en que fui ilegal e irregularmente relevado de mis funciones como Visitador Regional de los derechos humanos con sede en Apatzingán, Michoacán el suscrito me encontraba con una incapacidad, que inclusive esta  en mi expediente clínico y que ofrezco como medio de prueba, incapacidad que obedeció al parecer ante un riesgo de secuela esto que se confirmo de acuerdo al documento de INTERCONSULTA A ESPECIALIDAD, de fecha 30 de junio de 2012, y teniendo pendiente para el 24 de julio a las 08:00 Hrs consulta con el especialista de columnas para revalorización, quedando hasta este fecha pendientes el continuar con mis terapias mismas que se me suspendieron por  virtud del dolor que presentaba y hasta apenas el 14 de julio de  este año acabo de cumplir las primeras 10 sesiones de terapia quedando pendiente y en riesgo de que no se me proporcionen el resto de las otras 10 que completarían 20 que encomendó el especialista de columnas Mancera, ello por virtud de la conclusión de  la vigencia de mis derechos  como paciente del IMSS motivada por la baja de que fui victima, por las responsables, he de hacer notar que fui revalorado el día 19 de julio de este año, por la Dra Zaira, terapista que me asigno el IMSS, donde envió un oficio al IMSS hospital de zona 8, en el que indica que requiero adicionales a las diez proporcionadas, un promedio de 20, dirigidas en su mayoría a la columna y en segundo lugar a la pierna izquierda, las cuales podrían iniciar a partir del próximo 25 de julio

Es de señalar que el día 31 de mayo del presente año, el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, se comprometió a indemnizarme con una “compensación” (como la llamo) mejor que la que proporciono en su oportunidad  a los anteriores visitadores que relevo (ZAMORA, ZITACUARO, URUAPAN Y MORELIA por el “relevo” Institucional como le llamo  en los medios de comunicación, pero que también haría valer el que se me diera el servicio medico necesario hasta mi total recuperación, amas de cubrir unos gastos que quedaron pendientes que realice  con motivo de $ 2034.00 (DOS MIL TREINTA Y CUATRO PESOS 00/100)que se me cubrían mes a mes para gastos de caja chica de la Visitaduria; sin embargo, hasta la fecha ni se me ha indemnizado, ni se me ha garantizado el servicio medico del IMSS que se comprometió, ni ha cubierto los gastos que quedaron pendientes por fondo o caja chica que realice, por lo que considero que si a los 4 visitadores que relevo los indemnizo o “compenso  Económicamente o bien les dio un contrato por tres meses o les pago  algunas quincenas” sin embargo al suscrito no lo ha hecho por lo que considero ello como UN ACTO DE DISCRIMINACIÓN, a mas que  al haberme relevado cuando aun no  me encontraba al 100% porciento de mi capacidad motriz y de dolencias de espalda, pero no intelectual, bien pude llevar mis terapias y una vez revalorado medicamente por  el especialista en columna cuya cita lo es el 24 de julio de 2012, y que por esas fechas me corresponderían mis vacaciones del primer periodo de 2012, aunado a que jamás deje de apoyar la VisitadurÍa, pues fui el único que no tuvo observaciones en la  Visita de Contraloría Interna, y que además  mi lleve al corriente los expedientes sin rezago, y al haberme relevado estando incapacitado por el IMSS es un acto de DISCRIMINACION, además de violatorio de mis derechos humanos. Que violentan el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, “Protocolo de San Salvador”; esto por que el Presidente argumenta facultades de la ley y reglamento que rige la a la comisión en clara flagrancia al PACTA SUNT SERVANDA, ya que como garante de los derechos humanos en Michoacán,  debe de ajustarse a dicho protocolo de San salvador en su Artículo 4 que establece que “No podrá restringirse o menoscabarse ninguno de los derechos reconocidos o vigentes en un Estado en virtud de su legislación interna o de convenciones internacionales, a pretexto de que el presente Protocolo no los reconoce o los reconoce en menor grado.”. En su artículo 6 que establece el Derecho al Trabajo  “7.2. Los Estados partes se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo, en especial las referidas al logro del pleno empleo, a la orientación vocacional y al desarrollo de proyectos de capacitación técnico-profesional, particularmente aquellos destinados a los minusválidos.  De igual suerte el dispositivo 7 respecto de las Condiciones Justas, Equitativas y Satisfactorias de Trabajo, como lo precisa dicho protocolo en los incisos del dispositivo 7. “. una remuneración que asegure como mínimo a todos los trabajadores condiciones de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus familias y un salario equitativo e igual por trabajo igual, sin ninguna distinción; b. el derecho de todo trabajador a seguir su vocación y a dedicarse a la actividad que mejor responda a sus expectativas y a cambiar de empleo, de acuerdo con la reglamentación nacional respectiva; c. el derecho del trabajador a la promoción o ascenso dentro de su trabajo, para lo cual se tendrán en cuenta sus calificaciones, competencia, probidad y tiempo de servicio;  d. la estabilidad de los trabajadores en sus empleos, de acuerdo con las características de las industrias y profesiones y con las causas de justa separación. En casos de despido injustificado, el trabajador tendrá derecho a una indemnización o a la readmisión en el empleo o a cualquier otra prestación prevista por la legislación nacional; y h. el descanso, el disfrute del tiempo libre, las vacaciones pagadas, así como la remuneración de los días feriados nacionales.  El dispositivo 9 de dicho pacto que concede el Derecho a la Seguridad Social al precisar: 1. Toda persona tiene derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez y 2. Cuando se trate de personas que se encuentran trabajando, el derecho a la seguridad social cubrirá al menos la atención médica y el subsidio o jubilación en casos de accidentes de trabajo o de enfermedad profesional y, cuando se trate de mujeres, licencia retribuida por maternidad antes y después del parto. En consecuencia  el dispositivo 10 Derecho a la Salud 1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. Pacto que es de recordarle a las responsables  fue Suscrito en San Salvador, El Salvador, el 17 de noviembre de 1988, en el decimoctavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General) ENTRADA EN VIGOR: 16 de noviembre de 1999 y en México el 16 abril 1996.

