{"id":142848,"date":"2015-06-26T08:02:34","date_gmt":"2015-06-26T13:02:34","guid":{"rendered":"http:\/\/conlupa.com.mx\/?p=142848"},"modified":"2015-06-26T08:02:34","modified_gmt":"2015-06-26T13:02:34","slug":"el-iva-en-alimentos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conlupa.com.mx\/?p=142848","title":{"rendered":"EL IVA EN ALIMENTOS"},"content":{"rendered":"<p>Gran pol\u00e9mica ha causado en la ciudadan\u00eda el \u201csupuesto\u201d anuncio del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) sobre la aplicaci\u00f3n de la tasa general del 16% del impuesto al valor agregado (IVA) a alimentos preparados; lo se\u00f1alo de tal forma, ya que el estilo de \u201clegislar\u201d del poder ejecutivo a trav\u00e9s del \u00f3rgano desconcentrado de la Secretar\u00eda de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico no es nada propio, la manera en que da a conocer las reglas administrativas previa publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, solo permite la especulaci\u00f3n en la sociedad de una informaci\u00f3n que finalmente en unos d\u00edas m\u00e1s se publicar\u00e1 seguramente; reglas que no van m\u00e1s all\u00e1 de la Ley, reglas que solo generan derechos m\u00e1s no obligaciones.<\/p>\n<p>Lo cierto es que el IVA a alimentos preparados no es nada nuevo en M\u00e9xico, el gravamen tiene una antig\u00fcedad de m\u00e1s de 15 a\u00f1os y lo que hacen ahora con dar a conocer el contenido de una regla administrativa, es lo que ya sab\u00edamos y que se encuentra en la Ley misma: la comida o alimentos preparados para su consumo que se expenden en establecimientos causan dicha carga fiscal con cargo a los consumidores. De acuerdo al contenido de dicha regla administrativa, se aclara que productos tales como: S\u00e1ndwiches o emparedados, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, tortas o lonches, incluyendo las denominadas chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs, gorditas, quesadillas, tacos o flautas, incluyendo las denominadas sincronizadas o gringas, burritos y envueltos, inclusive los denominados rollos y wraps, croissants, incluyendo los denominados cuernitos, bakes, empanadas o volovanes, pizzas, incluyendo la denominada focaccia, guisos, incluyendo las denominadas discadas, perritos calientes (hot dogs) y banderillas, hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, bocadillos (snacks), sushi, tamales, sopas instant\u00e1neas y nachos espec\u00edficamente causan el IVA.<\/p>\n<p>Que si lo que buscan es que diversas tiendas de auto servicio o conveniencia entren al \u201caro\u201d, mejor deb\u00edan hacer uso de sus facultades fiscales establecidas en el art\u00edculo 42 del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n y actuar en consecuencia con la determinaci\u00f3n de los consecuentes cr\u00e9ditos fiscales hacia este tipo de contribuyentes y no generar una incertidumbre como la existente el d\u00eda de hoy, donde deber\u00edan considerar a los complejos de cine en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Es conveniente precisar que los productos destinados a la alimentaci\u00f3n por si solos causan el IVA a una tasa del 0%, sin embargo por disposici\u00f3n expresa en Ley los alimentos preparados que se consumen en alg\u00fan establecimiento o que se preparan para llevar o los que se solicitan a domicilio son gravados con la tasa general del 16% del IVA; lo que se anuncia en la tan controvertida regla administrativa, es precisar por que tipo de alimentos s\u00ed deben pagar los consumidores el IVA cuando est\u00e9n preparados.<\/p>\n<p>Pareciera que el fisco federal va por cierto tipo de comerciantes y anuncia mediante esta medida que la misma no afectar\u00e1 a los consumidores lo cual es cierto, ya que lo que esta sucediendo con los precios de dichos productos, es que los comerciantes tendr\u00e1n una disminuci\u00f3n en sus utilidades (rentas) hasta en un 16% que es la tasa del IVA que el fisco deja de percibir v\u00eda recaudaci\u00f3n, impuesto que ya se encuentra incurrido en los precios que el consumidor paga al adquirirlos. Por otro lado se esta estigmatizando que los puestos fijos, semifijos, cocinas econ\u00f3micas, cenadur\u00edas, fondas, etc; cobrar\u00e1n al consumidor el IVA por los alimentos preparados que expendan, tal situaci\u00f3n no es as\u00ed, si \u00e9stos como contribuyentes son personas f\u00edsicas y tributan en el denominado \u201cr\u00e9gimen de incorporaci\u00f3n fiscal\u201d. Parece ser que las cosas no son como aparecen.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gran pol\u00e9mica ha causado en la ciudadan\u00eda el \u201csupuesto\u201d anuncio del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) sobre la aplicaci\u00f3n de la tasa general del 16% del impuesto al valor agregado (IVA) a alimentos preparados; lo se\u00f1alo de tal forma, ya que el estilo de \u201clegislar\u201d del poder ejecutivo a trav\u00e9s del \u00f3rgano desconcentrado de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[87],"tags":[],"class_list":["post-142848","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-escritorio-del-editor"],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/paVk9T-Ba0","jetpack_likes_enabled":false,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/142848","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=142848"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/142848\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=142848"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=142848"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conlupa.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=142848"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}