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•El contrato de adhesión utilizado con los consumidores debe estar registrado ante Profeco y hasta el momento únicamente pueden operar bajo este esquema 21 proveedores.

•Se ha detectado el uso de publicidad engañosa para ofrecer estos servicios, así como el incumplimiento de obligaciones por parte de los proveedores en contra de los consumidores.

La Procuraduría Federal del Consumidor informa que ha detectado irregularidades en la operación de algunas empresas de autofinanciamiento, por lo que recomienda a los consumidores tener mucho cuidado al contratar este tipo de servicios.

Cabe recordar que el autofinanciamiento es un sistema de comercialización de bienes o servicios conformado por grupos de consumidores que aportan periódicamente sumas de dinero para ser administradas por un tercero (el proveedor), por  lo que las compañías de autofinanciamientos no otorgan préstamos ni créditos y por lo tanto no pueden ofrecer dinero en efectivo.

En este momento, la Profeco está investigando algunos proveedores que comercializan con contratos de adhesión que no cumplen con las disposiciones legales vigentes en materia de autofinanciamiento establecidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor y en el Reglamento de Sistemas de Comercialización publicado en marzo de 2006, ya sea que utilizan contratos de adhesión que no se encuentran registrados ante esta instancia o que estando registrados, modifican el clausulado en perjuicio de los consumidores.

Por esta razón, la Procuraduría ha iniciado procedimientos administrativos y de publicidad engañosa en contra de proveedores registrados y no registrados, además de que sigue recibiendo las quejas que presentan los consumidores afectados, mismas que se les da el cauce que establece la Ley y las normas vigentes.

Cabe aclarar que al ser procedimientos abiertos, esta institución se encuentra impedida para dar a conocer detalles sobre los casos que se siguen, sin embargo, una vez que se concluyan estos y en estricto apego a la transparencia impulsada por el gobierno federal, se darán a conocer las resoluciones alcanzadas.

De la misma manera, la Profeco realiza visitas aleatorias de verificación para constatar que en los diversos establecimientos que ofrecen los servicios de autofinanciamiento cumplan con la normatividad vigente y en caso de no ser así, iniciar los procedimientos por infracciones a la Ley que correspondan a fin de sancionar dichas prácticas.

Actualmente el sector de autofinanciamiento ocupa el noveno lugar en reclamaciones ante la Profeco y prueba de ello es que tan solo en 2011 ingresaron 2 mil 734 quejas, mientras que de  enero a julio del presente año, se han recibido mil 936, siendo los principales motivos de reclamación la negativa del proveedor a: rescindir el contrato, la entrega del bien o servicio y la devolución de las cantidades abonadas.

Derivado de lo anterior, entre 2011 y 2012 se han concluido 139 procedimientos por infracciones a la ley en contra de diversos proveedores, con un monto total de multas al cierre de julio, por 13 millones 212 mil 066 pesos.

De la misma manera, la Profeco ha iniciado procedimientos por publicidad engañosa en contra de empresas de autofinanciamiento por hacer ofrecimientos que no corresponden a la naturaleza del contrato de adhesión registrado ante ella.

Por lo anterior, se exhorta a los consumidores a que antes de contratar un servicio de este tipo sigan las siguientes recomendaciones:

1.Consultar el número de quejas en contra del proveedor y asegurarse que tenga su contrato de adhesión registrado ante Profeco, conforme a la normatividad vigente (la fecha del registro del contrato debe ser posterior a marzo de 2006), ya que existe la obligación por ley de tener dicho registro para poder operar. Esta información se puede consultar en http://burocomercial.profeco.gob.mx/BC/faces/inicio.jsp.

2.Leer detenidamente el contrato de adhesión antes de firmarlo, ya que en él se establecen los derechos y obligaciones de los contratantes, así como las penas en caso de retraso en los pagos o cancelación anticipada del servicio.

3.Exigir por escrito los mecanismos de adjudicación, así como los requisitos y tipos de garantías que se deben presentar como condición para la adjudicación del bien o servicio.

4.Tener precaución ante la publicidad que utilice frases como “sin requisitos”, “sin garantías” o “sin aval”, ya que todo lo que se promete debe establecerse por escrito en el contrato.

De la misma manera, se recuerda que los principales derechos que tienen los consumidores en materia de autofinanciamiento son los siguientes:

•Previo a la contratación, el proveedor deberá poner a disposición del consumidor el manual del consumidor y entregarle un resumen del mismo.

•Recibir en cualquier momento toda la información sobre los requisitos y tipo de garantías que deberá presentar para que le sea adjudicado (entregado) el bien o servicio.

•Que no se modifiquen durante la vigencia del contrato los términos y condiciones del mismo, en especial: el número de cuotas periódicas totales; el monto, condiciones y periodicidad de los pagos; la tasa de interés; los requisitos para la adjudicación del bien o servicio; así como las penas convencionales.

•Recibir en su domicilio un estado de cuenta trimestral, salvo que se requiera de forma mensual.

•A cancelar el contrato sin responsabilidad alguna, durante los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma, salvo que haya participado en algún evento de adjudicación.

•A ser atendido, respecto de las dudas y comentarios del funcionamiento y operación del sistema de autofinanciamiento, en un plazo no mayor de 5 días hábiles posteriores a su solicitud.

•A que las penas convencionales que, en su caso, deba pagar por cancelación o rescisión del contrato y por incumplimiento de subasta, no excedan de tres aportaciones periódicas.

Para operar conforme a la ley, los proveedores de servicios de autofinanciamiento deben contar con autorización de la Secretaría de Economía, así como registrar su contrato de adhesión ante la Profeco. Para conocer cuáles son actualmente las únicas empresas que cumplen con ambos requisitos se puede visitar la página http://www.consumidor.gob.mx/wordpress/?page_id=11077.

De la misma manera, para consultar y tener más información sobre el Sector  de Autofinanciamiento, se puede visitar el siguiente link del Portal del Consumidor, http://www.consumidor.gob.mx/wordpress/?page_id=8702, en donde conocerá el historial de cada empresa, así como saber si tiene registrado su contrato de adhesión ante la Profeco.

También encontrará datos sobre lo que un consumidor debe saber, recomendaciones sobre lo que se debe hacer para contratar un servicio de este tipo, además de una tabla en la que se detalla el comportamiento comercial de las 20 empresas del sector que tienen más quejas ante la Profeco.