Es importante poner de manifiesto que 1). APROXIMADAMENTE EL LA PRIMER SEMANA DE  03 MAYO DE 2011, ESTANDO EN MI OFICINA EN LA COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, VISITADURIA REGION APATZINGAN DONDE SOY VISITADOR, ME RESBALE POR ANDAR EN LAS CARRERAS ANTE EL EXCESO DE TRABAJO QUE TENIA EN ESAS FECHAS MOTIVO POR EL QUE ME PEGUE EN EL COXIS, SIN EMBARGO SEGUI TRABAJANDO AL SIGUIENTE DIA SENTI DOLERS FUERTES EN MI ESPALDA BAJA, QUE ERAN INTENSOS, LO QUE MOTIVO QUE ME TOMARA UNA RESONANCIA MAGNETICA, CON EL DR MIGUEL ANGEL BRIONES PEREZ, EN URUAPAN MICHOCAN,(PARTICULAR), DETECTANDOME OSTEOCONDROSIS LUMBOSACRA INCIPIENTE, APRECIANDO DISCOPATIA DEGENERATIVA Y TEMPRANA DISTAL A L2, ABULTAMIENTO LEVE EN UNIDAD DISCAL L4-L5 Y HERNIA CONTENIDA L5-S1 POSTEROCENTRAL, CON LEVE CONTACTO AL SACO DURAL, HOY SIN COMPROMISO. EN AQUELLA OCASION FUI ATENDIDO CON UN MEDICO PARTICULAR QUE CONTROLO MI DOLOR.

2. SEGUI MI TRABAJO EN APATZINGAN MICHOCAN, SIN EMBARGO SE ME ACENTUO AUN MAS EL DOLOR , POR LO QUE  A PRINCIPOS DE ENERO DE ESTE AÑO 2012, Y COMO NO CONTABA  CON CREDENCIAL ADIMSS  NI CARTILLA DEL IMSS POR NO TENER TIEMPO PARA TRAMITARLA, ES QUE FUE EL 26 DE ENERO DE ESTE 2012 LA TRAMITE, EN LA CLINICA 76 EN URUAPAN QUE ES MI DOMICILIO FAMILIAR, YA QUE LA MAYOR PARTE ME LA PASO EN MI REGION EN APATZINGAN MICHOCAN, HECHO LO ANTERIOR SAQUE CITA EN EL CONSULTORIO 9 QUE ME CORRESPONDE EN EL TURNO VESPERTINO SIENDO CITADO EL DIA VIERNES 27 PARA QUE ME REVISRA  MI MEDICO FAMILIAR,  SIN EMBARGO POR LA SATURACION NO SE ME ATENDIO ESE DIA SINO SE ME MANDO A OTRO CONSULTOTIO AJENO AL MISMO EN EL QUE ME DIJERON QUE LO MIO NO ERA URGENTE QUE SOLO ERA PARA ATENDER DIABETICOS O IPERTENSOS, AL REFERIRLES DEL DOLOR ME DIJERON QUE SI MEDOLIA LA ESPALDA ENTONCES FUERA A URGENCIAS  O BIEN ME PRESENTARA EL 28 DE ENERO SABADO A QUE ME REVISRA UN DOCTOR Y EL ME ENVIARA SI ERA NECESARIO AL ESPECIALISTA EN COLUMNAS DEL HOSPITAL GENERAL DE ZONA 8, POR LO QUE SE MEDIO CITA LAS 12:10 CON EL MEDICO DE GUARDIA DE LA CLINICA 76, QUIEN ESE DIA LLEVABA A SU HIJA A DICHO HOSPITAL Y NO ME ATENDIO A LA HORA, SINO TUVIERON QUE PASAR MAS DE 45 MINUTOS DESPUES DE LA HORA NO POR QUE TUVIERA PACIENTES SINO QUE ESATABA DANDO UN DOMICILIO DE CLINICAS PARTICULARES DONDE PODRIAN SER ATENDIDOS LOS PACIENTES QUE ME ANTECEDIERON, FINALMENTE ME RECIBIO Y LE REFERI MI PROBLEMA A LO QUE EL DISPUSO QUE  SE ME DIERA UN PASE SUPUESTAMENTE CON EL ESPECIALISTA EN COLUMNA DEL HGZ 8 EN URUAPAN, QUE PASARA POR EL MISMO Y A LA VEZ ORDENO SOLO SE ME TOMARAN UNAS PLACAS RAIOGRAFICAS ANTE DE IR CON EL ESPECIALISTA EN COLUMNA, PARA ESO ME RECETO ENTRE OTRAS COCASA LO QUE SE CONOCE COMO BALIUM ENTRE OTROS MEDICAMENTOS QUE NO ME FUNCIONARON.

3. LA CITA CON EL ESPECIALISTA EN COLUMNA SE SEÑALO HASTA EL DIA 7 DE MARZO DE ESTE 2012 A LAS 10:00, EN EL HOSPITAL GENERAL DE ZONA 8 DE URUAPAN, MICHOCAN, SIN EMBARGO NO FUI ATENDIDO SINO DOS HORAS DESPUES DEBIDO A QUE EL DR RENATO HIDALGO RODRIGUEZ LLEGO TARDE A SU TRABAJO, PERO ADEMAS DICHO DOCTOR NO ES ESPECIALISTA EN COLUMNA COMO SE ME HABIA INDICADO SI NO QUE ES DE ORTOPEDIA Y TTAUMATOLOGIA  Y NO DE COLUMNAS, YA QUE AL PARECER EL DESTRINO DE QUE NO ME ATENDIERA DICHO ESPECIALISTYA EN COLUMNAS OBEDECIO A UNA INSTRUCCION VERBAL DEL DOR DE APELLIDOS PEREZ SANDI QUE ES DIRECTIVO ENTRE SEMANA, AL QUE FUI A BUSCAR PARA QUE ME EXPLICARA Y NO ME RECIBIO, POR LO QUE REGRESE CON EL DR HIDALGO A QUE ME REVISRA Y, AL REVISARME Y REVISAR LAS PLACAS DE RAYOS X Y LA RESONSNACIA MAGNETICA DETERMINO QUE MI PADECIMIENTO ERA TRATABLE CON TERAPIAS, LAS CUALES ME REMITIO A LA CIUDAD DE MORELIA MICHOCAN, QUE ME FUERA HAYA.

