A partir de la reforma al artículo 20 constitucional inciso c de junio del 2008 relativo al proceso penal acusatorio oral, que entre otras disposiciones, establece 7 fracciones inherentes a los derechos de la víctima o del ofendido; así como la reforma del 10 de junio del 2011 al artículo 1° constitucional párrafo tercero, en la cual se establece la obligación de reparar las violaciones a los derechos humanos y la necesidad de contar con un instrumento jurídico que garantice la justicia restaurativa en nuestro país y así reparar integralmente a las víctimas. De dichas reformas constitucionales, se desprende la ley general de víctimas del 09 de enero del 2013 y con su adecuada reforma que le da operatividad, publicada el día 03 de mayo del mismo año, como una respuesta del estado al enorme dolor que sufre nuestro país y que responda a la demanda de garantizar la protección de las víctimas de delitos y violaciones a los derechos humanos, así como a la exigencia de sus familiares de verdad, justicia y paz.

EN MICHOACÁN

En el caso de nuestro estado, podemos mencionar como antecedente 3 iniciativas:
1.- 15 de marzo de 2012, el diputado FIDEL CALDERÓN TORREBLANCA presentó la iniciativa de Ley de Atención a Víctimas u Ofendidos de Delitos del Estado; 2.- El 20 de mayo de 2014, el titular del poder ejecutivo del estado FAUSTO VALLEJO Y FIGUEROA, envió al congreso del estado, la iniciativa de Ley de Atención a Víctimas del Delito y la Promoción de sus Derechos del Estado y 3.- El 20 de mayo de 2014, el diputado JOSÉ ELEAZAR APARICIO TERCERO, presentó la iniciativa de Ley Estatal de Víctimas del Estado de Michoacán de Ocampo. Así las cosas, el pleno de la cámara de diputados de la 72 legislatura, el 02 de diciembre del 2014 , la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Michoacán de Ocampo, publicándose en el Periódico Oficial del estado el día 10 de diciembre del 2014. La referida ley establece en su artículo 1° transitorio que el decreto, entrará en vigor en la misma fecha que señale la declaratoria que al efecto expida el congreso, para la entrada en vigor del código nacional de procedimientos penales, actualizándose la hipótesis el día 07 de marzo del 2015.

LA COMISIÓN EJECUTIVA

La referida ley, crea la figura de la “Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Michoacán”, como un organismo administrativo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, encargada de fungir como órgano operativo del sistema estatal. Dichas comisión tiene entre otras obligaciones, tres fundamentales, que son: 1.- Organizar y coordinar el funcionamiento del registro estatal de víctimas; 2.- La asesoría jurídica de atención a víctimas y 3.- El fondo de ayuda, asistencia, y reparación integral. Dicha “Comisión Ejecutiva”

QUIÉN Y CÓMO SE INTEGRA

La multireferida ley, dispone en su artículo 34 lo siguiente: Artículo 34. La Comisión Ejecutiva está integrada por tres comisionados. Contará con un Presidente que será elegido de entre sus integrantes por sus pares y presidirá por un periodo de dos años.
El titular del Poder Ejecutivo enviará al Congreso del Estado, previa convocatoria pública, una terna por cada comisionado a elegir y el Congreso elegirá por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, que durarán en su encargo cuatro años con posibilidad de reelección por una sola ocasión.

LAS TERNAS

Emitida la convocatoria pública que la ley señala como obligación al titular de ejecutivo estatal, éste envió a consideración de los diputados del congreso del estado, las siguientes ternas: Terna 1: Lic. en Comunicación SELENE LUCÍA VÁZQUEZ ALATORRE, Lic. en Derecho VERÓNICA ROMÁN VISTRAIN, Lic. en Psicología CRISOL YURITZI PÉREZ. Terna 2.- Lic. en Derecho ABRAHAM MONTES MAGAÑA, Lic. en Derecho MONSERRAT OLIVOS FUENTES, Lic. en Derecho GERMÁN RODRIGO MARTÍNEZ RAMOS. Terna 3.- Lic. en Derecho SALVADOR CEJA BARRERA, Lic. en Psicología LUCERO ISABEL ANGUIANO SALGADO, Lic. en Psicología JENNIFER REYNOSO DÍAZ. Los aspirantes a consejeros que integran las anteriores ternas, comparecieron ante los diputados de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia de la LXXII Legislatura, que integran los diputados: TALÍA VÁZQUEZ ALATORRE, CRISTINA PORTILLO AYALA, SEBASTIÁN NARANJO BLANCO, OLIVIO LÓPEZ MÚJICA Y MARÍA EUGENIA MÉNDEZ DÁVALOS, LAURA GONZÁLEZ MARTÍNEZ, ANTONIO SOSA LÓPEZ Y ELEAZAR APARICIO TERCERO.

LOS ELEGIDOS

No será la primera vez ni la última, que el congreso del estado se reparta el botín que significa la elección o designación de integrantes de los órganos constitucionales de gobierno que por ley le corresponde hacerlo, así que en caso de la “Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Michoacán”, se repetirá el “reparto democrático” designándose entre los partidos llamados “grandes” una posición para cada uno de ellos. Así las cosas, me atrevo a asegurar que los elegidos serán SELENE LUCÍA VÁZQUEZ ALATORRE de la terna 1; ABRAHAM MONTES MAGAÑA de la terna 2 y SALVADOR CEJA BARRERA de la terna 3. No pongo en tela de juicio la capacidad e idoneidad de cada uno de los señalados, sobre todo porque la vida pública y el desempeño profesional de ellos es conocida, pues tanto SELENE LUCÍA VÁZQUEZ como ABRAHAM MONTES MAGAÑA tienen una larga carrera dentro del poder legislativo.

