El Pleno el Congreso del Estado otorgó el ha lugar a discusión a temas como la modificación del plazo para que el Gobernador del estado presente ante el Poder Legislativo las iniciativas de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos del año siguiente; así como considerar la protección civil, así como al cuerpo de bomberos, como un servicio público municipal, estableciéndolo desde la constitución.

Los dictamen presentados por la Comisión de Puntos Constitucionales contienen las iniciativas de reforma al artículo 60 y la modificación al mismo artículo, además del contenido del artículo 123 de la Constitución Política Del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, presentadas por el Gobernador del Estado y el diputado Wilfrido Lázaro Medina, respectivamente.

En este sentido, la iniciativa impulsada por el titular del Poder Ejecutivo, plantea la posibilidad de establecer el 21 de noviembre para la presentación las iniciativas de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos del año siguiente; toda vez que la emisión del Presupuesto de Egresos de la Federación es el 15 de noviembre, una fecha posterior a la señalada en la Constitución Estatal, que es el 20 de septiembre actualmente.

Con dicha reforma, a decir del proponente al recorrer la fecha de entrega del paquete fiscal, el Ejecutivo estatal ya tendrá conocimiento de las cantidades a considerar de las transferencias federales, reforma que no contrapone a la Carta Magna ni a las leyes en la materia, esto según el dictamen aprobado en sesión ordinaria.

Asimismo, se aprobó declarar ha lugar a análisis y discusión la iniciativa presentada por el diputado Wilfrido lázaro Medina mediante la cual se establecería como una obligación del Poder Ejecutivo garantizar los mecanismos para implementar las acciones de protección civil, mitigación, auxilio y restablecimiento, para la salvaguarda de las personas, sus bienes, el entorno y el funcionamiento de los servicios vitales y sistemas estratégicos, en los casos de emergencia, siniestro o desastre.

Además, propone que toda persona tiene el derecho y la obligación de solicitar los servicios del Heroico Cuerpo de Bomberos, en situaciones de emergencia, siniestro y desastre u otras. Estos servicios se proporcionarán sin distinción de edad, raza, religión, género, condición económica y social, preferencias políticas o cualquiera otra que implique discriminación.