4, ME FUI A MORELIA MUY TEMPRANO PERO EL DIA NUEVE DE MARZO DE ESTE 2012, AL HOSPITAL GENERAL REGIONAL 1 CON SEDE EN MORELIA PARA TRAMITAR LO DE MI TRATAMIENTO DE TERAPIAS, ESOS SI CON MIS PROPIOS RECURSOS ECONOMICOS POR  LO QUE NO SE ME DIERON VIATICOS EN EL INSTITUTO DE URUPAN, A MAS QUE ESE DIA APROVECHARIA PARA TOMAR UN CURSO SOBRE TRAMITE DE LA QUEJA QUE LA MISMA CNDH IMPARTIO POR CONDUCTO DEL LIC VALDERRAMA; AL ACUDIR A DICHO HOSPITAL FUI REGAÑADO POR LA RECEPCIONISTA DE ATENCION AL PACIENTE DE QUE POR QUE URUAPAN MANDA SIEMPRE A SUS PACIENTES SI EXISTE LA CLINICA 81 EN URUAPAN QUE DA ESE SERVICIO, MOTIVO POR EL CUAL NO ME CANALIZARON, Y YA ME REGRESE A MI CURSO EN EL QUE ESTUVE SENTADO DESDE LAS 09:00 A HASTA LAS 14:15 HORAS.

5. AL REGRESARME HACIA MI REGION APATZINGAN YA NO PUDE LLEGAR PUES INICIE CON DOLORES FUERTES, EN MI COLUMNA Y CINTURA LO QUE SE CONOCE COMO CUADRIL, Y PEDI A MIS COMPAÑEROS ME CUBRIERAN POR EL DOLOR QUE INICIABA A SENTIR.

6. RESULTA QUE FUE COMO A LAS 03:00 DEL DIA 10 DE MARZO EN QUE UN DOLOR FUERTE EN MI ESPALDA PERO COMO SI SE TRATARA DE INFLAMACION DEL NERVIO CIATICO  ME DESPERTO Y YA NO ME DEJO DORMIR, POR LO QUE  AMANECIENDO Y SIN PODER MOVERME ME TRALADE AL AREA DE URGENCIA DEL HGZ8 DEL IMSS EN URUAPAN DONDE FUI ATENDIDO POR EL DIRECTOR DE FINES DE SEMANA QUE ME RECIBIO Y PARA MITIGAR EL FUERTE DOLOR  ORDENO ME INYECTARAN UN “COTAIL” COMO LE LLAMO LO QUE SE HIZO EN EL PASILLO DE URGENCIA  DESDE LAS 10:00 APROXIMADAMENTE HASTA LAS 19:00 HORAS, LO QUE ME DEBILITO, PERO ME INFORMO QUE LOS FINES DE SEMANA NO CUENTAN CON ESPECIALISTA EN COLUMNA QUE YO DEBIERA DE PERMANECER AHI HASTA EL LUNES  12 DE MARZO, INFORMANDOME QUE YA EL DR DE GUARDIA HABIA EXTENDIDO UNA INCAPACIDAD POR UN DIA ES DECIR POR EL DIA 10 DE MARZO MAS NO POR EL RESTO, POR LO QUE LE DIJE QUE EN ESAS CONDICIONES NO PODIA PERMANECER HASTA ESOS DIAS, POR LO QUE SIN DARME DE ALTA ME RETIRE SOLO  Y PRACTICAMENTE SEDADO EN UN TAXI YA QUE AL SIGUIENTE DIA DOMINGO ME TENIA QUE INCORPAROAR A TRABAJARA APATZINGAN, SIN EMBARGO, EL DIA DOMINGO NCE TENIA YO QUE VIAJAR ES QUE ACUDI CON LA DRA PARTICULAR ROCIO DIAZ  GUTIERREZ A QUE ME REVISRA Y ME RECETO DEXOBION EN AMPOYETAS POR TRES DIAS CADA 24 HORAS Y TREMECOX TABLETAS. LO QUE  ME AYUDO A SOPORTAR Y ESTABILIZAR MI DOLOR.

7. EL DIA JUEVES 15 DE MARZO DE 2012 ME TUVE QUE REGRESAR A URUAPAN POR QUE SEGUIA SIN AGUANTAR EL DOLOR Y PARA EL DIA 16 DE MARZO DE 2012 ACUDI A LA CLINICA 81 EN URUAPAN, PARA VER LO DE MIS TERAPIAS SIENDO ATENDIDO DOS HORAS DESPUES POR UNA ENFERMERA QUE SE APIADO DE MI DOLOR Y LE PREGUNTE QUE PASABA CON EL PERSONAL DE TERAPIA Y ME DIJO QUE ELLOS TIENEN DOS HORAS PARA ALIMENTOS Y QUE EN ESE TIEMPO NO SE ATIENDE A NADIE, PERO QUE MEDABA COMO FECHA PARA  MIS TERAPIAS EL DIA 03 DE ABRIL DE 2012,, A LO QUE ME INCONFORME Y ACUDI CON EL DIRECTOR DE DICHO HOSPITAL 81 Y ME ACOMPAÑO A VER  POR QUE TAN DISTANTE LA FECHA Y DIA DE TERAPIA, Y YA DESPUES DE HABLAR CON LA DRA ENCARGADA, ME EXPRESO QUE YA HABIA LOGRADO HABRIME UN ESPACIO PARA QUE ME DIRAN LAS TERAPIAS ORDENADAS Y PASARA CON LA DRA ENCARGADA DE SERVICIO DE MEDICINA FISICA Y REHABILITACION, QUIEN AL REVISRAME ME DIJO QUE NO CONTABA CON EL INSTRUMENTAL ADECUADO DICHA CLINICA 81, YA QUE SOLO LAS TERAPIAS SON DE REHABILITACION DE PEQUEÑAS LUXACIONES O TOQUES ELECCTRICOS QUE EN NADA ME BENEFICIARIAN EN MI PADECIMIENTO DE COLUMNA QUE NO SABIA POR QUE MORELIA  NO ME ACEPTO PERO POR INDICARSELOS SUS SUPERIORES ME ACEPTABA APARTIR DE LAS TRES DE LA TARDE DE DEL DIA 20 DE MARZO, Y POR DIEZ DIAS  PERO ME RECOMENDABA QUE SI ERA MI URGENCIA DE TERAPIAS ME FUERA AL DIF MUNICIAL DE URUAPAN QUE AHI SI T ENIAN MEJOR SERVICIO, PERO QUE ADEMAS PASARA CON MI  MEDICO FAMILIAR HABER QUE ME RECETABA PARA MI DOLOR  Y QUE LE PIDIERA UNA INCAPACIDAD POR LAS TERAPIAS, PERO ADEMAS LA DR ME MANDO A SACAR UNA COPIA DE LA ORDEN DE ESAS TERAPIAS POR QUE NO  ME HABIAN DADO UNA IMPRESION MAS, A LO QUE LE SOLICITE  A LA SEÑORITA SI ME HACIA FAVOR DE SACAR UNA COPIA PERO ME DIJO QUE NO PODIA QUE ESE DOCUMENTO ME LO DEBIO DE HABER DADO  EL DOCTOR PERO QUE CAMINARA 4 CUADRAS ENTRE LOTES BALDIAS Y AHI SCABAN COPIAS A  DOS PESOS POR HOJA, COSA QUE HICE.