 

CONFLICTO DE INTERÉS

Reitero, no pongo en duda la capacidad e idoneidad de los aspirantes al consejo, sin embargo, en el caso de SELENE LUCÍA VÁZQUEZ ALATORRE me parece que se presenta en primera instancia un grave “conflicto de interés”, pues por una parte, su hermana la diputada TALÍA VÁZQUEZ ALATORRE es parte de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado y de acuerdo con la ley, será parte de los diputados que evaluarán a los aspirantes y votarán para definir el sentido del dictamen que se presentará al pleno del congreso por la comisiones unidas y por otra parte, SELENE LUCÍA VÁZQUEZ ALATORRE es diputada integrante de la 72 legislatura al congreso del estado, pero con licencia y serán sus compañeros de legislatura quienes elegirán a los consejeros, lo que me parece injusto para los demás aspirantes, pues de entrada, esa circunstancia le concede una ventaja indebida sobre los demás aspirantes, sin embargo, habrá que apuntar que la ley en la materia no prohíbe que un diputado con licencia pueda ser electo o nombrado miembro de la referida comisión, empero, sí se trata de un asunto de ética y moral.

15 DIAS SIN AGUA EN JUZGADOS

Este miércoles 5 de agosto se cumplieron 15 días sin agua en los baños de los edificios de los juzgados penales ubicados en el Cereso Mil Cumbres. El personal que presta sus servicios en dichos tribunales, los litigantes así como el público en general que acude a esas instalaciones, han tenido que cruzar la carretera y hacer sus necesidades fisiológicas en las inmediaciones cerriles del centro penitenciario, a más de que los baños de los referidos edificios están atascados de excretas humanas, despidiendo un olor fétido insoportable. Hasta el momento no hay alguna autoridad que enfrente el problema y dé una solución.

14 Y 15, MOVILIZACIONES DE LA CNTE

Para que Usted vaya tomando sus precauciones, los días 14 y 15 de agosto, los militantes de la Coordinadora nacional de Trabajadores de la Educación, la llamada CNTE, realizarán movilizaciones en esta capital del estado, realizando sus respectivas manifestaciones y plantones intermitentes. Otro contingente de dicha organización gremial y política, se trasladarán a la ciudad de México a participar en sendas marchas de apoyo a la sección 22 a quien el gobierno federal sacó de la administración del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, sin embargo, habrá que medir la intensidad y la fuerza de tales movilizaciones magisteriales, pues hay que recordar que estamos en vacaciones, lo que hace presumir que no contarán con grandes y numerosos contingentes. En nuestra ciudad los centistas serán anfitriones de los llamados “Padres de Familia de los 43 de Ayotzinapa” quienes vienen a marchar para presionar al gobierno para que les entregue vivos a sus hijos.

EL VIRUS CHIKV O FIEBRE CHIKUNGUNYA

La nota descriptiva número 327 de fecha Mayo del 2015 de la Organización Mundial de la Salud, señala que la fiebre “chikungunya” es una enfermedad vírica transmitida al ser humano por mosquitos infectados. Además de fiebre y fuertes dolores articulares, produce otros síntomas, tales como dolores musculares, dolores de cabeza, náuseas, cansancio y erupciones cutáneas. Los dolores articulares suelen ser debilitantes y su duración puede variar. Algunos signos clínicos de esta enfermedad son iguales a los del dengue, con el que se puede confundir en zonas donde este es frecuente. Como no tiene tratamiento curativo, el tratamiento se centra en el alivio de los síntomas. Un factor de riesgo importante es la proximidad de las viviendas a lugares de cría de los mosquitos. La enfermedad se da en África, Asia y el subcontinente indio. En los últimos decenios los vectores de la enfermedad se han propagado a Europa y las Américas. En 2007 se notificó por vez primera la transmisión de la enfermedad en Europa, en un brote localizado en el nordeste de Italia. Desde entonces se han registrado brotes en Francia y Croacia.

EN MÉXICO, ¿CÓMO ESTAMOS?

México ha registrado 3,306 casos del virus del chinkungunya, una “enfermedad nueva” para el país que, aunque dicen las autoridades de salud que no ha causado muertes, ya está presente en la mitad de los estados. Las autoridades indican que los 3,306 casos se tratan de contagios autóctonos, es decir, que la cepa del virus se originó en México y no fue traída de otro de los países de América Latina afectados por la epidemia. Hasta el último conteo del 31 de julio, este virus transmitido por el mismo mosquito que propaga ha sido reportado en 16 entidades de la República Mexicana y solo el 10% de los casos ha requerido hospitalización, según la dependencia. Coahuila. Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche, Yucatán, Quintana Roo, Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Michoacán, Jalisco, Colima, Nayarit, Morelos y Estado de México son los estados con presencia del virus.

416 CASOS EN MICHOACÁN

Las autoridades sanitarias del estado de Michoacán, han informado a los medios que solo se tiene confirmador 416 casos en todo el estado, principalmente en las regiones de la tierra caliente y en la costa, sin embargo, señalan que personas que visitan esas regiones regresan contagiados y esto hace que la epidemia se extienda a más municipios, sin embargo, informaciones no oficiales, señalan que tan solo en el municipio de La Huacana han sido contagiados más de 300 personas y refieren del deceso de cuando menos 7 personas y tanto autoridades religiosas como políticas, están exigiendo a las autoridades estatales que se establezca un cerco epidemiológico y se declare zona de emergencia sanitaria, empero las autoridades estatales encabezadas por el gobernador SALVADOR JARA GUERRERO y el secretario de salud estatal CARLOS ARANZA DONIZ, se han empeñado en minimizar la epidemia y señalan que se está combatiendo con todo los recursos de que dispone el estado.