8. ANTE ELLO ACUDI AL DIF MUNICIPAL DE URUAPAN EL 16 DE MARZO DE 2012 A SOLICITAR ME DIERAN TERAPIAS FIJANDOME LOS DIA LUNES MARTES Y MIERCOLES DURNATE UN MES  SIN MAYOR PROBLEMA.

9. ANTE TALES IRREGULARIDADES PRESENTE QUEJA ANTE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS AL O18007152000, VIA TELEFONICA.

10. DESPUES DE LA QUEJA PRESENTADA RECIBI UNA SERIE DE LLAMADAS DE MEXICO DEL IMSS A FIN DE QUE ME REVISARA A)UN ESPECIALISTA EN COLUMNAS QUE ESTARIA  EN EL AREA DE URGENCIAS Y SE ME VALORARA, Y EN SU CASO PARA QUE A ME DIERAN UN PASE DE REFERECNIA O CONTRA REFERENCIA O EN SU DEFECTO LA SUBROGACION DEL SERVICIO MEDICO, Y B) SE ME MITIGARA EL FUERTEDOLOR QUE ´RESENTO DICIENDO QUE INMEDIATAMENTE ME ATENDERIAN EN URGENCIA Y SE ME VALORARIA; SIN EMBARGO NO SE ME DIO PASE DE REFERENCIA O CONTRA REFERENCIA NI SUBROGACION DE SERVICIO, SIN EMBARGO NO SE ME ATENDIO INMEDIATAMENTE COMO SE ME DEJO PESE A QUE  LES INFORME QUE NO PODIA MANEJAR PARA DESPLAZARME Y QUE EN TODO CASO ENVIARIA A MI ESPOSA A QUE SACARA MI FICHA O CITA  Y DE AHI ME TRAZLADARIA, LO QUE ACEPTARON, LLEGUE A LPROXIMADAMENTE A LAS 7:10 DE LA NOCHE A URGENCIA SIENDO ATENDIDO HASTA UNA HORA APROXIMADAMENTE DESPUES, FUI ATENDIDO POR EL DR HORACIO AVALOS DE GUARDIA, QUIEN ORDENO UNA TOMOGRFIA  A PETICION MIA PERO DIO LA INSTRUCCION DE QUE SE ME INGRESARAA PISO CON UNA DOTACION DE RANITIDINA, DICLOFENACO, DIACEPAN, METAMIZOL, DEXANETAZONA, SIN EMBRAGO YO LE INDIQUE QUE PASABA CON EL DR EN COLUMNAS Y SE ME DIJO QUE LO ERA EL DR MANCERA QUE ES DE MORELIA MICHOACAN Y QUE SEGUN YA SE LE HABIA AVISADO PERO QUE ME TENDRIA QUE ESPERAR POR 8 HORAS Y EN ESE LAPZO EL VENDRIA A VALORARME O MBIEN SE PROCEDERIA POR EL DIRECTOR DEL NOCTURNO DE NOMBRE

FRANCISCO CAMPOS AL PARECER,  NO SE PRESENTO, PERO ADEMAS FUI ENGAÑADO DE QUE IRIA EL DR ESPECIALISTA EN COLUMNAS QUE NUNCA TAMPOCO LLEVO, AL LLEVARME LA UNA ENFERMERA DE URGENCIAS HACIA LA TOMA DE RADIGRAFIA ME IMPACTO CONTRA UNA CAMILLA DONDE ESTABA UNA PACIENTE DE LA TERCERA EDAD ESTO HASTA EN DOS OCASIONES, A LO QUE LE DIJE QUE POR QUE NO ME LLEVABA EL CAMILLERO, INFORMANDOME QUE DE CINCO NO SE PRESENTARON CUATRO Y NO HABIA QUIEN PERO QUE ESTABAN AUXILIANDO  LOS DE INTENDENCIA QUIENES ME LLEVARON A RADRIOGRAFIA Y ADEMAS ME SUBIERON A PISO POR EL LAPSO DE OCHO HORAS MIENTRAS LLEGABA EL ESPECIALISTA EN COLUMNAS QUE EL DR CAMPOS SOLICITARIA,, ESO SI LOS DE INTENDENCIA NO CONTABAN CON LOS UNIFORMES DE HIGIENE REQUERIDOS, CABE SEÑALAS QUE A LAS 0:40 HORAS LLAMO A MI CEL LA LIC YESICA RODRIGUES DEL IMSS MEXICO DICIENDOME QUE LE DIERA OPORTUNIDAD DE QUE SE ME VALORARA A LO QUE NO TUVE OBJECION, YA QUE TRAIA DOLOR INTENSO Y ME URGIA POR MI COLUMNA, SIN EMBARGO LLEGADA LAS CUATRO DE LA MAÑANA DEL DIA DE HOY DOMINGO 18 DE MARZO Y CUMPLIDOS LAS 8 HORAS DE ESPERA NO ARRIBO EL ESPECIALISTA EN COLUMNA PARA QUE ME VALORARA, NMOTIVO POR EL CUAL LED INDIQUE QUE ENTONCES ME  RETIRARIA, A LO QUE ME INDICO UNA MEDICO INTERNO QUE SE DIJO LLAMR MONICA  GUILLEN RODRIGUEZ  QUE NO SALDRIA A MENOS QUE LE FIRMARA UNA ALTA VOLUNTARIA DESLINDANDO AL HOSPITAL DEL IMS ZONA 8 DE MI SALIDA DE LO CONTRARIO NO ME DEJARIA IR ESTO POR INSTRUCCIONES DE UN DR CARLOS CAMPOS  MEDICO DE GUARDIA DE NOCHE, QUE YA LE HABIA DICHO QUE NO LLEGO EL DR ESPECIALISTA EN COLUMNA POR LO QUE NO ME DEJARIN IR, ANTE ELLO LE DIJE A LA MEDICO INTERNISTA QUE POR QUE HACIA A LO QUE SOLO SE LIMITO A SEÑALAR QUE ELLA ERA SOLO MEDICO INTERNISTA Y QUE SI LA DEMANDABA NO SERIA LA UNICA DEMANDA QUE TENDRIA QUE SI QUERIA HASTA SU NOMBRE Y TELEFONO ME  DECIA TOTAL UNA DEMANDA MAS AL IMSS NO ERA NOVEDAD; ANTE ESA ACTITUD FUE QUE ME RETIRE A LASCUATRO DE LA MAÑANA EN UN TAXI DEL HOSPITAL ZONA 8 A MI DOMICILIO EN URUAPAN, NO SIN ANTES SOLICITARLE AL DR DE GUARDIA DE LAS 04:00 DE LA MAÑANA ME QUITARA EL SUERO POR QUE ME RETIRABA A LO QUE ME INDICO EL DR CAMPOS QUITESELO USTED YO NO SE HACER ESO Y NO ES MI FUNCIÓN.

11. FINALMENTE  FUE A LAS 12:00 HORAS APROXIMADAMENTE RECIBI UNA LLAMADA 5553747100 DEL IMMS MEXICO EN LA QUE DE NUEVA CUENTA ME SOLICITABAN LES EXPLICARA EL CALVARIO QUE HE RECIBIDOS A CAUSA DEL DR PEREZ SANDY Y DEL DR HIDALGO QUE A DETONADO EN UNA INFECICIENCIA EN LA PRESTACION DEL SERVICIO, PERO ADEMAS DE QUE ME DEBO DE REICORPORAR AL AREA DE URGENCA A REVALORARME POR EL DR JESUS ZARATE DIRECTOR DE FIN DE SEMANDA QUE HA ESTADO AL PENDIENTE CUANDO SE LE HA REQUERIDO Y CON EL COMPROMISO DE QUE HABLARIAN CON EL DR PEREZ SANDY, EL DR HIDALGO  Y EL DR FRANCISCO CAMPOS, DR CARLOS CAMPOS ASI COMO EL DR MANCERA ESPECILISTA EN COLUMNAS Y ELDIRECTOR DE LA CLINICA 81 URUAPAN Y DRA DE MEDICINA FISICA Y DE REAHABILITACION.

AUN PRESENTO DOLOR Y ADORMILAMIENTO EN MI PARTE INFERIOR EZQAUIERDA (PIERNA Y PIE)

De acuerdo a la RESONANCIA MAGNETICA DE 20 DE MARZO DE 2012 que se me practico es clara en indicar que mi problema de columna consiste en: A) UNA RECTIFICACION LUMBAR, B) ESCOLIOSIS IZQUIERDA, C) L3 Y L4 (compresión vertebras) DEGRENERACION Y ABULTAMIENTO DISCAL CENTRAL, CON FISURA DE ANILLO FIBROSO Y D) L5-SI DISMINUCION DE ESPACIO ARTICULAR, IRREGULARIDAD DE PLATILLOS VERTEBRALES, DEGENERACION Y EXTRUCCION DISCAL CENTRAL POSTEROLATERAL, PRESENTA FRACMENTO MIGRADO CAUDAL EL CUAL COMPRIME LA EMERGENCIA RADICULAR IZQUIERDA DE SI. (Se trata de la hernia discal que se solicitaba su operación urgente), siendo que fui operado por el IMSS pero solo corrige el inciso C QUE REFIERE LA RESONANCIA MAGNETICA es decir solo un 50% de mi problemática por tanto:

1.    Es de mencionar que el día 18 de marzo de 2012, el Dr. de Jornada acumuladas como se les conoce al director de fines de semana (Zarate Hernández) nos comunico vía telefónica con la LIC YESICA RODRIGUEZ DEL IMSS MEXICO donde pedía que le informáramos que estábamos siendo atendidos por dicha dirección a lo que accedimos a fin de que se brindara el servicio, lo que así hicimos, después de la amenaza de abandono del tratamiento que dice prevé la Ley del IMSS y que indico vía telefónica la citada RODRIGUEZ, ese mismo día el personal medico y hospitalario de jornadas acumuladas ya habían aleccionado a la medico Residente o Internista  MONICA  GUILLEN RODRIGUEZ de que firmara un documento en el que informara a sus superiores en el sentido de que el suscrito la amenace y una serie de cuestiones inverosímiles, como que tenia de testigo a  un paciente a un costado de mi que estaba sedado, o bien de un paciente que seria operado y que también estaba dormido al igual que su familiar. Esto ante la negativa de que el suscrito me negué a firmar un alta voluntaria que anexo a la presente.

2.    Ese día 18 de marzo del presente año, al reincorporarme al IMSS Hospital de Zona 8 en Uruapan, Michoacán, todo transcurrió con calma es mas se hablo con un DR HERNANDEZ, un DR LOPEZ  Y ZARATE, a fin de que el día martes 20 de marzo se comprometían a que el Dr. CHRISTIAN MANCERA especialista en columna me revisaría pero que tendría que permanecer en el hospital hasta que eso sucediera lo que acepte.

3.    Sin embargo para mi sorpresa el día 19 de marzo del presente año se me envió con carácter de urgente para cirugía de columna a Morelia Michoacán, al parecer con una firma  signada por DR GUSTAVO G PEREZ SANDI L cuya firma es ilegible en dicho documento que adjunto y digo al parecer puesto que esa no es la firma de dicho directivo según me informaron en trabajo social de Morelia con posterioridad.

4.    Ese envió del suscrito hacia Morelia, Michoacán, obedeció a que sentían amenazados EN EL IMSS URUAPAN en su trabajo por la presencia de un Visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos ya contaban con recomendaciones fuertes de la CNDH y aun sabiendo que en Morelia esta sobresaturado el servicio medico, clínico y hospitalario ya que solo funciona IMSS CAMELINAS  y solo funcionan de 9 salas de operaciones solo 4 únicamente, y sabiendo la carencia de recursos que presenta el IMSS y aun y cuando en Uruapan se cuenta en el Hospital 8 con el Especialista en Columnas Dr. Christian Mancera, fui enviado a Morelia Michoacán, esto a fin de seguir burocratizando también el servicio, protegerse de la CNDH, y desde luego la grilla interna que traen médicos y directivos tanto de entresemana, como de jornada acumuladas con  el Dr. Perezsandi y este con ellos y su personal de hospitales enfermeras, secretarias y médicos lo que afecta gravemente la prestación del servicio en perjuicio de los derecho habientes en cuanto a su derecho humano legitimo que lo es la salud, ante ello ruego que esta CNDH investigue quien firmo mi traslado a Morelia Michoacán ya que fue para solo lavarse las manos.

5.    Ese día 19 de marzo llegue a Morelia , Michoacán Hospital General de Zona I, con mi esposa Jaqueline, a bordo de ambulancia del IMSS a eso de las 16:20 p.m. ingresado a urgencia y sentado en unas sillas de acero y aluminio que se encuentran en dicho lugar. Fui recibido entre un mar de derecho habientes que se encontraban en urgencia en su mayoría de la tercera edad, en donde lo primero que nos hacían era canalizarnos en las venas a todos por igual por parte de PRACTICANTES DE ENFERMERIA, quienes nos lastimaban continuamente, fui llevado a con un coordinador de traumatología que reviso mi resonancia magnética, inmediatamente se me envió a tomar una radiografía lumbar, de ahí se me sustrajo sangre sin explicarme para que era esa extracción de sangre, enseguida arribaron elementos de seguridad privada del IMSS Morelia y con palabras altisonantes corrieron a mi familiar (esposa) que me acompañaba diciéndole que  no podía estar en urgencias, y ni siquiera en la sala de espera ya que había mucha gente y que ellos  se encargarían de que no estuviera ni siquiera en ese lugar por que ahí no era para que se quedaran a dormir que buscara un hotel pero que ahí no los querían,ante ello me enoje y le dije a los elementos que entonces me retiraría y mi esposa me dijo que no, que mejor ella se iba para evitar mas problemas y que el IMSS , no fuera a creer que se abandonaba el tratamiento, fue por lo que me quede, tanto médicos y de seguridad me ordenaron me sentara en esas sillas de acero y aluminio de urgencia,  sitio en el que dure mas de 27 horas sentado, inclusive a las 02:20 aproximadamente de la madrugada del día 20 de marzo le envié  dos mensaje de texto al celular oficial de la abogada NANCY DUARTE de la CNDH, donde le hacia del conocimiento de dichas irregularidades, lo que se hizo del conocimiento a enlace de CNDH en IMSS.

6.    Una vez que me quede solo advertí como estaba sobresaturado el servicio, a las personas de la tercera edad las sentaban en las mismas sillas de acero, faltaba espacio, camillas, se tuvo que vaciar una bodega con sillones de piel deteriorados para atender tanto paciente, NADIE daba información a los pacientes ni a sus familiares de su estado de salud, por la noche se escuchaban quejidos de personas de la tercera edad a las que les decían que no hicieran escandalo y se callaran, a aquellos que se nos regresaba la sangre hacia el suero, nos las regresaban jalando un seguro plano q con los que cuentan los sueros y se sentían dolores intensos cada que hacían ello, pero además al hacerlo taponaban la vena y continuamente nos canalizaban, y las enfermeras del IMSS solo se reían y decían “ deja te regreso tu moronga” o bien “hay o ay o ayayay”, no mostraban respeto a los pacientes,  una señora Paola de Táncitaro, Michoacán que iba en shock, la cual, viajo con el suscrito en la misma ambulancia de Uruapan a Morelia, era golpeada en la cabeza por los enfermeros para que le dijera su nombre, constantemente, en cada cambio de guardia nos preguntaban solo los enfermeros, nuestros nombres, tomaban la presión  y temperatura, no se nos daban alimentos, ni siquiera agua, por que decían que no había, los médicos solo se encerraban en sus cubículos y no informaban nada a los pacientes.

7.    Ya en el transcurso de la mañana informe a mis superiores de la CEDH, MICHOACAN, la deficiencia en la prestación del servicio, quienes se comunicaron a la CNDH, para informar de ello, se suscito un temblor y médicos y enfermeras corrían espantados y NO fuimos los pacientes informados ni protegidos ante dicha eventualidad, si no se nos dejo temerosos y a nuestra suerte, por que no se siguieron medidas de prevención que involucraran a los pacientes.

8.    Seria como la una de la tarde cuando ya no aguante mas mi dolor que se complico por que solo traía una bata delgada y ante el inmenso frio de la noche y del día que hacia en el interior de urgencias es que solté el llanto de impotencia, pedí hablar con los directivos los cuales no se presentaron, solicite hablar con el coordinador de traumatología el DR RAMIREZ, a quien le hice del conocimiento mi dolor y desesperación informándome que hasta esos momentos no tenia ni siquiera conocimiento de que estuviere yo ahí, en ese momento recibí dos llamadas una del IMSS OFICINA CENTRAL quienes me preguntaban como me estaban tratando y les informe que mal y les explique todo lo anterior y le dije que se habían lavado las manos en Uruapan; a la hora y media apareció molesto un directivo que ordeno se me practicara una nueva resonancia magnética ya que la que lleve era de hacia casi un año, pero que ese servicio me costaría por que el IMSS no lo tiene en eso intervino otro medico que dijo que ya habían hablado del IMSS y que yo era Visitador de Derechos Humanos, a lo que de inmediato me trasladaron al CENTRO UNION en ambulancia que subrogaron, en esos mismos instantes me preguntaron por mi familiar, les informe que lo habían corrido seguridad publica y médicos, enseguida arribo el Dr. de la CEDH, Y DOS VISTADORES compañeros en Morelia Michoacán, quienes previo  a su arribo al ver que se identificaron como personal de CEDH MICHOACAN, fue entonces que me sentaron en un sillón de piel deteriorado que se encontraba en urgencias y de ahí me llevaron  hacer la resonancia magnética nueva.
9.    MI PROBLEMÁTICA NO SOLO ES UNA OPERACIÓN DE COLUMNA SI NO QUE, CONFORME A LA RESONANCIA MAGNETICA DE 20 DE MARZO DE 2012 SE ESTABLECE: A) UNA RECTIFICACION LUMBAR, B) ESCOLIOSIS IZQUIERDA, C) L3 Y L4 (compresión vertebras) DEGRENERACION Y ABULTAMIENTO DISCAL CENTRAL, CON FISURA DE ANILLO FIBROSO Y D) L5-SI DISMINUCION DE ESPACIO ARTICULAR, IRREGULARIDAD DE PLATILLOS VERTEBRALES, DEGENERACION Y EXTRUCCION DISCAL CENTRAL POSTEROLATERAL, PRESENTA FRACMENTO MIGRADO CAUDAL EL CUAL COMPRIME LA EMERGENCIA RADICULAR IZQUIERDA DE SI. (Se trata de la hernia discal que se solicitaba su operación urgente).  Como se vera es una serie de problemas que presento en mi columna.

10.    Fui revisado junto con la resonancia magnética por un DR BARRON, al parecer quien me informo de la gravedad de mi problema que inclusive se requeriría de una serie de tornillería que el IMSS no proporcionaría por falta de recursos, posteriormente se retiro, al siguiente día se presento el DR RAMIREZ Y EL JEFE DE SERVICIOS GENERALES Y DE TRABAJO SOCIAL PARA INFORMARME QUE EL DIA 22 DE MARZO SERIA OPERADO DE MI COLUMNA ESTO ENTRE LAS DIEZ Y LAS ONCE DE LA MAÑANA, se me realizo cruce la sangre, se tomo electro cardiograma etc.; se me pidió donadores, los cuales proporcione, OPERACIÓN QUE NUNCA SE REALIZO, llegada las 14:00 horas aproximadamente, llego un DR MUNGUIA O MURGUIA, MOLESTO CONMIGO diciéndome que no me conocía y que además, él no me operaria aunque lo obligaran sus superiores ya que el tenia muchos compromisos, que si el Dr. Barrón me reviso a él le correspondía operarme y sin mas se retiro, para eso esa madrugada del día 22 de marzo de este año regreso a Morelia mi esposa y ya le indique que fuera con el DR RAMIREZ A QUE LE INFORMARA QUE PASABA, A LO QUE ESCUCHO A LOS DOS DR BARRON Y MURGUIA O MUNGUIA DISCUTIENDO MOLESTOS Y PREDISPUESTOS DE MI AOPERACION YA QUE A QUIEN HABRIAN DE INTERVENIR SE TRATAVA DE UN VISITADOR DE DERECHOS HUMANOS Y QUE ELLOS NO  LO HARIAN.

11.    Ante esta irregularidad solicite hablar con el DR RAMIREZ a quien le informe de mi preocupación de dicha problemática que surgió  por tratarse de un paciente de CEDH Michoacán, Y QUE DESDE MI PERSPECTIVA YA NO ERA CONVENIENTE QUE ELLOS ME OPERARAN, PUES PONIAN EN RIESGO, MI SALUD PERO ANTE TOD MI VIDA, MOTIVO POR EL QUE LE REALICE DOS PROPUESTAS 1) SUBRROOGARA MI OPERACIÓN A UN PARTICULAR O 2) SE ME OPERARA EN URUAPAN CON EL DR DE COLUMNAS MANCERA, PARA QUE NO HUBIERE PROBLEMA, PERO DANDOLE TODO EL MATERIAL QUE DICHO GALENO REQUIRIERE PARA MI OPERACIÓN TORNILLERIA O LO QUE SE REQUIRIERE Y QUE DESDE LUEGO FUERA SUBIDO A PISO POR EL DOLOR QUE SEGUIA AGUDIZANDOSEME, POR LO QUE DICHO DR RAMIREZ ACEPTO LO SEGUNDO Y COINCIDENDO CON EL SUSCRITO, MOTIVO POR EL QUE ESE MISMO DIA  22 REGRESE EN AMBULANCIA A URUAPAN, MICHOCAN A LAS 20:30 HORAS SITIO EN QUE DE NUEVA CUENTA INICIO LA PUGNA Y MOLESTIA POR MI LLEGADA, SIENDO SUBIDO A PISO HASTA LAS 01:30 DEL DIA SIGUIENTE A PISO lo que le informe a un subdirector DR HERANDEZ Y AL DR LOPEZ traumatólogo, quienes me dijeron que no entendían porque me habían trasladado a Morelia si ya se había acordado que me revisaría el DR MANCERA EL MARTES 20, indicándoles que lo ignoraba, mencionando ellos que hiciéramos borrón y cuenta nueva que no me preocupara; fue así que me quede internado durante el fin de semana en el que sufrí maltrato como paciente y deficiencia en la prestación del servicio de salud al grado de que tanto el personal medico como hospitalario se encontraba predispuesto con mi presencia; durante el fin de semana una enfermera de nombre Marisol se durmió y se le paso el horario de mi medicina otro enfermero de nombre julia de jornada CUMULADA a cargo Dr. Zarate, le informe que me sentía mareado, a lo que este me respondió “ tiene miedo”, motivo por el cual me moleste y pedí hablar con el Dr. López, en ese llego una medico residente o interna que me informo que ella estaba a cargo ahora ya que no se encontraba el Dr. López ya que eran las 8 de la noche y ya había salido, solicite hablar con el Dr. Zarate directivo de jornada acumulada y se me indico que tampoco se encontraba pero que me dijera que “estaba en una Institución publica no en un hospital privado que me atuviera a lo que había” a lo que le indique que no pedía privilegios sino simplemente respeto y atenciones debidas indicándole inclusive que por que no estaban  tanto el Dr. y el director, solo me indico la Dra. INTERNA que ya habían salido, a lo que les informe que si todavía no eran las once de la noche para que se retiraran a ese servicio me refería

12.    Finalmente el lunes 26 recibí la visita a media mañana del DR MANCERA quien estudio mi problemática Y ME DIJO QUE ERA MUY CUMPLEJA , CONFORME A LA RESONANCIA MAGNETICA DE 20 DE MARZO DE 2012 refiere: A) UNA RECTIFICACION LUMBAR, B) ESCOLIOSIS IZQUIERDA, C) L3 Y L4 (compresión vertebras) DEGRENERACION Y ABULTAMIENTO DISCAL CENTRAL, CON FISURA DE ANILLO FIBROSO Y D) L5-SI DISMINUCION DE ESPACIO ARTICULAR, IRREGULARIDAD DE PLATILLOS VERTEBRALES, DEGENERACION Y EXTRUCCION DISCAL CENTRAL POSTEROLATERAL, PRESENTA FRACMENTO MIGRADO CAUDAL EL CUAL COMPRIME LA EMERGENCIA RADICULAR IZQUIERDA DE SI. (Se trata de la hernia discal que se solicitaba su operación urgente) INFORMANDOME EL DR  MANCERA QUE me afectaría mas la tornillería que se me pudiere colocar y que el solo DESDE SU PUNTO DE VISTA Y EXPERICIENCIA PROFESIONAL ME OPERARIA DE LA COLUMNA DE LA HERNIA DISCAL EN L5-SI Y DEL FRACMENTO MIGRADO CAUDAL EL CUAL COMPRIME LA EMERGENCIA RADICULAR IZQUIERDA DE SI. LO QUE REPRESENTA UN 50% DE MI PROBLEMÁTICA DE COLUMNA Y el resto es decir el otro 50% dependería de las OPORTUNAS TERAPIAS QUE ME BRINDARA EL IMSS, así que me pregunto que SI ME QUERIA OPERAR A LO QUE LE INDIQUE QUE SI ME OPERABA, SIENDO PROGRAMADO PARA LAS 08:00 HRS DEL 28 DE MARZO DE 2012.

13. Fui operado el 28 de marzo de 2012, con una duración de 3 horas, al siguiente día 29 de marzo el DR MANCERA ME solicito me para a dar unos cuantos pasosa para ver si me daba de alta, camine 12 pasos, con dolor y dificultad y me dio de alta cuestionándome delante del subdirector Dr. Hernández que si se había corregido con la operación mi molestia por la que ingrese, le dije que si en parte ya que aun tenia  CONFORME A LA RESONANCIA MAGNETICA DE 20 DE MARZO DE 2012 A) UNA RECTIFICACION LUMBAR, B) ESCOLIOSIS IZQUIERDA, C) L3 Y L4 (compresión vertebras) DEGRENERACION Y ABULTAMIENTO DISCAL CENTRAL, CON FISURA DE ANILLO FIBROSO, por lo que mi tratamiento solo lleva un 50% conforme me lo indico previa a la operación, lo que significa que existe un 50% que el IMSS no ha resulto mi problema inicial solo en parte ya que va a depender de las terapias que me las BRINDEN PUNTUAL Y OPORTUNAS PARA MI REHABILITACION YA QUE AL FINAL DE LAS MISMAS HABRIA QUE PACTICARSEME UNA NUEVA RESONANCIA MAGNETA A FIN DE DETERMINA QUE ESE 50% QUE RESTA PARA MI CORRECTA RECUPERACION  SE HA REALIZADO POR PERSONAL MEDICO DEL IMSS, es de hacer destacar la perfecta empatía entre paciente y DR MANCERA QUIEN ME DIO SIEMPRE TARTO DIGNO Y HUMANO Y FUE QUIEN DIO LA CARA POR EL IMSS  la que permitió la realización de mi operación con éxito y sin mayores complicaciones, solo algunos dolores y adormecimientos de ambas extremidades (piernas) y molestias en la espalda, motivo por el cual insisto en la admisión y tramite e investigación de la presente queja ya que seguiré en tratamiento por lo que resta el 50% de mi problemática.

14. PARTE DE ESTOS HECHOS  MOTIVARON QUE EL 21 DE MAYO DE 2012 SE ADMITIERA LA QUEJA DEL SUSCRITO FRENTE AL IMSS, POR LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, CORRESPONDIENDOLE EL NUMERO CNDH/1/2012/4275/Q, LA CUAL ESTA EN TRAMITE.

Después de es viacrucis, y desesperado de inactividad física en mi oficina, mas no intelectual pues seguido tenia comunicación con mi personal para dar instrucciones del manejo de la visitaduría, ello por sentido de responsabilidad, ya que vía telefónica  le informaba a mi personal el como el que y el cuando de la forma de sobre salir en el dibujo infantil que de 327 de 2011, este año logre 2 500 dibujos, ello siguiendo los lineamientos mi personal que le trazaba vía telefónica, e inclusive coordine la firma de convenio por 3 años con presidentes municipales de mi región de tierra caliente y que signo el presidente de la CEDH con presidentes municipales de mi región, mantenía informado vía telefónica pese a estar incapacitado al Presidente de la CEDH y Contralor de la CEDH de los acontecimientos de la región entre ellos la Violación a Derechos Humanos del Presidente Municipal de Tepalcatepec, Michoacán, que fue golpeado por policías del estado de Jalisco en territorio michoacano y a dos cuadras aproximada de su oficina, durante mi incapacidad medica se realizó visita por parte de contraloría a mi oficina Regional en Apatzingán, sin que existiere observación alguna, durante la entrega recepción realizada el 6 de junio de 2012, se entregaron 120 expedientes de los cuales el 90% aproximadamente estaban resueltos y solo un 10% aproximadamente estaban en tramite, no había rezago ni pendientes significativos.

Quiero decir que, si bien regrese de mi incapacidad medica post operatoria de columna  el 22 de mayo de 2012, inmediatamente me avoque a continuar con mi trabajo en la Visitaduría Regional de los Derechos Humanos en Apatzingán, Michoacán y pese a que el médico me indico que no permaneciera tanto tiempo sentado, yo seguía trabajando en mi escritorio  en los expedientes, así como realizando actividades propias de mi función, pero sufrí una recaída el 30 de mayo de 2012, un día antes de iniciar mis terapias indicadas por el medico especialista en columnas, terapias que tuve que suspender por el intenso dolor lumbar, y que me mantuvo medicado hasta la fecha, e inclusive se me realizo una radiografía, en cuanto a las  terapias,  no las pude realizar por el dolor insoportable que presentaba  sino hasta el día 3 de julio de este año realizando solo 10 sesiones de 20 que estaban ordenadas por el especialista en columna, y el IMSS ordeno una nueva valorización previa las continuidad de sesiones, Valorización que determina que se realicen otras 20 sesiones ha la columna y  ambas piernas y mas la izquierda, sesiones que iniciaran el día 26 de julio, justo el día en que vence mi extensión de servicio medico del IMSS por la baja de que fui victima a partir del 31 de mayo del presente año por el Presidente de la CEDH MICHOACAN  y que como ya se indico mi problema solo fue resuelto en un 50% con la operación de columna, motivo por el cual acudo  ante esta H. Comisión Nacional de derechos Humanos aponerles  a sus muy distinguidas consideraciones DR RAUL PLACENCIA VILLANUEVA, RESUELVA LA PRESENTE QUEJA SALVAGUARDANDO MIS DERECHOS HUMANOS VIOLENTADOS Y QUE SOLICITO LA INTERPRETACION PROPERSONA Y QUE ME FAVOREZCA DESDE LUEGO, ( pacta nunt servanda.)

SINCERA Y FRATERNALMENTE

MTRO EN J.A FRANCISCO JAVIER FLORES RAMIREZ